SESIÓN ORDINARIA
Miércoles, 13 de agosto de 2025
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Tabla de Contenidos:
ACTA NÚMERO TRECE GUION DOS MIL VEINTICINCO (13-2025). En la ciudad de Guatemala a las nueve horas (09:00), del día trece (13) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), se inicia la sesión ordinaria, del Consejo Superior Universitario, que se encuentra reunido mediante la herramienta digital Webex participando de esta los siguientes miembros:
Los Decanos:
Los Representantes de los Colegios Profesionales:
Los Representantes Docentes:
Los Representantes Estudiantiles:
También están presentes:
Se autoriza proceder de la manera siguiente:
Se procede a dar lectura al Acta No. 12-2025, correspondiente a la sesión ordinaria No. 12-2025 de fecha 31 de julio de 2025, la cual es aprobada por amplia mayoría, sin observaciones:
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 23 |
| 2 | No aprobar | 3 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 28 |
quórum: 28 miembros del Consejo Superior Universitario
Se hace constar que la siguiente consejera razona su voto, el cual copiado literal dice:
Se procede a dar lectura a la agenda del día, misma que es aprobada por amplia mayoría con la observación siguiente:
No habiendo objeción por parte de los miembros de este Consejo Superior Universitario, se procede con la votación correspondiente para la aprobación de la presente agenda, así como, para que sean incorporados a la misma, los nueve (9) puntos propuestos.
Constancias de Secretaría:
Se hace constar que el siguiente consejero emitió su voto vía WhatsApp:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 22 |
| 2 | No aprobar | 4 |
| 3 | Abstenciones | 1 |
| Total | 27 |
quórum: 27 miembros del Consejo Superior Universitario
Se hace constar que el siguiente consejero razona su voto, el cual copiado literal dice:
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio sin número de referencia de fecha 05 de agosto de 2025, referente a la solicitud dirigida a este Consejo Superior Universitario, para que sea nombrada una comisión observadora, que brinde acompañamiento en el evento eleccionario de Director del Centro Universitario de Petén de esta Universidad, en las fechas indicadas en la referida solicitud. Lo anterior, para consideración de este órgano de dirección. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“Santa Elena de la Cruz, Flores, Petén, 05 de agosto de 2025
Señores:
Miembros del Consejo Superior Universitario Universidad de San Carlos de Guatemala Guatemala, Ciudad.
Distinguidos profesionales:
Reciban atento y cordial, saludo, ocasión que aprovecho para exponer lo siguiente:
- Que soy Profesor Titular en el Centro Universitario de Petén desde hace más de 20 años, tanto en carreras de fin de semana como en plan diario, además, me desempeñé como Coordinador Académico de Agosto 2016 a agosto 2023.
- Que el Consejo Directivo de esta Unidad Académica ha convocado a elecciones para el cargo de director para el miércoles, jueves y viernes, 20, 21 y 22 de agosto respectivamente, según Acta No. 11-2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén el martes 03 de junio de 2025.
- Que he decido -sic- postularme como candidato en la elección a director del Centro Universitario de Petén para el período 2025-2029.
- Que se nombre una Comisión del Consejo Superior Universitario y un abogado del Departamento Jurídico de la USAC, con el fin de observar, verificar y transparentar el proceso eleccionario en mención.
Por lo anterior expuesto, SOLICITO :
- Se dé por recibido el presente escrito.
- Que se gestione a donde corresponde el nombramiento de la comisión indicada en el numeral 4 del presente escrito con el fin de observar y garantizar la transparencia del proceso electoral.
Sin otro particular, me suscribo, atentamente.
Lic. Edy Josue Romero Tzin
Registro Personal # 20050295”
Al respecto, el Ing. Mec. Carlos Humberto Aroche Sandoval, Representante Profesional del Colegio de Ingenieros e Ingenieros Químicos de Guatemala, se sirve proponer a este honorable Consejo Superior Universitario a los siguientes profesionales para la integración de la comisión observadora que dará acompañamiento en el evento eleccionario de Director del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Los integrantes de este órgano de dirección propuestos para conformar la referida comisión son los siguientes:
En virtud de lo anterior, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala y, Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Dar por recibido el oficio sin número de referencia de fecha 05 de agosto de 2025, suscrito por el Licenciado Edy Josué Romero Tzin, Profesor Titular del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. Se conforma una comisión observadora, la cual, debe dar acompañamiento en la Elección de Director del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a realizarse el miércoles 20, jueves 21 y viernes 22 de agosto de 2025 respectivamente. La referida comisión observadora se conforma con los siguientes miembros de este órgano de dirección:
Ing. José Francisco Gómez Rivera, Decano en Funciones de la Facultad de Ingeniería;
Arq. Sergio Francisco Castillo Bonini, Decano en Funciones de la Facultad de Arquitectura;
Dr. Herbert Estuardo Díaz Tobar, Representante Docente de la Facultad de Ciencias Médicas; y,
Un abogado designado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Se instruye a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para que, designe a un (a) abogado (a) de la referida Dirección, con el objeto de coadyuvar en el acto electoral descrito.
4. Se instruye a la Secretaría Administrativa de la Secretaría General de esta casa de estudios superiores, para que, coordine lo relacionado al transporte y los viáticos de los cuales harán uso los miembros de la comisión anteriormente conformada.
5. Notificar la presente resolución a los profesionales designados; a la Dirección de Asuntos Jurídicos; y, a la Secretaría Administrativa de la Secretaría General -estos últimos de la Universidad de San Carlos de Guatemala- para efectos consiguientes.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 26 |
| 2 | No aprobar | 2 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 31 |
quórum: 31 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el OFICIO DGF No. 870D-2025 de fecha 15 de julio de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, referente a la presentación del Informe Preliminar sobre la situación Presupuestaria y Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, correspondiente al mes de junio de 2025, para conocimiento de este Consejo Superior Universitario. Al respecto, se presenta la documentación siguiente:
“UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Informe Preliminar Presupuestario y Financiero
▬ Junio 2025 ▬
El Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se sustenta principalmente por el Aporte Constitucional asignado en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado; para el presente año, este se estableció con la aprobación del Decreto Número 36-2024, del Congreso de la República de Guatemala, Ejercicio Fiscal 2025, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.
En virtud de lo anterior, el Aporte asignado a la Universidad, se integra de la forma siguiente:
Considerando lo anterior, de acuerdo con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), al cierre del mes de junio de 2025, el Aporte Total Ordinario recibido por la Universidad de San Carlos de Guatemala asciende a Q.1,280,300,000 millones (41.7%) ‒no incluye Programa EPSUM‒.
Como se observa, el Aporte Constitucional representa la principal fuente de ingresos para la estructura del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Por esta razón, resulta imprescindible que dicho aporte aumente gradualmente en proporción al crecimiento de la recaudación tributaria del país, garantizando así que la Universidad posea los recursos necesarios para cumplir con sus fines.
En ese contexto, como un agregado en el análisis, de acuerdo con cifras de la Administración Tributaria, el monto acumulado de recaudación tributaria de enero a junio 2025, asciende a Q.41,993.1 millones, el cual supera la meta de recaudación en Q.11,970.1 millones. De esta forma, en la siguiente Gráfica se observa el comportamiento mensual entre la Meta y Recaudación Tributaria, según la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), y el Aporte Constitucional Mensual recibido por la Universidad:
En la Gráfica anterior se visualiza la variación entre la meta (programada) y la recaudación (real) tributaria, y el Aporte recibido por la Universidad; es decir, que estos saldos positivos obtenidos, deberían representar un incremento proporcional al Aporte que recibe la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Por otro lado, en el Punto CUARTO, Inciso 4.2, del Acta No. 04-2025, de fecha 26 de febrero 2025, el Consejo Superior Universitario aprobó la Ampliación Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2025, por el monto de DIEZ MILLONES DE QUETZALES (Q.10,000,000.00), por el presupuesto asignado al Programa EPSUM; y en consecuencia, se modificó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala para el Ejercicio Fiscal 2025; quedando un monto total de: Q.3,522,965,902 (Régimen Ordinario Q.3,150,524,500 y Régimen Especial Q.372,441,402). Este monto total de techo presupuestario puede variar según las modificaciones presupuestarias (incrementos y/o decrementos) que realizan las distintas Unidades Ejecutoras, particularmente en el Régimen Especial.
En virtud de lo anterior, de acuerdo con el Departamento de Contabilidad (Oficio REF.D. CONTA.06592025, de fecha 09 de julio 2025), los ingresos recibidos por la Universidad de San Carlos de Guatemala, a junio de 2025, ascienden a Q.1,523,400,947.52 integrado por: i). Ingresos Ordinarios de la Universidad Q.1,353,282,483.64 (incluye el Aporte Constitucional por un monto de Q1,280,300,000.00); e ii). Ingresos Específicos Q.170,118,463.88 ‒incluye Programa EPSUM. Para el Régimen Ordinario y Régimen Específico, se debe comprender en su estructura los Ingresos por Transferencias Corrientes, Ingresos Tributarios, Ingresos No Tributarios, Ingresos de Capital e Ingresos por Cuenta Ajena. De lo anterior, los Ingresos Ordinarios se integran de la forma siguiente (para efectos del Informe los rubros son agrupados y readecuados):
Por otro lado, los Ingresos Específicos, se integran de la forma siguiente (para efectos de este Informe los rubros son agrupados y readecuados):
En relación a los Egresos, de acuerdo con información del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) y el Departamento de Contabilidad (Oficio REF.D. CONTA.0659-2025, de fecha 09 de julio 2025), la Ejecución Presupuestaria a junio 2025, asciende a Q.1,040,462,373.34. Asimismo, el Departamento de Presupuesto (Oficio Ref. D.P. OF 452-2025, de fecha 08 de julio 2025) indica que, a junio 2025 se estima que la ejecución presupuestaria global es de 21.69%. Lo anterior, se integra de la forma siguiente:
Asimismo, se presenta el detalle de la ejecución presupuestaria por Subgrupo de Gasto, los cuales se integran de la forma siguiente:
Se hace la observación que las cifras expresadas en el presente documento pueden variar en cuanto a sus registros y/o operaciones derivado de posibles cambios que posteriormente podrían realizar las distintas Unidades Ejecutoras en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), siendo importante indicar que la información descrita está sujeta a revisión y verificación del Departamento de Contabilidad de la Universidad por aspectos del Cierre Contable respectivo.
Por otro lado, se presenta información sobre los saldos de las cuentas bancarias de depósitos monetarios y los intereses generados, por banco, considerando el cierre a junio 2025, de la forma siguiente:
Es importante indicar que, los saldos bancarios en la mayoría de los casos, pueden fluctuar constantemente considerando la naturaleza de la cuenta monetaria y las mismas están sujetas al control, supervisión y verificación de las operaciones y/o movimientos a cargo del Departamento de Caja de la Universidad, así como del banco del sistema según corresponda (operaciones de débitos y/o créditos).
En el siguiente Cuadro se observan los intereses generados por depósitos a plazo fijo de la Universidad, integrados de la forma siguiente:
Por otro lado, se informa que la Dirección General Financiera en OFICIO DGF No. 738A-2025, de fecha 17 de junio 2025, en cumplimiento al Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario el 30 de enero de 2025, numeral 3, emitió pronunciamiento sobre la presentación de propuesta para las solicitudes de Incremento a la Bonificación Incentivo Mensual en Programas de Régimen Especial (Autofinanciables). Al respecto esta Dirección General en seguimiento al tema trasladó distintos Oficios a Secretaría General: OFICIO DGF No. 168A-2025 (04 de febrero 2025); OFICIO DGF No. 243-2025 (21 de febrero 2025); OFICIO DGF No. 365A-2025 (21 de marzo 2025); y Oficio DGF No. 502A-2025 (24 de abril de 2025).
Asimismo, en OFICIO DGF No. 762A-2025 , de fecha 23 de junio 2025, la Dirección General Financiera, trasladó Cuadro de propuesta de distribución de ingresos por arrendamiento de cuatro bienes inmuebles propiedad de la Universidad, ubicados en la Zona 1 (descritos en dicho Oficio). Lo anterior en atención al Punto SÉPTIMO, Inciso 7.3, Acta No. 05-2025, numeral 3, de sesión ordinaria, celebrada por el Consejo Superior Universitario, el 12 de marzo de 2025, en relación a presentar propuesta de distribución -en porcentaje y montos- de los fondos propios institucionales que sean percibidos en virtud del arrendamiento de cuatro bienes inmuebles relacionados, propiedad de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Finalmente se informa que la Dirección General Financiera y sus dependencias, de acuerdo con su planificación mensual, el 27 de junio de 2025 realizó la Conferencia virtual: Ciberseguridad ¿Riesgos Cibernéticos?, en la que participaron más de 135 personas, entre ellas Autoridades Universitarias, Secretarios Adjuntos y Administrativos, Tesoreros y Personal Administrativo de las distintas Unidades Ejecutoras de la Universidad.
Es importante indicar que, cualquier inquietud o ampliación de información, la Dirección General Financiera está en la mejor disposición de brindar o ampliar la información que así sea necesaria.
Sin otro particular, me suscribo, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, en el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala y Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), ACUERDA: Dar por recibido el documento identificado como OFICIO DGF No. 870D-2025 de fecha 15 de julio de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, referente a la presentación del Informe Preliminar sobre la situación Presupuestaria y Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, correspondiente al mes de junio de 2025.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Dar por recibido | 25 |
| 2 | No dar por recibido | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 28 |
quórum: 28 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el DICTAMEN DAJ No. 175-2025 de fecha 24 de junio de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referente a la solicitud del Licenciado Otoniel Alburez Aguilar, para recobrar los derechos a prestaciones laborales y quien laboró para esta casa de estudios superiores, como Profesor Interino en la Escuela de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM- y la Escuela de Ciencias Psicológicas, hasta el 30 de junio de 2022. Al respecto, se presenta lo siguiente:
Derivado de lo anterior, se presenta el DICTAMEN DAJ No. 175-2025 de fecha 24 de junio de 2025, suscrito por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 24 de junio de 2025.
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretaria General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su Despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No. 659-10-2024 de fecha 04 de octubre de 2024, relacionada con el asunto indicado en el acápite, esta Dirección emite el siguiente dictamen:
ANTECEDENTES
- El Licenciado Otoniel Alburez Aguilar, a través de nota sin número de referencia de fecha 20 de septiembre de 2024, solicita al Consejo Superior Universitario dispensa para que pueda recobrar sus derechos a prestaciones laborales, en virtud que finalizo su relación laboral con la Universidad de San Carlos de Guatemala el 30 de Junio de 2022, como profesor interino.
- La División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de OFICIO DARH SJ 870-2024 de fecha 04 de octubre de 2024, informa que: “(…) El Lic. Alburez Aguilar; finalizó su relación laboral el treinta de junio de dos mil veintidós (30/06/2022), como Profesor Interino en la Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM- y Escuela de Ciencias Psicológicas, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Se hace de su conocimiento que en los archivos físicos y digitales de esta División no ingreso solicitud de pago de Indemnización ni trámite de prórroga para que no le prescriba. Según lo establecen los artículos 78 y 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la
Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal…”
CONSIDERACIONES LEGALES
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
Artículo 82. Autonomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala. “La Universidad de San Carlos de Guatemala, es una institución autónoma con personalidad jurídica. (…). Se rige por su Ley Orgánica y por los estatutos y reglamentos que ella emita, debiendo observarse en la conformación de los órganos de dirección, el principio de representación de sus catedráticos titulares, sus graduados y sus estudiantes”.
CODIGO DE TRABAJO
Artículo 264. “Salvo disposición en contrario, todos los derechos que provengan directamente de este Código, de sus reglamentos o de las demás leyes de trabajo y previsión social, prescriben en el término de dos años. Este plazo corre desde el acaecimiento del hecho u omisión respectivos.”
LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
Artículo 1. “La Universidad de San Carlos de Guatemala es una institución autónoma, con personalidad jurídica, regida por esta Ley y sus estatutos…”
Artículo 11. “El Consejo Superior Universitario tiene las siguientes atribuciones: a) La dirección y administración de la Universidad; (…) t) Todas aquellas atribuciones que no están encomendadas a otras autoridades por la Ley Orgánica de la Universidad, o el presente Estatuto, que no hayan sido aquí previstas.”
REGLAMENTO DE RELACIONES LABORALES ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y SU PERSONAL
Artículo 78. “De la prescripción. Todas las acciones y derechos provenientes del presente Reglamento prescriben en seis meses, salvo las excepciones contenidas en el mismo. Sin embargo, el derecho a cobrar salario por servicios prestados prescribe en dos años.”
Artículo 79. “Interrupción de la prescripción. La prescripción solo se interrumpe por la presentación de la respectiva gestión escrita ante quien corresponde.”
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD, CÁLCULO Y PAGO DE INDEMNIZACIÓN
“IV. NORMAS DE APLICACIÓN GENERAL PARA EL TRÁMITE DE INDEMNIZACIÓN (…)
- Los beneficiarios tienen un máximo de dos años, contados a partir del fallecimiento del trabajador de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para presentar la solicitud de pago de las Prestaciones Post-Mortem en la recepción de la División de Administración de Recursos Humanos; caso contrario, el derecho prescribirá de conformidad con el Artículo 78 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal. No obstante, si dentro del plazo, el interesado aún no ha completado la documentación requerida para el trámite, puede interrumpir la prescripción al presentar solicitud escrita ante la Jefatura de esta División, con base en el Artículo 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal…”
ANÁLISIS JURÍDICO
El caso objeto de análisis versa sobre la solicitud que el Licenciado Otoniel Alburez Aguilar, presentó ante el Consejo Superior Universitario para que se le otorguen -sic- dispensa y se le reconozca sus derechos a prestaciones laborales, en virtud que finalizo su relación laboral con la Universidad de San Carlos de Guatemala el 30 de junio de 2022, como Profesor Interino de la Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM- y la Escuela de Ciencias Psicológicas.
De esa cuenta, de conformidad con el Procedimiento de Solicitud, Cálculo y Pago de Indemnización, aprobado en Acuerdo de Rectoría No. 900-2001 y Actualizado y modificado en Acuerdo de Rectoría No. 0590-2015, Normas de Aplicación General para el Trámite de Indemnización numerales 2, 3 y 4, corresponde a la División de Administración de Recursos Humanos, la recepción de la solicitud, precalificación de documentos adjuntos previo a su ingreso y cálculo de la indemnización por retiro definitivo, así mismo, que el extrabajador tiene un plazo de dos años para presentar la solicitud de indemnización o bien para presentar la solicitud de interrupción de la prescripción por no tener la totalidad de la papelería requerida para el respectivo tramité., lo anterior de conformidad con los artículos 78 y 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal.
Los familiares de los ex-trabajadores de esta Casa de Estudios Superiores, al finalizar su relación laboral para el reclamo de la indemnización, de conformidad con el artículo 264 del Código de Trabajo y artículo 78 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos y su Personal, tienen un plazo de 2 años, contados a partir de la fecha en que finalizó la relación laboral con la universidad, presentando la solicitud del pago de la indemnización ante la División de Administración de Recursos Humanos, así mismo, el Artículo 79 del reglamento ya relacionado, establece que se interrumpe dicha prescripción con la presentación de la gestión respectiva.
Al realizar la revisión del presente expediente, se establece que no obra dentro del mismo, evidencia que el peticionario, Licenciado Otoniel Alburez Aguilar, haya presentado la solicitud para iniciar el trámite para el cálculo y pago de indemnización ante la División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala o en su defecto la solicitud de interrupción de la prescripción correspondiente.
Así mismo, la División de Administración de Recursos Humanos, se pronuncia a través del OFICIO DARHSJ 870-2024, de fecha 04 de octubre de 2024, e indican “(…) El Lic. Alburez Aguilar; finalizó su relación laboral el treinta de junio de dos mil veintidós (30/06/2022), como Profesor Interino en la Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM- y Escuela de Ciencias Psicológicas, de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Se hace de su conocimiento que en los archivos físicos y digitales de esta División no ingreso solicitud de pago de Indemnización ni trámite de prórroga para que no le prescriba. Según lo establecen los artículos 78 y 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal…”
De esa cuenta, el argumento del Licenciado Alburez Aguilar, quien indica que no tuvo el plazo de dos años que esta -sic- reglamento para el trámite de indemnización, ya que se le solicita la copia del último voucher de sueldo el cual le fue pagado el 13 de octubre de 2023, y que por lo tanto, al plazo de dos años se le redujeron 6 meses, carece de sustento, toda vez, que el Procedimiento de Solicitud, Cálculo y Pago de Indemnización y el artículo 79 de Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal, establecen que el extrabajador cuando no tenga la papelería completa para el trámite de indemnización pueden solicitar la interrupción de la prescripción a efecto de poder completar dicha papelería y continuar con el trámite para reclamar el pago de la indemnización correspondiente.
DICTAMEN
La Dirección de Asuntos Jurídico -sic-, del análisis realizado y con base a la normativa precitada se permite indicar lo siguiente:
- De conformidad con el Artículo 264 del Código de Trabajo y Artículo 78 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal, los extrabajadores que se hayan retirado definitivamente o que haya -sic- finalizado su relación laboral con la Universidad de San Carlos de Guatemala, tienen un plazo de 2 años para presentar la solicitud del cálculo y pago de la indemnización por retiro definitivo o bien presentar una solicitud para la interrupción de dicho plazo con base en el Artículo 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, ante la División de Administración de Recursos Humanos.
- El Procedimiento para la Solicitud, Cálculo y Pago de Indemnización, aprobado en Acuerdo de Rectoría No. 900-2001, Actualizado y Modificado por Acuerdo de Rectoría No. 0590-2015, establece que si el interesado dentro del plazo de dos años no ha completado la documentación requerida para el trámite de indemnización, puede presentar personalmente o por un intermediario la interrupción de la prescripción siempre que la solicitud este firmado -sic- por el interesado ante la División de Administración de Recursos Humanos, que es la dependencia encargada de realizar dicho trámite.
Por lo que se sugiere que la presente solicitud debe ser elevada al Consejo Superior Universitario para que se dé por enterado, y si lo considera pertinente DENEGARLA sin entrar a conocer el asunto, en virtud que el plazo de 2 años otorgado por la legislación ordinaria y universitaria para reclamar los derechos de la indemnización, ya prescribió , toda vez que la relación laboral del Licenciado Otoniel Alburez Aguilar finalizó el 30 de junio del año 2022, por lo que tenía como última fecha para presentar la solicitud para el trámite de cálculo y pago de indemnización, el 29 de junio del año 2024, ante la División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con el procedimiento correspondiente sin embargo el solicitante realizo su requerimiento el 11 de septiembre de 2024, según lo indicado en el oficio presentado al Consejo Superior Universitario.”
Al respecto, este Consejo Superior Universitario, luego del análisis del expediente de mérito y con fundamento en la normativa aplicable al caso, establece:
I. Que, de conformidad con el Artículo 264 del Código de Trabajo y Artículo 78 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal, los ex-trabajadores que se hayan retirado definitivamente o que hayan finalizado su relación laboral con la Universidad de San Carlos de Guatemala, tienen un plazo de dos años para presentar la solicitud del cálculo y pago de la indemnización por retiro definitivo o bien presentar una solicitud para la interrupción de dicho plazo con base en el Artículo 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala, ante la División de Administración de Recursos Humanos.
II. Que, el procedimiento para la solicitud, cálculo y pago de indemnización, aprobado en Acuerdo de Rectoría No. 900-2001, actualizado y modificado por Acuerdo de Rectoría No. 0590-2015, establece que, si el interesado dentro del plazo de dos años no ha completado la documentación requerida para el trámite de indemnización, puede presentar personalmente o por un intermediario, la interrupción de la prescripción siempre que la solicitud este firmada por el interesado, ante la División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, ya que, es la dependencia encargada de realizar el trámite referido.
En virtud de lo anterior, este Consejo Superior Universitario, ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, de conformidad con el Artículo 264 del Código de Trabajo y, Artículo 78 y 79 del Reglamento de Relaciones Laborales entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y su Personal:
1. DARSE POR ENTERADO de la solicitud de fecha 20 de septiembre de 2024, presentada por el Licenciado Otoniel Alburez Aguilar, para recobrar los derechos a prestaciones laborales y quien laboró como Profesor Interino en la Escuela de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM- y en la Escuela de Ciencias Psicológicas ambas de la Universidad de San Carlos de Guatemala-, hasta el 30 de junio de 2022.
2. DENEGAR la solicitud identificada en el numeral anterior, sin entrar a conocer el asunto, en virtud que el plazo de dos años otorgado por la legislación ordinaria y universitaria para reclamar los derechos de indemnización, ya prescribió, toda vez que, la relación laboral del Licenciado Otoniel Alburez Aguilar con esta Universidad finalizó el 30 de junio del año 2022, por lo que tenía como última fecha para presentar la solicitud para el trámite de cálculo y pago de indemnización, el 29 de junio del año 2024, ante la División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con el procedimiento correspondiente, sin embargo, el solicitante realizó su requerimiento el 11 de septiembre de 2024, según lo indicado en el oficio presentado ante este órgano de dirección.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Denegar la solicitud | 25 |
| 2 | Aprobar la solicitud | 3 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 31 |
quórum: 31 miembros del Consejo Superior Universitario
Respecto al Punto CUARTO, Inciso 4.3, el Ing. José Francisco Gomez Rivera, Decano en Funciones de la Facultad de Ingeniería, propone al seno del Consejo Superior Universitario, realizar una sola votación para los siguientes subincisos - del 4.3.1 al 4.3.7- referentes a solicitudes de aprobación de cuotas y programas autofinanciables; esto, con el propósito de brindar celeridad al desarrollo de la presente sesión.
No habiendo objeción por parte de los miembros de este Consejo Superior Universitario, se aprueba la propuesta para realizar una sola votación en el Punto CUARTO, Inciso 4.3, subincisos del 4.3.1 al 4.3.7
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG SEP 232-2025 de fecha 02 de junio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 013P-2025 de fecha 14 de mayo de 2025, de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 232-2025
Guatemala 02 de junio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un atento saludo de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar el expediente del programa de “Maestría Innovación y Desarrollo de Alimentos” del Centro Universitario de Sur Occidente para atender lo solicitado en el oficio REF. SG-598-04-2025.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta el documento identificado como Ref. PRONUNCIAMIENTO TÉCNICO 05-2025/MMAF de fecha 10 de febrero de 2025 del Sistema de Estudios de
Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice: -
Asimismo, se presenta la transcripción del Punto QUINTO, Inciso 5.4, subinciso 5.4.2 del Acta No. 08-2025 de reunión ordinaria, celebrada el 27 de mayo de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado:
Derivado de lo anterior, la Dirección General Financiera presenta el DICTAMEN DGF No. 013P-2025 de fecha 14 de mayo de 2025, suscrito por el Director General Financiero, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 14 de mayo de 2025
Doctor
Carlos Rene Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-
Universidad de San Carlos de Guatemala
Doctor Carlos Sierra Romero:
Reciba un cordial saludo de la Dirección General Financiera. En atención al Oficio Ref. CG SEP 183-2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado de fecha 24 de abril de 2025, recibida en esta Dirección la misma fecha, para poder modificar el DICTAMEN DGF No. 020P-2024 del Programa de “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos", a impartirse en el Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, derivado de la solicitud de Secretaría General en oficio REF.SG-131-02-2025, a la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado con la finalidad que el nombre quede igual al avalado por la Unidad Académica correspondiente. Al respecto se informa lo siguiente:
ANTECEDENTES
- Mediante Punto OCTAVO, del Acta 10-2023 de fecha 23 de marzo de 2023, de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sur Occidente, se acordó: aprobar el Proyecto Curricular “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos”.
- Mediante Punto SEXTO, inciso 6.1, del Acta 02-2025 de sesión celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sur Occidente de fecha 06 de febrero de 2025, aprobó: modificar la redacción del Punto Octavo de Acta No. 10-2023, en el sentido de modificar la redacción del acuerdo quedando de la siguiente manera: Aprobar el programa de “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala”.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, en Punto QUINTO, inciso 5.2, sub inciso 5.2.1 del Acta 11-2024, de Reunión Ordinaria celebrada el 10 de septiembre del año 2024, acordó: aprobar el programa de “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos”.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, mediante Punto DÉCIMO, inciso 10.2, sub inciso 10.2.4 el Acta 01-2025 de Reunión Ordinaria celebrada el 11 de febrero del año 2025, aprobó ampliar el Punto Quinto, inciso 5.2 del Acta 12-2024, en el sentido de unificar el nombre del programa de maestría de la siguiente manera: “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala”.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero del Programa “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala”, en el Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un Programa autofinanciable.
Según la información proporcionada por el Departamento de Estudios de Postgrado del referido Centro, se presentan los ingresos, así como los salarios y gastos, los cuales reflejan un resultado favorable como se describe a continuación.
El Flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de 2 años para la referida Maestría es el siguiente:
El Centro Universitario de Sur Occidente describe e -sic- la información financiera que el costo del Programa de “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala”, por estudiante; para la Universidad de San Carlos de Guatemala, en los dos años que abarca una cohorte asciende a Veintitrés mil doscientos veintisiete quetzales con setenta y siete centavos (Q 23,227.77) y el costo para el estudiante incluyendo matrícula consolidada, asesoría de tesis, examen privado/defensa de tesis, graduación, impresión y firmas de título y certificaciones, asciende a Veintisiete mil seiscientos cincuenta y tres quetzales exactos (Q 27,653.00).
Es importante indicar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, fueron elaborados y son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
Derivado del análisis efectuado, se deduce que, para la viabilidad de la “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala”, en una cohorte con la proyección de 28 estudiantes el primer año, se requiere un presupuesto de quinientos treinta y tres mil quinientos cuarenta y seis quetzales con setenta y seis centavos (Q 533,546.76); el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de un mil doscientos quetzales exactos (Q 1,200.00), de cuota mensual sin incluir el monto de pago de inscripción, matrícula consolidada, gastos de graduación, impresión de título y constancias por año de acuerdo con lo establecido en el estudio financiero presentado por la Unidad Académica.
DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA que con la cuota de un mil doscientos quetzales exactos (Q 1,200.00) mensual por dos años, cubre la totalidad de los costos y gastos del Programa autofinanciable de “Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala”, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Esta cuota no incluye el monto de cuota de pago de propedéutico, matrículas, gastos de graduación, y otros gastos conexos al Programa. En virtud de lo anterior, si así se considera conveniente, el Consejo Superior Universitario puede conocer y aprobar la cuota descrita con base en lo establecido en el Artículo 11, literal q) y en el Artículo 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Es importante resaltar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
En consecuencia, si dicha cuota es aprobada, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Articulo 45, literal e) -sic- del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de Convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49, literal k) -sic- del Reglamento citado. Derivado de la solicitud de modificar los antecedentes para incorporar la ampliación y de los puntos de acta que se describen en los numerales 2 y 4 remitidas el 23 de abril de 2025, se deja sin efecto el Dictamen DGF No. 033P-2024 de la Dirección General Financiera, de fecha 05 de noviembre de 2024.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los Artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con el Artículo 11, literal q) y Artículo 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota mensual de Q.1,200.00 durante dos años, sin incluir el monto de cuota de pago de propedéutico, matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos, del Programa Autofinanciable de Maestría en Innovación y Desarrollo de Alimentos, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 013P-2025 de fecha 14 de mayo de 2025; Lo anterior, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario referido y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el Artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG-SEP 253-2025 de fecha 26 de junio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 031A-2024 de fecha 25 de octubre de 2024, y su ratificación contenida en el OFICIO DGF No. 274A-2025 de fecha 28 de febrero de 2025, ambos de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 253-2025
Guatemala 26 de junio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un atento saludo de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar la corrección de la solicitud de aprobación de cuota del programa de “Maestría Docencia Universitaria Con Énfasis en Andragogía”, impartido en modalidad de Educación Virtual del Centro Universitario de Sur Occidente para atender lo solicitado en el oficio REF. SG-598-04-2025.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta el documento identificado como Ref. PRONUNCIAMIENTO TÉCNICO 02-2025/MMAF de fecha 21 de mayo de 2025 del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Asimismo, se presenta la transcripción del punto QUINTO, inciso 5.4, subinciso 5.4.3 del Acta No. 08-2025 de reunión ordinaria, celebrada el 27 de mayo de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Derivado de lo anterior, se presenta el DICTAMEN DGF No. 031A-2024 de fecha 25 de octubre de 2024, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 25 de octubre de 2024
Doctor
Carlos Rene Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado
Universidad de San Carlos de Guatemala
Doctor Carlos Rene Sierra Romero:
En atención a la Ref. SG-1229-10-2024, de Secretaría General, de fecha 22 de octubre de 2024, recibido en esta Dirección General Financiera el 23 de octubre de 2024, en el cual solicitan se cumpla con lo acordado en el Punto Segundo del Acta No. 16-2024, de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario el 31 de julio de 2024. Por lo que, derivado de lo anterior, el presente Dictamen sustituye al Dictamen DGF No. 028A-2024, de fecha 03 de septiembre de 2024.
En Oficio Referencia CG-SEP 281-2024, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, de fecha 02 de julio de 2024 recibida en esta Dirección el 05 de julio 2024, y Referencia CG SEP 325-2024 de fecha 23 de agosto de 2024, recibida en esta Dirección el 27 de agosto de 2024, relacionado a emitir Dictamen al Estudio Financiero del Programa de Actualización de la Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la modalidad de Educación Virtual, a desarrollarse en el Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC) de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto se manifiesta lo siguiente.
ANTECEDENTES
- En el Punto SEXTO, Inciso 6.2, del Acta 05-2024, del Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado celebrada el 22 de mayo del 2024 indica, “...aprueba la actualización académica del programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la modalidad de educación virtual…”.
- En el Punto Octavo, del Acta 37-2023 del Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC), de fecha 15 de noviembre de 2023, se acuerda: “Aprobar la actualización académica del Programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la modalidad de Educación Virtual”.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero de la Actualización Académica del Programa de la Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, de Educación Virtual, a impartirse en el Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un programa autofinanciable.
Según información proporcionada por el Departamento de Estudios de Postgrado del referido Centro Universitario, se presentan los ingresos, así como los gastos y salarios, que originan una diferencia positiva de la manera siguiente.
Flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de dos años de la Actualización Académica del Programa de la Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía:
El Centro Universitario de Sur Occidente describe en la información financiera que el Costo de la Actualización Académica del Programa de la Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la modalidad de Educación Virtual, por estudiante, para la Universidad de San Carlos de Guatemala en dos años que abarca una cohorte asciende a Diecisiete mil trescientos cuarenta y nueve quetzales con sesenta y seis centavos (Q. 17,349.66) y el costo para el estudiante incluyendo matrícula consolidada, asesoría de tesis, examen privado/defensa de tesis, graduación, impresión y firmas de título y certificaciones asciende a Veintitrés mil seiscientos noventa y tres quetzales exactos (Q.23,693.00).
Con fundamento en el análisis efectuado, se deduce que, para la viabilidad de la Actualización Académica del Programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la modalidad de Educación Virtual, en una cohorte con la proyección de 25 estudiantes, para el primer año y 22 estudiantes para el segundo año, se requiere un presupuesto de Cuatrocientos seis mil quinientos sesenta y seis quetzales con cincuenta y cuatro centavos (Q.406,566.54); el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de un mil quetzales exactos (Q. 1,000.00) de cuota mensual para el primer y segundo año, sin incluir el monto de pago de inscripción, matrícula consolidada, gastos de graduación, impresión de título y constancias por año, de acuerdo con lo establecido en el estudio financiero presentado por la Unidad Académica.
Es importante indicar que la información financiera presentada es responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC) y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP)
DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO inciso 8.2 del Acta No. 1-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA, que la cuota de un mil quetzales exactos (Q. 1,000.00) mensuales, por dos años, cubre la totalidad de los costos y gastos del programa autofinanciable de la Actualización Académica del Programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía , el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la modalidad de Educación virtual, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC) de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Esta cuota no incluye monto de cuota de pago de matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos del Programa. Es importante resaltar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
Por lo que, si así se considera conveniente, el Consejo Superior Universitario puede conocer y aprobar la cuota descrita con base en lo establecido en el Artículo 11, literal q) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma). En consecuencia, si dicha cuota es aprobada, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45, literal e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de Convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49, literal k) del Reglamento citado.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Actualización Académica del Programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con los artículos 11, literal q) y 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota mensual de Q.1,000.00 durante dos años, sin incluir el monto de cuota de pago de matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos, del Programa Autofinanciable de Actualización Académica del Programa de Maestría en Docencia Universitaria con Énfasis en Andragogía, el cual ha sido rediseñado para ser impartido bajo la Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala; en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 031A-2024 de fecha 25 de octubre de 2024; lo anterior, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario referido y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG SEP 258-2025 de fecha 27 de junio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 015A-2025 de fecha 12 de junio de 2025, de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Maestría en Ciencia de Datos en Salud, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, de la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 258-2025
Guatemala 27 de junio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un atento saludo de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar la solicitud de aprobación de cuota del programa de “Maestría en Ciencia de Datos en Salud”, modalidad a distancia en entornos virtuales; que presenta la Facultad de Ciencias Médicas.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta la Evaluación del Programa presentada por el Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
Asimismo, se presenta la transcripción del Punto QUINTO, Inciso 5.2 del Acta No. 082025 de reunión ordinaria, celebrada el 27 de mayo de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
Derivado de lo anterior, la Dirección General Financiera presenta el DICTAMEN DGF No. 015A-2025 de fecha 12 de junio de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 12 de junio de 2025
Doctor
Carlos Rene Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-
Universidad de San Carlos de Guatemala
Doctor Carlos Sierra Romero:
Reciba un cordial saludo de la Dirección General Financiera. En atención a la referencia CG-SEP 2252025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, de fecha 2 de junio de 2025 recibida en esta Dirección en la misma fecha; relacionado a emitir Dictamen del Estudio Financiero del Programa de “Maestría en Ciencia de Datos en Salud”, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad de Educación Virtual, a desarrollarse en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto se manifiesta lo siguiente:
ANTECEDENTES
- En punto sexto, Inciso 6.24, del Acta 29-2024 de La Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas, acordó aprobar el programa de la “MAESTRÍA EN CIENCIA DE DATOS EN SALUD” modalidad a distancia en entornos virtuales.
- En Punto QUINTO, Inciso 5.2, del Acta 08-2025, en sesión ordinaria celebrada el 27 de mayo de 2025 el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, acordó, emitir pronunciamiento técnico favorable del: programa de “ Maestría en Ciencia de Datos en Salud” modalidad a distancia en entornos virtuales”.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero del Programa de la Maestría en Ciencia de Datos en Salud, de modalidad a distancia en entornos virtuales, a impartirse en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un programa autofinanciable.
Según información proporcionada por la Escuela de Estudios de Postgrado de la referida Facultad, se presentan los ingresos, así como los gastos y salarios, que originan una diferencia positiva de la manera siguiente:
Flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de dos años de la Maestría en Ciencia de Datos en Salud:
La Facultad de Ciencias Médicas describe en la información financiera que el Costo del Programa de la Maestría en Ciencia de Datos en Salud, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, por estudiante, para la Universidad de San Carlos de Guatemala en dos años que abarca una cohorte asciende a Quince mil trecientos noventa y cinco quetzales con treinta y nueve centavos (Q. 15,395.39) y el costo para el estudiante incluyendo matrícula consolidada, asesoría de tesis, examen privado/defensa de tesis, graduación, impresión y firmas de título y certificaciones asciende a Treinta y seis mil cuatrocientos cincuenta y tres quetzales exactos (Q.36,453.00).
Con fundamento en el análisis efectuado, se deduce que, para la viabilidad del Programa de Maestría en Ciencia de Datos en Salud, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad de entornos virtuales, en una cohorte con la proyección de 25 estudiantes para el primer año, se requiere un presupuesto de Trescientos sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y ocho quetzales exactos (Q.368,848.00) ; el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de siete mil doscientos quetzales exactos (Q.7,200.00) de cuota semestral para el primer y segundo año, sin incluir el monto de pago de inscripción, matrícula consolidada, gastos de graduación, impresión de título y constancias por año, de acuerdo con lo establecido en el estudio financiero presentado por la Unidad Académica.
Es importante indicar que la información financiera presentada es responsabilidad de la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Facultad -sic- de Ciencias Médicas y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO inciso 8.2 del Acta No. 1-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA , que la cuota de siete mil doscientos quetzales exactos (Q.7,200.00) semestral por dos años, cubre la totalidad de los costos y gastos del programa autofinanciable del Programa de Maestría en Ciencia de Datos en Salud, modalidad en entornos virtuales , presentado por la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Esta cuota no incluye monto de cuota de pago de matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos del Programa. Es importante resaltar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, son responsabilidad de la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Médicas y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
Por lo que, si así considera conveniente, el Consejo Superior Universitario puede conocer y aprobar la cuota descrita con base en lo establecido en el Artículo 11, literal q), y en el Artículo 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala. En consecuencia, si dicha cuota es aprobada, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP), velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 45, Literal e) -sic- del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49, literal k) -sic- del Reglamento citado.”
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los Artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Maestría en Ciencia de Datos en Salud, modalidad a distancia en Entornos Virtuales, de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con el Artículo 11, literal q) y Artículo 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota semestral de Q.7,200.00 durante dos años, sin incluir el monto de cuota de pago de matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos, del Programa Autofinanciable de Maestría en Ciencia de Datos en Salud, modalidad a distancia en Entornos Virtuales, de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 015A-2025 de fecha 12 de junio de 2025; Lo anterior, bajo la responsabilidad de la Escuela de Estudios de Postgrado de la Facultad referida y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el Artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG-SEP 282-2025 de fecha 09 de julio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 003P-2025 de fecha 03 de febrero de 2025 y OFICIO DGF No. 756P-2025 de fecha 19 de junio de 2025, ambos de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Doctorado en Desarrollo, impartido en Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 282-2025
Guatemala 09 de julio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un cordial saludo en calidad de Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar el expediente del “Doctorado en Desarrollo”, impartido en modalidad de Educación Virtual. Según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala; que presenta el Centro Universitario de Sur Occidente. Para dar respuesta al oficio REF. SG-924-07-2025.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta el documento identificado como Ref. PRONUNCIAMIENTO TÉCNICO 04-2025/MMAF de fecha 21 de mayo de 2025 del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Asimismo, se presenta la transcripción del punto QUINTO, inciso 5.4, subinciso 5.4.1 del Acta No. 08-2025 de reunión ordinaria, celebrada el 27 de mayo de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Derivado de lo anterior, se presenta el DICTAMEN DGF No. 003P-2025 de fecha 03 de febrero de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 03 de febrero de 2025
Doctor
Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-
Universidad de San Carlos de Guatemala
Dr. Carlos Sierra Romero:
Reciba un cordial saludo de la Dirección General Financiera. En atención al Oficio CG SEP 024-2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP- de fecha 22 de enero de 2025, recibido en esta Dirección en la misma fecha, luego de atender las observaciones realizadas por esta Dirección General, solicita emitir dictamen u opinión sobre el programa de "Doctorado en Desarrollo", del Centro Universitario de Sur Occidente (CUNSUROC). Con base al Punto Octavo, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior Universitario. Al respecto se informa lo siguiente:
ANTECEDENTES
- Mediante Punto CUARTO, del Acta No. 22-2024 de sesión celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Suroccidente -CUNSUROC- de fecha 25 de julio de 2024 aprobó el programa “Doctorado en Desarrollo” impartido en Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Departamento de Estudios de postgrado del Centro Universitario Suroccidente.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, mediante Punto QUINTO, Inciso 5.1, del Acta 10-2024 de Reunión ordinaria, celebrada el 20 de agosto de 2024, aprobó el programa de: “Doctorado en Desarrollo”
- El Artículo 10 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado referente a la autorización establece: “Los programas de doctorado serán autorizados por la Junta Directiva o Consejo Directivo de la Unidad Académica respectiva y aprobados por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado”.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero del Programa de “Doctorado en Desarrollo” impartido en Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario Suroccidente, -CUNSUROC- de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un programa autofinanciable. Según información proporcionada por el Departamento de Estudios de Postgrado de la referida Unidad Académica, se presentan los ingresos, así como los salarios y gastos, que originan una diferencia de la manera siguiente:
El flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de tres años para el referido doctorado es el siguiente:
El Centro Universitario del Sur Occidente describe que el costo del “DOCTORADO EN DESARROLLO” impartido en Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, por estudiante; para la Universidad de San Carlos de Guatemala, correspondiente a los tres años que abarca una cohorte asciende a Cuarenta mil cuatrocientos quince quetzales con setenta y un centavos (Q.40,415.71) y el costo para el estudiante incluyendo cuota de inscripción, cuota total mensual, matrícula consolidada, Acto de graduación, impresión y firma de título, certificaciones de cursos, asesoría y defensa de tesis, asciende a Sesenta y un mil ciento setenta y cuatro quetzales exactos (Q.61,174.00).
Con fundamento en los análisis efectuados, se deduce que, para la viabilidad del “DOCTORADO EN DESARROLLO” impartido en Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, en una cohorte de tres años con la proyección de 16 estudiantes, se requiere un presupuesto de QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETENTA QUETZALES CON CATORCE CENTAVOS (Q.558,070.14) el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes durante los tres años de la cohorte, a razón de cuotas mensuales de UN MIL SETECIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q. 1,700.00) cada uno, sin incluir el monto de cuota de inscripción, cuota total mensual, matrícula consolidada, acto de graduación, impresión de título, certificaciones de cursos, asesoría y defensa de tesis, tal y como se muestra en el estudio financiero presentado, el cual es responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario Sur Occidente -CUNSUROC- del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-.
DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA que con la cuota mensual de UN MIL SETECIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q. 1,700.00) cada uno, durante los tres años que abarca la cohorte, sin incluir el monto de cuota de inscripción, matrícula consolidada, acto de graduación, impresión de título, certificaciones de cursos, asesoría y defensa de tesis, del programa autofinanciable de “DOCTORADO EN DESARROLLO” impartido en Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario Sur Occidente -CUNSUROC- de la Universidad de San Carlos de Guatemala, cubre la totalidad de sus costos y gastos de acuerdo a la estimación presentada mediante el estudio financiero correspondiente.
Es importante resaltar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario Sur Occidente -CUNSUROC- de la Universidad de San Carlos de Guatemala y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
En tal virtud, si el Consejo Superior Universitario así lo considera conveniente, puede conocer y aprobar la cuota descrita con base a lo establecido en el Artículo 11, literal q) y en el Artículo 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala. En consecuencia si el Consejo Superior Universitario aprueba la cuota propuesta, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, velar por el Cumplimiento de lo regulado en el Articulo 45 literal e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49 literal k) del reglamento citado.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Doctorado en Desarrollo, impartido en Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con los artículos 11, literal q) y 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota mensual de Q.1,700.00 por estudiante, durante los tres años que abarca la cohorte, sin incluir el monto de cuota de pago de inscripción, matrícula consolidada, acto de graduación, impresión de título, certificaciones de cursos, asesorías y defensa de tesis, del Programa Autofinanciable de Doctorado en Desarrollo, impartido en Modalidad de Educación Virtual, según la Política de Educación a Distancia en Entornos Virtuales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro Universitario de Sur Occidente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 003P-2025 de fecha 03 de febrero de 2025; lo anterior, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario referido y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG SEP 288-2025 de fecha 21 de julio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 012A-2025 de fecha 12 de mayo de 2025, de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 288-2025
Guatemala 21 de julio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un atento saludo de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar la solicitud de aprobación de cuota del programa de “Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal”, modalidad a distancia en entornos virtuales del Centro Universitario de San Marcos para atender lo solicitado en el Oficio REF. SG-777-06-2025.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta la Evaluación del Programa presentada por el Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
Asimismo, se presenta la transcripción del Punto QUINTO, Inciso 5.1, subinciso 5.1.1 del Acta No. 10-2025 de reunión ordinaria, celebrada el 16 de julio de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
Derivado de lo anterior, la Dirección General Financiera presenta el DICTAMEN DGF No. 012A-2025 de fecha 12 de mayo de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 12 de mayo de 2025
Doctor
Carlos Rene Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado
Universidad de San Carlos de Guatemala
Doctor Carlos Sierra Romero:
En atención a la referencia CG-SEP 177-2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, de fecha 21 de abril de 2025 recibida en esta Dirección General en la misma fecha; relacionado a emitir Dictamen al Estudio Financiero del Programa de “Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal”, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, a desarrollarse en el Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Asimismo, trasladan correcciones requeridas en Oficio DGF No.401A-2025, de fecha 29 de marzo de 2025. Al respecto se manifiesta lo siguiente.
ANTECEDENTES
- Mediante Acta 04-2025 del Centro Universitario de San Marcos, de fecha 19 de febrero de 2025, se acuerda: “Autorizar el proyecto curricular para la implementación del Programa de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal modalidad a distancia en entornos virtuales”, a desarrollarse en el Centro Universitario de San Marcos.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, en Punto QUINTO, Inciso 5.3, subinciso 5.3.2 del Acta 04-2025, de fecha 25 de marzo de 2025, aprobó: “el proyecto curricular para la implementación del programa de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, modalidad a distancia en entornos virtuales”.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero del Programa de la Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, de modalidad a distancia en entornos virtuales, a impartirse en el Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un programa autofinanciable.
Según la información proporcionada por el Departamento de Estudios de Postgrado del referido Centro Universitario, se presentan los ingresos, así como los salarios y gastos, los cuales reflejan un resultado favorable como se describe a continuación.
Flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de dos años de la Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal:
El Centro Universitario de San Marcos describe en la información financiera que el costo del Programa de la Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, por estudiante, para la Universidad de San Carlos de Guatemala en dos años que abarca una cohorte asciende a Diecisiete mil novecientos quince quetzales con catorce centavos (Q.17,915.14) y el costo para el estudiante incluyendo matrícula consolidada, asesoría de tesis, examen privado/defensa de tesis, graduación, impresión y firmas de título y certificaciones asciende a Veintiocho mil ciento cincuenta y tres quetzales exactos (Q28,153.00). Es importante indicar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, fueron elaborados y son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
Derivado del análisis efectuado, se deduce que, para la viabilidad del Programa de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, en una cohorte con la proyección de 30 estudiantes en el primer año y 25 estudiantes en el segundo año, se requiere un presupuesto de Cuatrocientos ochenta y nueve mil trescientos sesenta y siete quetzales con sesenta centavos (Q489,367.60); el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de Un mil quetzales exactos (Q. 1,000.00) de cuota mensual para el primero y segundo año, sin incluir el monto de pago de inscripción, matrícula consolidada, gastos de graduación, impresión de título y constancias por año, de acuerdo con lo establecido en el estudio financiero presentado por la Unidad Académica.
DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO inciso 8.2 del Acta No. 1-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA, que la cuota de Un mil quetzales exactos (Q. 1,000.00) mensuales por dos años, cubre la totalidad de los costos y gastos del programa autofinanciable del Programa de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, el cual ha sido diseñado para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Esta cuota no incluye el monto de cuota de pago de matrículas, gastos de graduación, y otros gastos conexos al Programa. En virtud de lo anterior, si así se considera conveniente, el Consejo Superior Universitario puede conocer y aprobar la cuota descrita con base en lo establecido en el Artículo 11, literal q) y en el Artículo 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Es importante indicar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, fueron elaborados y son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
En consecuencia, si dicha cuota es aprobada, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, velar por el cumplimiento de los regulado en el Artículo 45, literal e) -sic- del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de Convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49, literal k) -sic- del Reglamento citado.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los Artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con el Artículo 11, literal q) y Artículo 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota mensual de Q.1,000.00 durante dos años, sin incluir el monto de cuota de pago de matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos, del Programa Autofinanciable de Maestría en Artes, Derecho Procesal Penal, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 012A-2025 de fecha 12 de mayo de 2025; Lo anterior, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario referido y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el Artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG-SEP 289-2025 de fecha 21 de julio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 009P-2025 de fecha 30 de abril de 2025, de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 289-2025 Guatemala 21 de julio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un atento saludo de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar la solicitud de aprobación de cuota del programa de “ Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional”, modalidad a distancia en entornos virtuales del Centro Universitario de San Marcos para atender lo solicitado en el oficio REF. SG-778-06-2025.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta la evaluación de programa presentada por el Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
Asimismo, se presenta la transcripción del punto QUINTO, inciso 5.1, subinciso 5.1.2 del Acta No. 10-2025 de reunión ordinaria, celebrada el 16 de julio de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Derivado de lo anterior, se presenta el DICTAMEN DGF No. 009P-2025 de fecha 30 de abril de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 30 de abril de 2025
Doctor
Carlos Rene Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-
Universidad de San Carlos de Guatemala
Doctor Carlos Sierra Romero:
En atención al Oficio Ref. CG SEP 178-2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado de fecha 21 de abril de 2025, recibida en esta Dirección la misma fecha, para emitir DICTAMEN del Programa de “Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional”, a impartirse en el Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto se informa lo siguiente:
ANTECEDENTES
- Mediante Punto TERCERO, inciso 3.31, del Acta 04-2025 de fecha 19 de febrero de 2025, de la Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de San Marcos, se acordó: aprobar el Programa de “Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional” modalidad a distancia en entornos virtuales.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, en Punto Quinto, inciso 5.3, Subinciso 5.3.1 del Acta 04-2025, de Reunión Ordinaria celebrada el 25 de marzo del año 2025, acordó: aprobar la propuesta académica de la “Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional” modalidad a distancia en entornos virtuales.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero del Programa “ Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional” para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, en el Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un Programa autofinanciable.
Según la información proporcionada por el Departamento de Estudios de Postgrado del referido Centro, se presentan los ingresos, así como los salarios y gastos, los cuales reflejan un resultado favorable como se describe a continuación.
El Flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de 2 años para la referida Maestría es el siguiente:
El Centro Universitario de San Marcos describe e -sic- la información financiera que el costo del Programa de “Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional” para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, por estudiante; para la Universidad de San Carlos de Guatemala, en los dos años que abarca una cohorte asciende a Diecisiete mil novecientos quince quetzales con quince centavos (Q. 17,915.15) y el costo para el estudiante incluyendo matrícula consolidada, asesoría de tesis, examen privado/defensa de tesis, graduación, impresión y firmas de título y certificaciones, asciende a Veintiocho mil ciento cincuenta y tres quetzales exactos (Q.28,153.00). Es importante indicar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, fueron elaborados y son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
Derivado del análisis efectuado, se deduce que, para la viabilidad de la “Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional” para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, en una cohorte con la proyección de 30 estudiantes el primer año, se requiere un presupuesto de Cuatrocientos ochenta y nueve mil trescientos sesenta y siete quetzales con sesenta centavos (Q.489,367.60); el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de Cinco mil quetzales exactos (Q.5,000.00), de cuota semestral sin incluir el monto de pago de inscripción, matrícula consolidada, gastos de graduación, impresión de título y constancias por año, de acuerdo con lo establecido en el estudio financiero presentado por la Unidad Académica. DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA que con la cuota de Cinco mil quetzales exactos (Q.5,000.00) semestral por dos años, cubre la totalidad de los costos y gastos del Programa autofinanciable de “Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional” para ser impartido bajo la modalidad a distancia en entornos virtuales, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Esta cuota no incluye el monto de cuota de pago de propedéutico, matrículas, gastos de graduación, y otros gastos conexos al Programa. En virtud de lo anterior, si así se considera conveniente, el Consejo Superior Universitario puede conocer y aprobar la cuota descrita con base en lo establecido en el Artículo 11, literal q) y en el Artículo 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Es importante resaltar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de San Marcos y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
En consecuencia, si dicha cuota es aprobada, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Articulo 45, literal e) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de Convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49, literal k) del Reglamento citado.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con los artículos 11, literal q) y 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota semestral de Q.5,000.00 por estudiante, durante dos años, sin incluir el monto de cuota de pago de propedéutico, matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos, del Programa Autofinanciable de Maestría en Ciencias, Derecho Constitucional, Modalidad a Distancia en Entornos Virtuales, del Centro Universitario de San Marcos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 009P-2025 de fecha 30 de abril de 2025; lo anterior, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario referido y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio CG SEP 290-2025 de fecha 21 de julio de 2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado, así como, DICTAMEN DGF No. 010P-2025 de fecha 02 de mayo de 2025, de la Dirección General Financiera; referentes al Programa de Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático, Modalidad Híbrida, del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“CG-SEP 290-2025
Guatemala 21 de julio 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Presente
Licenciado Cordón:
Me dirijo a usted con un atento saludo de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado para trasladar la solicitud de aprobación de cuota del programa de “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático” del Centro Universitario de Petén, que será impartida en modalidad híbrida, para atender lo solicitado en el oficio REF. SG-859-06-2025.
Sin otro particular, me suscribo.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Dr. Carlos René Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado”
Al respecto, se presenta el pronunciamiento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Asimismo, se presenta la transcripción del Punto QUINTO, Inciso 5.2, subinciso 5.2.1 del Acta No. 10-2025 de reunión ordinaria, celebrada el 16 de julio de 2025 por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado de esta Universidad:
Derivado de lo anterior, la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala presenta el DICTAMEN DGF No. 010P-2025 de fecha 02 de mayo de 2025, suscrito por el Director General Financiero, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 02 de mayo de 2025
Doctor
Carlos Rene Sierra Romero
Coordinador General
Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-
Universidad de San Carlos de Guatemala
Doctor Carlos Sierra Romero:
En atención al Oficio Ref. CG SEP 181-2025, de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado de fecha 22 de abril de 2025, recibida en esta Dirección el 23 de abril de 2025, para atender lo solicitado en el Oficio DGF No. 457P-2025 de fecha 08 de abril de 2025 y poder modificar el DICTAMEN DGF No. 020P-2024 del Programa de “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”, a impartirse en el Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, derivado de la solicitud de Secretaría General en oficio REF. SG-108-01-2025, a la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado con el fin de reiterar lo solicitado en las REF. SG-1408-11-2024 y REF. SG-32-01-2025. Al respecto se informa lo siguiente:
ANTECEDENTES
- Mediante Punto OCTAVO, Inciso 8.2, Subinciso 8.2.1, del Acta 05-2024, de fecha 07 de marzo de 2024, de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, se acordó: aprobar el Programa Académico de la “ Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático…”.
- Mediante Punto QUINTO inciso 5.2, Subinciso 5.2.1 del Acta 02-2025 de sesión celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de fecha 12 de febrero de 2025, acuerda: “dejar sin efecto el Punto OCTAVO, Inciso 8.2, Subinciso 8.2.1, del Acta 05-2024”.
- Mediante Punto SEXTO inciso 6.13, Subinciso 6.13.1, de Acta No. 01-2024 de sesión celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de fecha 19 de enero de 2025, acordó: aprobar el programa de “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”.
- Mediante Punto QUINTO, inciso 5.1, Subinciso 5.2.1 del Acta 02-2025 de sesión celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de fecha 12 de febrero de 2025, aprobó: modificar la redacción del Punto Sexto inciso 6.13, Subinciso 6.13.1, de Acta No. 01-2024, en el sentido de unificar en nombre del programa de maestría de la siguiente manera “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”, la cual será impartida en modalidad hibrida.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, en Punto Sexto, inciso 6.1, sub inciso 6.1.1 del Acta 05-2024, de Reunión Ordinaria celebrada el 22 de mayo del año 2024 acordó: aprobar la parte académica de la “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”.
- El Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, mediante Punto Sexto, inciso 6.1, sub inciso 6.2.1 del Acta 02-2025, de Reunión Ordinaria celebrada el 25 de febrero del año 2025 aprobó ampliar Punto Sexto, inciso 6.1, subinciso 6.1.1 del Acta 05-2024 en el sentido de unificar el nombre del programa de maestría de la siguiente manera: “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático” del Centro Universitario de Petén, que será impartida en modalidad híbrida.
CONSIDERACIONES
Se procedió a conocer la propuesta de Estudio Financiero del Programa “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”, en el Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a su estudio de sostenibilidad por ser un Programa autofinanciable.
Según la información proporcionada por el Departamento de Estudios de Postgrado del referido Centro, se presentan los ingresos, así como los salarios y gastos, los cuales reflejan un resultado favorable como se describe a continuación.
El Flujo de Caja proyectado en quetzales para una cohorte de 2 años para la referida Maestría es el siguiente:
El Centro Universitario de Petén describe e -sic- la información financiera que el costo del Programa de “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”, por estudiante; para la Universidad de San Carlos de Guatemala, en los dos años que abarca una cohorte asciende a dieciocho mil ciento cincuenta y nueve quetzales con cuarenta y siete centavos (Q 18,159.47) y el costo para el estudiante incluyendo matrícula consolidada, asesoría de tesis, examen privado/defensa de tesis, graduación, impresión y firmas de título y certificaciones, asciende a treinta y un mil seiscientos cincuenta y tres quetzales exactos (Q 31,653.00).
Es importante indicar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, fueron elaborados y son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Petén y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
Derivado del análisis efectuado, se deduce que, para la viabilidad de la “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático” que será impartida en modalidad híbrida, en una cohorte con la proyección de 28 estudiantes el primer año, se requiere un presupuesto de cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos veinte quetzales con veintiséis centavos (Q 499,220.26); el cual será cubierto con los ingresos de las cuotas de los estudiantes a razón de seis mil quetzales exactos (Q 6,000.00), de cuota semestral sin incluir el monto de pago de inscripción, matrícula consolidada, gastos de graduación, impresión de título y constancias por año, de acuerdo con lo establecido en el estudio financiero presentado por la Unidad Académica.
DICTAMEN
Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el Punto OCTAVO, Inciso 8.2 del Acta No. 01-2012 del Consejo Superior Universitario, la Dirección General Financiera DICTAMINA que con la cuota de SEIS MIL QUETZALES EXACTOS (Q 6,000.00) semestral por dos años, cubre la totalidad de los costos y gastos del Programa autofinanciable de “Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático”, que será impartida en modalidad híbrida, presentado por el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Esta cuota no incluye el monto de cuota de pago de propedéutico, matrículas, gastos de graduación, y otros gastos conexos al Programa. En virtud de lo anterior, si así se considera conveniente, el Consejo Superior Universitario puede conocer y aprobar la cuota descrita con base en lo establecido en el Artículo 11, literal q) y en el Artículo 127 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Es importante resaltar que el estudio financiero, el flujo de caja, el costo por y para el estudiante, son responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Petén y del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP).
En consecuencia, si dicha cuota es aprobada, se recomienda instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado -SEP-, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Articulo 45, literal e) -sic- del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento; así como velar por el adecuado funcionamiento de los Programas de Postgrado, derivado de Convenios suscritos entre entidades académicas, según lo preceptuado en el Artículo 49, literal k) -sic- del Reglamento citado. Derivado de la solicitud de modificar los antecedentes para incorporar la ampliación y de los puntos de acta que se describen en los numerales 2, 3, 4 y 6 remitidas el 23 de abril de 2025, se deja sin efecto el Dictamen DGF No. 020P-2024 de la Dirección General Financiera, de fecha 03 de julio de 2024.
Sin otro particular, nos suscribimos, atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, con fundamento en los Artículos 1, 40 y 49 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. Aprobar el Programa Autofinanciable de Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático, para ser impartido en la Modalidad Híbrida, del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
2. De conformidad con el Artículo 11, literal q) y Artículo 127, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), aprobar la cuota semestral de Q.6,000.00 durante dos años, sin incluir el monto de cuota de pago de propedéutico, matrículas, gastos de graduación y otros gastos conexos, del Programa Autofinanciable de Maestría en Desarrollo Rural y Cambio Climático, para ser impartido en la Modalidad Híbrida, del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en virtud que, con la cuota descrita se cubre la totalidad de los costos y gastos de acuerdo con la estimación presentada en el estudio financiero correspondiente, según lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el DICTAMEN DGF No. 010P-2025 de fecha 02 de mayo de 2025; Lo anterior, bajo la responsabilidad del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario referido y del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. Instruir al Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado, velar por el cumplimiento de lo regulado en el Artículo 49, literal e. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cuanto a cancelar los programas que después de dos (2) años de aprobados o cerrada la última cohorte, no organicen o garanticen la continuidad de su funcionamiento o que incumplan los requerimientos del Consejo Directivo; así como, velar por el adecuado funcionamiento de los programas de postgrado, derivados de convenios suscritos con entidades académicas adscritas al Sistema de Estudios de Postgrado, según lo regulado en el Artículo 53, literal k. del Reglamento citado.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar los programas así como su respectiva cuota | 29 |
| 2 | No aprobar los programas y no aprobar las cuotas respectivas | 0 |
| 3 | Abstenciones | 3 |
| Total | 32 |
quórum: 32 miembros del Consejo Superior Universitario
Respecto a las solicitudes de dispensa, el Sr. Wider Rolando Santos Chingo, Representante Estudiantil de la Facultad de Arquitectura, a través del chat de la plataforma de Cisco Webex, de manera escrita propone al seno del Consejo Superior Universitario, realizar una sola votación para los siguientes subincisos, referentes a solicitudes de dispensa; esto, con el propósito de brindar celeridad al desarrollo de la presente sesión.
No habiendo objeción por parte de los miembros de este Consejo Superior Universitario, se aprueba la propuesta para realizar una sola votación en el Punto CUARTO, Inciso 4.4, específicamente en los subincisos indicados.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Ref. JD. 015-2025 de fecha 15 de mayo de 2025, suscrito por el Secretario Académico de la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía; Ref. D.P. OF 378-2025 de fecha 13 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1044-2025 de fecha 05 de agosto de 2025, suscrita por la Dirección de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para la contratación del Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas de dicha Facultad, para el período del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025; Lo anterior, en atención a lo acordado por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, en el punto SÉPTIMO, inciso 7.26 del Acta No. 11-2025 de sesión celebrada el 08 de mayo de 2025. Al respecto, la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“Guatemala 15 de mayo de 2025
Señores
Miembros del Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala
Estimados profesionales:
Reciban un afectuoso saludo de la Facultad de Agronomía, deseándoles éxitos en sus labores.
Por este medio según el Punto SEPTIMO, inciso 7.26 del Acta 11-2025 de sesión ordinaria celebrada el ocho de mayo del año dos mil veinticinco, por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, en el que se avala solicitud de dispensa para contratación del Ingeniero Agrónomo Kelder Alexis Ortíz Cardona, como Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas del Area de Ciencias de la Facultad de Agronomía, en virtud que en la Facultad de Agronomía cuenta con dos profesores titulares que no están interesados en asumir la Coordinación de la Subárea de Ciencias Químicas, según lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico (RECUPA) en cuanto que no cumple con los tres (03) años de laborar dentro de la carrera universitaria del Personal Académico.
Por lo tanto, considerando lo anteriormente relacionado me permito solicitar ante el Honorable Consejo Superior Universitario, la aprobación de la dispensa para la contratación del profesor interino Kelder Alexis Ortíz Cardona, para la Coordinación de la Subárea de Ciencias Químicas, del Area de Ciencias, por el periodo del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Ing. Agr. Edi Noé Quan Barrios
Secretario Académico”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 378-2025 de fecha 13 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“13 de junio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 323-06-2025, No. de Ingreso: 568-2025 CSU de fecha 03 de junio 2025 respecto a solicitud de dispensa presentada por el Ing. Agr. Edi Noé Quan Barrios, Secretario Académico de la Facultad de Agronomía, remitió al Consejo Superior Universitario, la Ref. JD.015-2025 del 15 de mayo de 2025, relacionada con la solicitud de dispensa para la contratación del profesor interino Kelder Alexis Ortiz Cardona , del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el Punto SEPTIMO, inciso 7.26 del Acta No. 11-2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, el 8 de mayo del 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde de revisar los controles en el Sistema de Información Financiera SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, y de acuerdo con la certificación emitida por la Tesorería de la Unidad, se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Según la información descrita en el cuadro anterior refleja que la plaza detallada cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el periodo descrito.
Sin otro particular, nos suscribimos atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1044-2025 de fecha 05 de agosto de 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 05 de agosto de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No. 347-06-2025, del 17 de junio de 2025, relacionada con la solicitud de pronunciamiento al respecto de la dispensa para el nombramiento del Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía, para el periodo del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el Punto Séptimo, Inciso 7.26, del Acta 11-2025,de sesión celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía el 08 de mayo de 2025, esta Dirección manifiesta lo siguiente:
En Punto Séptimo, Inciso 7.26, del Acta 11-2025, de la Sesión celebrada el 08 de mayo de 2025, por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, literalmente indica:
“SEPTIMO: Solicitudes
7.26 Nombramiento del Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía
(...)
CONSIDERANDO
Que en la actualidad en la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía, del Área de Ciencias, laboran solo dos profesores titulares en dicha subárea y al consultarles manifestaron no tener interés en asumir la Coordinación de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía. La Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, al evaluar la terna presentada por el Señor Decano, aprueba el nombramiento del Ingeniero Agrónomo Kelder Alexis Ortíz Cardona, Profesor Interino de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía, (…) quien pertenece presupuestal y estructuralmente al Área de Ciencias, de esta Facultad, pero no cuenta con lo requerido en el artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico (RECUPA) en cuanto a los tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, para asumir la Coordinación de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía, por el período de 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
La Junta Directiva al respecto ACUERDA:
- Nombrar al profesor interino, Ingeniero Agrónomo Kelder Alexi Ortíz Cardona, como Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas, de la Facultad de Agronomía, periodo del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
- Elevar al seno del Consejo Superior Universitario, la presente resolución para solicitar la aprobación de dispensa para la contratación del profesor interino, Ingeniero Agrónomo Kelder Alexis Ortíz Cardona, para asumir la Coordinación de la Subárea de Ciencias Químicas, de la Facultad de Agronomía, por el período del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025, en virtud que el Profesor Interino, no cumple el requisito estipulado en el artículo 16 en cuanto a los 03 años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico.”.
Que el artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, establece: “El profesional que se requiera para ocupar un cargo a nivel de dirección será propuesto en terna por el Decano o Director ante el Órgano de Dirección de la Unidad Académica; la terna deberá estar integrada por personal académico que pertenezca presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica similar de la administración académica, según sea la organización de dicha unidad. El órgano de dirección dela Unidad Académica, adjudicará el cargo de dirección al profesional que además de los requisitos indicados, reúna los siguientes requisitos: a) Mínimo tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, y b) Reconocida calidad académica, pedagógica, científica, ética, moral, honradez y honorabilidad”, y en el presente caso, el profesional Kelder Alexis Ortiz Cardona, incumple con el requisito mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico.
Se adjunta al expediente, la Certificación Presupuestal del 14 de mayo de 2025, extendida por el Tesorero III de la Facultad de Agronomía, en la que se certifica: “… SE OBSERVA UNA DISPONIBILIDAD FINANCIERA, SUFICIENTE PARA LA CREACIÓN DE UNA PLAZA DE PROFESOR INTERINO DE 02 HORAS, No. 78, LA CUAL SERA (SIC) PARA COORDINAR LA SUB-AREA DE CIENCIAS QUIMICAS DEL AREA DE CIENCIAS DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA DEL 01 DE JULIO DE 2025 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
(..)”
En Ref. D.P. OF 378-2025, del 13 de junio de 2025, el Departamento de Presupuesto manifestó que: “...en atención a la PROVIDENCIA SG No. 323-06-2025, No. de Ingreso: 568-2025 CSU de fecha 03 de junio 2025 respecto a solicitud de dispensa presentada por el Ing. Agr. Edi Noé Quan Barrios, Secretario Académico de la Facultad de Agronomía, remitió al Consejo Superior Universitario, la Ref. JD.015-2025 del 15 de mayo de 2025, relacionada con la solicitud de dispensa para la contratación del profesor interino Kelder Alexis Ortiz Cardona , del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el Punto SEPTIMO, inciso 7.26 del Acta No. 11-2025 de sesión celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, el 8 de mayo del 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde de revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, y de acuerdo con la certificación emitida por la Tesorería de la Unidad, se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza No. Nombre del Profesional Nombrado por la Unidad Ejecutora Puesto Partida Subprograma / Carrera Vigencia Solicitada por la Unidad Ejecutora Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad Presupuestaria 78 Kelder Alexis Ortíz Cardona Profesor Interino 4.1.02.2.13.0.22 Área de Ciencias 01/07/2025 Al 31/12/2025 01/07/2025 Al 31/12/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. Según la información descrita en el cuadro anterior refleja que la plaza detallada cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el periodo descrito.
(…).”.
Esta Dirección no prejuzga sobre el contenido del pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, ni de las incongruencias entre lo establecido en la misma y los documentos que integran el presente expediente.
Por lo expuesto, la presente solicitud puede ser elevada al Consejo Superior Universitario para su conocimiento quien en cumplimiento con sus atribuciones con base en el artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede otorgar dispensa: Al artículo 16, literal a) del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, en el sentido que el profesional propuesto no ostenta la calidad de profesor titular por lo cual no cuenta con el mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, así mismo no pertenece presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; para continuar con el proceso correspondiente del profesional Kelder Alexis Ortíz Cardona como Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025, con base en lo acordado en el Punto Séptimo, Inciso 7.26 del Acta 11-2025 de Sesión celebrada el 08 de mayo de 2025 por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía y Ref. D.P. OF 378-2025, del 13 de junio de 2025, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, tomando en consideración que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria de conformidad con lo indicado por dicho Departamento.
El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos estará bajo la responsabilidad de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al Artículo 131 del Estatuto dela Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.”
Al respecto, este Consejo Superior Universitario ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del Artículo 16, literal a) del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, el profesional propuesto no ostenta la calidad de profesor titular, por lo cual, no cuenta con el mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, asimismo, no pertenece presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; y de esta manera, se pueda continuar con el proceso correspondiente del profesional Kelder Alexis Ortíz Cardona como Coordinador de la Subárea de Ciencias Químicas de la Facultad de Agronomía para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, en concordancia con el punto SÉPTIMO, inciso 7.26 del Acta No. 11-2025 de sesión celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, el 08 de mayo de 2025; y, conforme al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 378-2025 de fecha 13 de junio de 2025, mediante el cual, se indica que la plaza cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período descrito.
2. El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos estará bajo la responsabilidad de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluado analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer los oficios identificados como Oficio DIRCP/ACSU/002-2025 de fecha 30 de mayo de 2025, suscrito por el Director del Centro Universitario de El Progreso; Ref. D.P. OF 366-2025 de fecha 09 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera; así como, REFERENCIA DAJ No. 1058-2025 de fecha 07 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por el Director del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para la contratación de Coordinadores de carrera, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado de dicho Centro, para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025; lo anterior, en atención a lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, en el punto TERCERO, inciso 3.6 del Acta No. 12-2025 de sesión ordinaria celebrada el 09 de mayo de 2025 y punto TERCERO, inciso 3.6 del Acta No. 13-2025 de sesión ordinaria celebrada el 23 de mayo de 2025. Al respecto, el Director del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“ Guastatoya, El Progreso 30 de mayo de 2025
Honorables Miembros
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala
Estimados profesionales:
Reciban un afectuoso saludo de la Dirección del Centro Universitario de El Progreso, deseándoles éxitos en sus labores.
Por este medio según OFICIO 144-2025 S.C.D de fecha 27 de mayo de 2025 transcripción del PUNTO TERCERO Inciso 3.6 del acta 13-2025 de la Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el veintitrés de mayo de dos mil veinticinco en el que se avala la solicitud de dispensa para contratación de Profesores Interinos para la Coordinación de carreras, Coordinación de Extensión Universitaria y Coordinación del Instituto de Investigaciones en virtud que este Centro Universitario no cuenta con Profesores Titulares III según lo establecido en el artículo 27, 28 y 29 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Asimismo, se avala la solicitud de dispensa para la contratación de la Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso , en virtud que la profesional nombrada como Directora del Departamento de Postgrado no es profesor titular según lo establecido en el Artículo 65 Inciso c. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Para tal efecto; siendo los profesores interinos a contratar del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025, siendo los siguientes: Licenciado Ariel Alejandro Alvarado Ayala para la carrera de Licenciatura en Administración de Empresas, Ingeniero Agrónomo Rubén Estuardo Mérida Maldonado para la carrera de Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola, Licenciada Herlinda Eunice Morales Oliva para la carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa, Licenciado Guillermo Enrique Muñoz para la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales Abogacía y Notariado, Licenciada Claudia Patricia Morales Carías de Méndez para la carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física, Licenciada Ana Emilse Rodas Morales de Rivas para el área de Extensión Universitaria, Ingeniero Agrónomo Luis Arturo Méndez para el Instituto de Investigaciones y Maestra Interina Ana Luisa García Castellanos como Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso. Por lo tanto, considerando lo anteriormente relacionado me permito solicitar ante el Honorable Consejo Superior Universitario, la aprobación de la dispensa para la contratación de Profesores Interinos para la Coordinación de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso correspondiente al segundo semestre del ciclo 2025 comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Agradezco su atención, sin más que agregar me suscribo, atentamente.
“Id y Enseñad a Todos”
Ing. Agr. Julio César Martínez Fuentes
Director
Centro Universitario de El Progreso”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 366-2025 de fecha 09 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“09 de junio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 322-06-2025, en relación con solicitud de dispensa por parte del Centro Universitario del Progreso, para nombramiento de profesores interinos para la coordinación de carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador de Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado por el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el punto tercero, inciso 3.6 del Acta 13 2025 de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el 23 de mayo de 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Según la información proporcionada por la Tesorera de Centro Universitario del Progreso en lo referente al nombre del profesional, la vigencia solicitada y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que las plazas sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período del 01-07-2025 al 31-12-2025
Sin otro particular, nos suscribimos atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1058-2025 de fecha 07 de agosto de 2025, suscrita por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 07 de agosto de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su Despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a Providencia SG No.348-06-2025 , ingreso 647-2025 CSU, de fecha 20 de junio de 2025, emitida por Secretaría General, relacionado con la solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario, para la contratación de los Profesores Interinos para la Coordinación de carreras, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinación del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado todos del Centro Universitario de El Progreso, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el punto tercero, inciso 3.6 del Acta No. 13-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo el 23 de mayo de 2025. La Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
- Oficio identificado como OFICIO 134-2025 S.C.D., de fecha 14 de mayo de 2025 , mediante el cual la licenciada Ruth Violeta Cruz Ramírez, Secretaria del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, transcribe el PUNTO TERCERO Inciso 3.6 del Acta 12-2025 de la sesión ordinaria celebrada por dicho Consejo Directivo, el 09 de mayo de 2025, en el que literalmente se establece: “Oficio DIRCP/ACD/0152025 presentado por Ing. Agr. Julio Cesar Martínez Fuentes Director Centro Universitario de El progreso, presenta para conocimiento y aprobación la propuesta de ternas para nombramiento de Coordinadores de Carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Director (a) del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2025, comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025. (…) (…) El Consejo Directivo al respecto ACUERDA:
- Aprobar la propuesta de Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2025 comprendido del 01 de Julio 2025 al 31 de Diciembre de 2025, presentada por el Ingeniero Agrónomo Julio César Martínez Fuentes director del Centro Universitario de El Progreso.
- Se nombra como Coordinadores de carrera, Supervisión de Área, Coordinación de Extensión Universitaria, Coordinador del Instituto de Investigaciones y Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el Segundo Semestre del ciclo 2025 comprendido del 01 de Julio 2025 al 31 de Diciembre de 2025, a los siguientes profesionales.
Nombre Carrera Ariel Alejandro Alvarado Ayala Licenciatura en Administración de Empresas Ruben Estuardo Mérida Maldonado Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola Herlinda Eunice Morales Oliva Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa. Guillermo Enrique Muñoz Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física. Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Extensión Universitaria Luis Arturo Méndez Coordinador del Instituto de Investigaciones Ana Luisa García Castellanos Directora del Departamento de Postgrado (…)”.
- Oficio No. 144-2025 S.C.D. de fecha 27 de mayo de 2025 mediante el cual la licenciada, Ruth Violeta Cruz Ramírez, Secretaria del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, transcribe el punto TERCERO, inciso 3.6 del Acta No. 13-2025 , de sesión ordinaria celebrada el 23 de mayo de 2025 por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso, el cual establece literalmente lo siguiente: (…) El Consejo Directivo al respecto ACUERDA : Avalar la solicitud de dispensa para la contratación de Profesores Interinos para las Coordinaciones de Carreras, Coordinación de Extensión Universitaria y Coordinación del Instituto de Investigaciones del Centro Universitario de El Progreso, correspondiente al segundo semestre 2025 comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025, en virtud de que este Centro Universitario no cuenta con Profesores Titulares III, según lo establecido en el artículo 27, 28 y 29 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Avalar la solicitud de dispensa para la contratación de la Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso correspondiente al segundo semestre 2025 comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025 en virtud de que la profesional nombrada como Directora del Departamento de Postgrado no es profesor titular según lo establecido en el Artículo 65 Inciso c. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Se detallan a continuación nombres, coordinaciones y Directora de postgrado:
Nombre Carrera Ariel Alejandro Alvarado Ayala Licenciatura en Administración de Empresas Ruben Estuardo Mérida Maldonado Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola Herlinda Eunice Morales Oliva Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa. Guillermo Enrique Muñoz Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física. Ana Emilse Rodas Morales de Rivas Extensión Universitaria Luis Arturo Méndez Coordinador del Instituto de Investigaciones Ana Luisa García Castellanos Directora de Postgrado
- Certificación sin número de referencia, denominada como “ CERTIFICACION” de fecha 29 de mayo de 2025, en el cual, la Tesorero I del Centro Universitario de El Progreso, con el visto bueno de el Director del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala indicó lo siguiente: “La infrascrita Tesorera I del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala CERTIFICA : que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para la contratación de Coordinadores de Carreras, Extensión Universitaria, Investigación y Directora de Postgrado para el segundo semestre 2025, según el cuadro descrito a continuación:”
Nombre Partida Presupuestal SUBPROGRAMA DISPONIBILIDAD ACTUAL No. Plaza Puesto Ariel Alejandro Alvarado Ayala 4.1.51.2.01 .022 Administración de Empresas 01/07/2025 al 31/12/2025 28 Profesor Titular I Claudia Patricia Morales Carias de Méndez 4.1.51.2.02.022 Profesorado en física y Matemática 01/07/2025 al 31/12/2025 8 Profesor Titular II Rubén Estuardo Mérida Maldonado 4.1.51.2.04.022 Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola 01/07/2025 al 31/12/2025 5 Profesor Interino Guillermo Enrique Muñoz 4.1.51.2.05.022 Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado 01/07/2025 al 31/12/2025 1 Profesor Interino Herlinda Eunice Morales Oliva 4.1.51.2.06.022 Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa 01/07/2025 al 31/12/2025 1 Profesor Interino Herlinda Eunice Morales Oliva 4.1.51.2.07.022 Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa 01/07/2025 al 31/12/2025 1 Profesor Interino Luis Arturo Méndez 4.1.51.3.01 .022 Investigación 01/07/2025 al 31/12/2025 1 Profesor Interino Ana Emilse Rodas Morales 4.1.51.4.01 .022 Extensión Universitaria 01/07/2025 al 31/12/2025 1 Profesor Interino Ana Luisa García Castellanos 4.5.51.2.05.022 Maestrías y Especialidades 01/07/2025 al 31/12/2025 1 Directora de Estudios de Postgrado
- El 09 de junio de 2025, en referencia identificada como Ref. D.P.OF 366-2025, emitida por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera indico lo siguiente: “ (…) El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre del Profesional nombrado por la Unidad Ejecutora Puesto Partida Subprograma /Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 28 Lic. Ariel Alejandro Alvarado Ayala Profesor Titular I 4.1.51.2.01.022 Administración de Empresas 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 Al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 8 Licda. Claudia Patricia Morales Carías de Méndez Profesor Titular II 4.1.51.2.02.022 Profesorado en Física y Matemática 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 5 Lic. Rubén Estuardo Mérida Maldonado Profesor Interino 4.1.51.2.04.022 Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 Al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Lic. Guillermo Enrique Muñoz Profesor Interino 4.1.51.2.05.022 Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Licda. Herlinda Eunice Morales Oliva Profesor Interino 4.1.51.2.06.022 Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 Al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Licda. Herlinda Eunice Morales Oliva Profesor Interino 4.1.51.2.07.022 Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 Al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Lic. Luis Arturo Méndez Profesor Interino 4.1.51.3.01.022 Investigación 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Ana Emilse Rodas Morales Profesor Interino 4.1.51.4.01.022 Extensión Universitaria 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 Al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Ana Luisa García Castellanos Fuera de Carrera 4.5.51.2.05.022 Maestrías y Especialidades 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 Al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. Según la información proporcionada por la Tesorera de Centro Universitario del Progreso en lo referente al nombre del profesional, la vigencia solicitada y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que las plazas sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período del 01-07-2025 al 31-12-2025(…) “.
- ARTÍCULO 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala. “Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñarán el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director.”
- Artículo 67 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala. “Director. Definición: Es el funcionario responsable de la administración de las Escuelas o Departamentos de Estudios de Postgrado, cuyo puesto es de naturaleza docente y sus funciones son de carácter académico. “.
- Artículo 69 Requisitos del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
- Poseer el grado académico de Doctor o Maestro.
- Ser profesor titular y en servicio activo dentro de la Carrera Docente.
- Artículo 5, segundo párrafo del Decreto Ley 106, Código Civil : "La presencia o ausencia de tilde en un nombre no lo hace distinto, y por lo tanto, no implica la necesidad de establecer identificación, otorgar cambio de nombre o realizar trámite, corrección o modificación alguna." Dicho precepto establece que la variación ortográfica derivada de la acentuación no altera la identidad jurídica del nombre propio, por lo que no genera efectos legales que requieran su rectificación o modificación en documentos oficiales.
Esta Dirección de Asuntos Jurídicos recomienda que la presente solicitud sea elevada a conocimiento y resolución del Honorable Consejo Superior Universitario, quien, en concordancia con sus atribuciones establecidas en el artículo 11, literal t), del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede, si así lo considera, OTORGAR DISPENSA al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido de que los profesionales propuestos no ostentan la calidad de Profesor Titular, para continuar con el proceso correspondiente como coordinadores de carrera de los profesional -sic- siguiente -sic-:
- Licenciado Ariel Alejandro Alvarado Ayala para la carrera de Licenciatura en Administración de Empresas.
- Ingeniero Agrónomo Rubén Estuardo Mérida Maldonado para la carrera de Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola.
- Licenciada Herlinda Eunice Morales Oliva para la carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa.
- Licenciado Guillermo Enrique Muñoz para la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado.
- Licenciada Claudia Patricia Morales Carías de Méndez para la carrera de Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física.
- Licenciada Ana Emilse Rodas Morales de Rivas para el área de Extensión Universitaria.
- Ingeniero Agrónomo Luis Arturo Méndez para el Instituto de Investigaciones.
Todos para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, dispensa al Artículo 69, literal C del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que la profesional propuesta no ostenta la calidad de profesor titular y en servicio activo dentro de la Carrera Docente, para continuar con el proceso correspondiente de la Maestra Ana Luisa García Castellanos de Méndez como Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso, para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025 .
Lo anterior, de conformidad con el Punto Tercero, inciso 3.6, del Acta 12-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso el 09 de mayo de 2025, y Punto Tercero, inciso 3.6, del Acta No. 13-2025 , de sesión ordinaria celebrada el 23 de mayo de 2025 por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso. Así como el pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, mediante referencia Ref. D.P. OF 0366-2025 , del 09 de junio del 2025.
El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones, estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Además, deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos , de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna .”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por el Director del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación de los artículos siguientes:
a) Al artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesor titular III; y así continuar con el trámite correspondiente por parte de la autoridad nominadora para la contratación como Coordinadores de Carrera y Área en el Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de los profesionales siguientes:
| No. | Nombre del profesional | Carrera o área |
|---|---|---|
| 1 | Ariel Alejandro Alvarado Ayala | Licenciatura en Administración de Empresas; |
| 2 | Rubén Estuardo Mérida Maldonado | Ingeniería Agronómica en Sistemas de Producción Agrícola; |
| 3 | Herlinda Eunice Morales Oliva | Profesorado en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa, y Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa; |
| 4 | Guillermo Enrique Muñoz | Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogacía y Notariado; |
| 5 | Claudia Patricia Morales Carías de Méndez | Profesorado en Enseñanza Media en Matemática y Física; |
| 6 | Ana Emilse Rodas Morales de Rivas | Extensión Universitaria; y, |
| 7 | Luis Arturo Méndez | Instituto de Investigaciones. |
Todos los profesionales para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
b) Al artículo 69, literal c. del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, la profesional propuesta no ostenta la calidad de ser profesor titular y en servicio activo dentro de la Carrera Docente; y así continuar con el trámite correspondiente por parte de la autoridad nominadora, para la contratación de la profesional Ana Luisa García Castellanos de Méndez, como Directora del Departamento de Postgrado del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Lo anterior, en concordancia con el punto TERCERO, inciso 3.6 del Acta No. 12-2025 de sesión ordinaria de fecha 09 de mayo de 2025 y punto TERCERO, inciso 3.6 del Acta No. 13-2025 de sesión ordinaria de fecha 23 de mayo de 2025, ambas sesiones celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso; así como, al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en Ref. D.P. OF 366-2025 de fecha 09 de junio de 2025, manifestando que, las plazas sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período solicitado.
2. El proceso administrativo para la formalización de las referidas contrataciones y la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional, estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de El Progreso de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos, de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios, y por Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Ref.DEC.63-2025 de fecha 19 de mayo de 2025, suscrito por el Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales; Ref. D.P. OF 372-2025 de fecha 10 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1049-2025 de fecha 07 de agosto de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento de docentes en Jefaturas de dicha Facultad, para el primer semestre del año 2025; Lo anterior, en atención a lo acordado por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, en el punto CUARTO, incisos 4.11, 4.13, 4.16 y 4.30 del Acta No. 21-2024 de sesión celebrada el 30 de diciembre de 2024 y punto DÉCIMO TERCERO, inciso 13.11 del Acta No. 02-2025 de sesión celebrada el 26 de febrero de 2025. Al respecto, el Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“Guatemala, 19 de mayo de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón:
Reciba un cordial saludo en el desarrollo de cada de una -sic- de sus actividades dentro de nuestra Casa de Estudios.
En atención a lo indicado en CIRCULAR SG-01-01-2025, remito el presente oficio para que el mismo pueda ser ingresado a sesión del honorable Consejo Superior Universitario para la dispensa que requiere por parte de ese Órgano colegiado conforme lo regulado en el Artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala; para el nombramiento de los Docentes en Jefatura de la Facultad de Ciencias jurídicas y Sociales, correspondiente al primer semestre 2025; lo anterior en virtud de pertenecer a partida presupuestaria distinta a dicha unidad.
Sin otro particular, me suscribo con muestras de mi más alta estima y consideración.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
M.Sc. Henry Arriaga DECANO”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 372-2025 de fecha 10 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 10 de junio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón:
Atentamente me dirijo a usted, en atención a PROVIDENCIA SG No. 308-05-2025 de fecha 23 de mayo de 2025, en relación con solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario por parte de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, para el nombramiento de los docentes en Jefatura del 01 de enero al 30 de junio de 2025, según certificación emitida por tesorería de la Unidad Ejecutora en Ref. Tes. 130-2025 de fecha 09 de junio 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nómina- y Sistema Oracle de acuerdo con lo programado por la Unidad Ejecutora, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Sin otro particular, suscribimos atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1049-2025 de fecha 07 de agosto de 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 07 de agosto de 2025.
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No.341-06-2025 de fecha 17 de junio de 2025 y REF.SG-998-07-2025 de fecha 22 de julio de 2025, relacionada a la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, para el nombramiento docentes -sic- en Jefaturas de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, primer semestre 2025, de conformidad con el Punto CUARTO Incisos 4.11, 4.13, 4.16 y 4.30 del Acta 21-2024 de sesión ordinaria de Junta Directiva el 30 de diciembre de 2024, y Punto DÉCIMO TERCERO, Inciso 13.11, del Acta No. 02-2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva el 26 de febrero de 2025 la Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
- El Licenciado Wilfredo Eliú Ramos Leonor, Secretario Académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, a través de oficio sin número de referencia de fecha 05 de mayo de 2025, adjunta al Maestro Henry Manuel Arriaga Contreras, Decano, la transcripción del Punto DÉCIMO TERCERO, Inciso 13.11, del Acta No. 02-2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva el 26 de febrero de 2025.
- El Secretario Académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Licenciado Wilfredo Eliú Ramos Leonor, con fecha 05 de Mayo de 2025, certifica la transcripción del Punto DÉCIMO TERCERO, Inciso 13.11 del Acta 02-2025 de sesión ordinaria celebrada por Junta Directiva el 26 de febrero de 2025, que literalmente indica: “13.11 SOLICITUD DE DISPENSA PARA QUE LOS PROFESORES TITULARES LUIS FRANCISCO MENDOZA GUTIÉRREZ, CARLOS EBERTITO HERRERA RECINOS, ROBERTO FREDY ORELLANA MARTÍNEZ Y JOSÉ ALFREDO AGUILAR ORELLANA, PUEDAN SER NOMBRADOS EN CARGOS DE JEFATURAS EN VITUD -sic- DE PERTENECER A PARTIDA PRESUPUESTARIA DISTINTA AL ÁREA DONDE SERÁN NOMBRADOS. Junta Directiva, en virtud de la propuesta de los profesionales (…) Resuelve: Instruir al señor decano, M.Sc. Henry Manuel Arriaga Contreras, para que solicite ante el honorable Consejo Superior Universitario, dispensa durante el primer semestre dos mil veinticinco, para que los profesores: Luis Francisco Mendoza Gutiérrez, Carlos Ebertito Herrera Recinos, Roberto Fredy Orellana Martínez y José Alfredo Aguilar Orellana, puedan ser nombrados en cargos de jefatura, en virtud de pertenecer a partida presupuestaria distinta del área donde serán nombrados y se pueda dar cumplimiento a lo normado en el artículo 16 del Reglamento de la Carrera del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala…”
- El Maestro Henry Manuel Arriaga Contreras, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, a través de Ref.DEC.63-2025 de fecha 19 de mayo de 2025, remite al Consejo Superior Universitario la solicitud de dispensa para el nombramiento de docentes en las Jefaturas de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, correspondiente al primer semestre 2025.
- La Licenciada Maira Janeth Salguero Barahona, Tesorera de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de Ref.Tes.130-2025 de fecha 09 de junio de 2025 literalmente indica: “(…) Esta Tesorería informa que si existe disponibilidad presupuestaria para la dispensa de los Licenciados que se detallan a continuación:
No. Plaza Puesto Nombre Partida Presupuestaria Vigencia 21 Profesor Titular VII Carlos Ebertito Herrera Recinos 4.1.04.2.16.022 01 de enero al 30 de junio 2025 184 Profesor Titular VII Roberto Fredy Orellana Martínez 4.1.04.2.02.022 01 de enero al 30 de junio 2025 187 Profesor Titular VI José Alfredo Aguilar Orellana 4.1.04.2.02.022 01 de enero al 30 de junio 2025 185 Profesor Titular V Luis Francisco Mendoza Gutiérrez 4.1.04.2.02.022 01 de enero al 30 de junio 2025 …”
- El Departamento de Presupuesto en oficio Ref. D.P. OF 372-2025 de fecha 10 de junio de 2025, literalmente indica: “(…) El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nómina- y Sistema Oracle de acuerdo con lo programado por la Unidad Ejecutora, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Presupuestaria Subprograma /Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de las plazas Disponibilidad 21 Carlos Ebertito Herrera Recinos Profesor Titular VII 4.1.04.2.16.022 Asesoría de Tesis 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 La plaza si cuenta con disponibilidad a la fecha solicitada, sin embargo, se encuentra programada como Profesor Titular VIII, y la Unidad Ejecutora la certificó como Profesor Titular VII. 184 Roberto Fredy Orellana Martínez Profesor Titular VII 4.1.04.2.02.022 Docencia Esc.CC 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 La plaza si cuenta con disponibilidad a la fecha solicitada. 187 José Alfredo Aguilar Orellana Profesor Titular VI 4.1.04.2.02.022 Docencia Esc.CC Jurídicas y Soc. 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 La plaza si cuenta con disponibilidad a la fecha solicitada 185 Luis Francisco Mendoza Gutiérrez Profesor Titular V 4.1.04.2.02.022 Docencia Esc.CC Jurídicas y Soc. 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 La plaza si cuenta con disponibilidad a la fecha solicitada …”
La Dirección de Asuntos Jurídicos, no se hace responsable sobre las inconsistencias indicadas por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera y lo emitido por la Tesorería de la Unidad Académica.
- La Dirección de Asuntos Jurídicos, a través de Providencia DAJ No. 221-2025 de fecha 27 de junio de 2025, solicita que se adjunte al expediente de mérito, Punto de Acta de Junta Directiva, donde se conocen las ternas propuestas por el Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, corregir la certificación de disponibilidad presupuestaria emitida por la tesorería de la facultad y copia legible de los documentos personales de identificación de los profesionales nombrados.
- El Maestro Henry Manuel Arriaga Contreras, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, a través de Ref.DEC.85-2025 de fecha 21 de julio de 2025, da respuesta a la Providencia DAJ No. 221-2025, enviando para el efecto los documentos solicitados.
- El Licenciado Wilfredo Eliú Ramos Leonor, Secretario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, con fecha 11 de julio de 2025, Certifica la trascripción -sic- del Punto CUARTO, Inciso 4.11 del Acta 21-2024 de sesión celebrada por la Junta Directiva el 30 de diciembre de 2024, la cual literalmente indica: “(…) 4.11 NOMBRAMIENTO DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS INTRODUCTORIOS Y COMPLEMENTARIOS. El señor Decano M. Sc. Henry Manuel
Arriaga Contreras, somete la propuesta de la terna para Jefe del Departamento de Estudios Introductorios y Complementarios (…), Junta Directiva, Resuelve: autorizar el nombramiento siguiente: NOMBRE: Lic. Roberto Fredy Orellana Martínez (…) MATERIA Y/O CARGO, ATRIBUCIONES: Jefe del Departamento de Estudios Introductorios y Complementarios (…) VIGENCIA: Del uno de enero al treinta de junio de dos mil veinticinco…”
- El Licenciado Wilfredo Eliú Ramos Leonor, Secretario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, con fecha 11 de julio de 2025, Certifica la trascripción -sic- del Punto CUARTO, Inciso 4.13 del Acta 21-2024 de sesión celebrada por la Junta Directiva el 30 de diciembre de 2024, la cual literalmente indica: “(…) 4.13 NOMBRAMIENTO DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS SOCIOECONOMICOS Y DE INVESTIGACIÓN. El señor Decano M. Sc. Henry Manuel Arriaga Contreras, somete la propuesta de la terna para Jefe del Departamento de Estudios Socioeconómicos y de Investigación (…), Junta Directiva, Resuelve: autorizar el nombramiento siguiente: NOMBRE: Lic. Luis Francisco Mendoza Gutiérrez (…) MATERIA Y/O CARGO, ATRIBUCIONES: Jefe del Departamento de Estudios Socioeconómicos y de Investigación (…) VIGENCIA: Del uno de enero al treinta de junio de dos mil veinticinco…”
- El Licenciado Wilfredo Eliú Ramos Leonor, Secretario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, con fecha 11 de julio de 2025, Certifica la trascripción del Punto CUARTO, Inciso 4.16 del Acta 21-2024 de sesión celebrada por la Junta Directiva el 30 de diciembre de 2024, la cual literalmente indica: “(…) 4.16 NOMBRAMIENTO DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO PENAL Y DERECHO PROCESAL PENAL. El señor Decano M. Sc. Henry Manuel Arriaga Contreras, somete la propuesta de la terna para Jefe del Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal (…), Junta Directiva, Resuelve: autorizar el nombramiento siguiente: NOMBRE:
Lic. José Alfredo Aguilar Orellana (…) MATERIA Y/O CARGO, ATRIBUCIONES: Jefe del Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal (…) VIGENCIA: Del uno de enero al treinta de junio de dos mil veinticinco (…) VIGENCIA: Del uno de enero al treinta de junio de dos mil veinticinco…”
- El Licenciado Wilfredo Eliú Ramos Leonor, Secretario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, con fecha 11 de julio de 2025, Certifica la trascripción del Punto CUARTO, Inciso 4.30 del Acta 21-2024 de sesión celebrada por la Junta Directiva 30 de diciembre de 2024, la cual literalmente indica: “(…) 4.30 NOMBRAMIENTO DEL JEFE DE LA UNIDAD DE ASESORÍA DE TESIS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA, PARA EL PERIODO DEL UNO DE ENERO AL TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO. El señor Decano M. Sc. Henry Manuel Arriaga Contreras, somete la propuesta de la terna para Jefe de la Unidad de Asesoría de Tesis de esta Facultad (…), Junta Directiva, Resuelve: autorizar el nombramiento siguiente: NOMBRE: Dr. Carlos Ebertito Herrera Recinos (…) CATEGORIA Y PUESTO: Profesor Titular VII, Jefe de la Unidad de Asesoría de Tesis de esta Facultad (…) VIGENCIA: Del uno de enero al treinta de junio de dos mil veinticinco…”
- La Licenciada Maira Janeth Salguero Barahona, Tesorera de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de Ref.Tes.182-2025 de fecha 17 de julio de 2025 literalmente indica: “(…) Esta Tesorería informa que si existe disponibilidad presupuestaria para la dispensa de los Licenciados que se detallan a continuación:
No. Plaza Plaza Puesto Nombre Partida Presupuestaria Vigencia 21 Profesor Titular VII Jefe de Unidad Asesoría de Tesis Carlos Ebertito Herrera Recinos 4.1.04.2.16.022 01 de enero al 30 de junio 2025 184 Profesor Titular VII Jefe Departamento de Estudios Introductorios y complementarios Roberto Fredy Orellana Martínez 4.1.04.2.02.022 01 de enero al 30 de junio 2025 187 Profesor Titular VI Jefe Departamento de Derecho Penal y Procesal Penal José Alfredo Aguilar Orellana 4.1.04.2.02.022 01 de enero al 30 de junio 2025 185 Profesor Titular V Jefe Departamento de Estudios Socioeconómicos y de Investigación Luis Francisco Mendoza Gutiérrez 4.1.04.2.02.022 01 de enero al 30 de junio 2025 …”
- El artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico establece que: “El profesional que se requiera para ocupar un cargo a nivel de dirección será propuesto en terna por el Decano o Director ante el Órgano de Dirección de la Unidad Académica; la terna deberá estar integrada por personal académico que pertenezca presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica similar de la administración académica, según sea la organización de dicha unidad. El órgano de dirección de la Unidad Académica, adjudicará el cargo de dirección al profesional que además de los requisitos indicados, reúna los siguientes requisitos: a) Mínimo tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, y b) Reconocida calidad académica, pedagógica, científica, ética, moral, honradez y honorabilidad.”
La Dirección de Asuntos Jurídicos se sirve recomendar que la presente solicitud debe ser elevada al Consejo Superior Universitario para su conocimiento y si considera pertinente con base al artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) OTORGAR la dispensa del Artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, solicitada por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, en el sentido que dicha unidad académica manifiesta que las personas propuestas no pertenecen presupuestal y estructuralmente al Área instituto o unidad jerárquica de la administración académica, para continuar con el trámite correspondiente por parte de la Autoridad Nominadora de los siguientes profesionales:
- Licenciado Roberto Fredy Orellana Martínez , como Jefe del Departamento de Estudios Introductorios y Complementarios de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
- Licenciado Luis Francisco Mendoza Gutiérrez , como Jefe del Departamento de Estudios Socioeconómicos y de Investigación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
- Licenciado José Alfredo Aguilar Orellana , como Jefe del Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
- Doctor Carlos Ebertito Herrera Recinos , como Jefe de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
Todos para el periodo del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025, de conformidad con el Punto
CUARTO, Incisos 4.11, 4.13, 4.16 y 4.30 del acta 21-2024 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala el 30 de diciembre de 2024. Con relación a la disponibilidad presupuestaria, el Departamento de Presupuesto se ha pronunciado a través de la Ref. D.P. OF 372-2025 de fecha 10 de junio de 2025. El proceso administrativo, así como el nombramiento y verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones estarán bajo la responsabilidad de la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del Artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no pertenecen presupuestal y estructuralmente al área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; y de esta manera, se pueda continuar con el trámite correspondiente por parte de la Autoridad Nominadora para la contratación de los profesionales siguientes:
| No. | Nombre del profesional | Unidad o Departamento |
|---|---|---|
| 1 | Roberto Fredy Orellana Martínez | Jefe del Departamento de Estudios Introductorios y Complementarios; |
| 2 | Luis Francisco Mendoza Gutierrez | Jefe del Departamento de Estudios Socioeconómicos y de Investigación; |
| 3 | José Alfredo Aguilar Orellana | Jefe del Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal; y, |
| 4 | Carlos Ebertito Herrera Recinos | Jefe de la Unidad de Asesoría de Tesis. |
Todos los profesionales para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025. Lo anterior, en concordancia con el punto CUARTO, incisos 4.11, 4.13, 4.16 y 4.30 del Acta No. 21-2024 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, el 30 de diciembre de 2024; y, conforme el pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en Ref. D.P. OF 372-2025 de fecha 10 de junio de 2025, en el cual se indica que, las plazas sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante los períodos solicitados.
2. El proceso administrativo, así como, el nombramiento y verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones estarán bajo la responsabilidad de la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos, de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer los oficios identificados como Oficio No. 101-2025 CUSACQ Ref. GLH/dapu de fecha 05 de junio de 2025, suscrito por el Director del Centro Universitario de Quiché; Ref. D.P. OF 424-2025 de fecha 24 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1075-2025 de fecha 08 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por el Director del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para la contratación de Coordinadores del Programa de Formación Inicial Docente -FID-, para el periodo comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024; lo anterior, en atención a lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché, en el punto QUINTO, numeral 5.3 del Acta No. 06-2025 de sesión celebrada el 21 de mayo de 2025. Al respecto, el Director del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“Santa Cruz del Quiché, 05 de Junio de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Estimado Abogado Cordón:
Reciba un cordial y atento, deseando que todas sus actividades se realicen con éxito.
En atención a la Circular, referente a los requisitos que deben cumplir los expedientes de solicitudes de dispensas para conocimiento y resolución del Consejo Superior Universitario, remito el expediente que contiene la solicitud de Dispensa de los Coordinadores del Programa de Formación Inicial Docente -FID- del Centro Universitario de Quiché, del 01 de Julio al 31 de Diciembre de 2024, agradeciéndole se traslade al Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para su conocimiento y aprobación. Se adjunta el expediente completo que consta de trece (trece) páginas.
Atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
M.A. Gregorio Lol Hernández
Director Centro Universitario de Quiché”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 424-2025 de fecha 24 de junio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“24 de junio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 336-06-2025, de fecha 12-062025 y recibida el 16-06-2025 en relación con solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario para el nombramiento de Coordinadores del Programa de Formación Inicial Docente -FID-, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, según lo acordado en el Punto QUINTO, Numeral 5.3 del Acta No. 06-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo el 21 de mayo de 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Según la información proporcionada por el tesorero del Centro Universitario de Quiché y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza se encuentra programada en el ejercicio fiscal 2024, con disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2025.
Sin otro particular, suscribimos atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Además, se presenta el oficio identificado como OFICIO DGF No. 848P-2025 de fecha 10 de julio de 2025, suscrito por el Director General Financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1075-2025 de fecha 08 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 8 de agosto de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su Despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a Providencia SG No.402-07-2025 , ingreso 691-2025 CSU, de fecha 14 de julio de 2025, emitida por Secretaría General, relacionado con la solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario, para el nombramiento de los Coordinadores del Programa de Formación Inicial Docente -FID -, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024, según lo acordado en el punto quinto, numeral 5.3 del Acta No. 06-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala el 21 de mayo de 2025. La Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
• Oficio identificado como Oficio No. 101-2025 CUSACQ Ref. GLH/dapu de fecha 05 de junio de 2025 , mediante el cual el M.A. Gregorio Lol Hernández, Director del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, remite a la Secretaría General la transcripción correspondiente al punto quinto, numeral 5.3 , contenido en el Acta No. 06-2025 , levantada con ocasión de la sesión ordinaria del Consejo Directivo celebrada el 21 de mayo de 2025. Dicho punto resolutivo, que fue transcrito en documento fechado el 04 de junio de 2025, establece literalmente: “(…)
QUINTO : NOMBRAMIENTOS
5.3: NOMBRAMIENTOS DE COORDINADORES DE CARRERA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE -FID- PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2,024 Y AUTORIZACIÓN PARA LA SOLICITUD DE DISPENSAS.
El M.A. Gregorio Lol Hernández, director del Centro Universitario de Quiché, da lectura al oficio No. 119-2025 de fecha 07 de mayo del 2,025, donde se emite ternas de profesionales para nombrar coordinadores del Programa de Formación Inicial Docente -FID- para el segundo semestre del año 2,024. El Director, hace de conocimiento del pleno del Consejo Directivo, que se ha recibido transferencia para cubrir salarios del Programa de Formación Inicial Docente FID-, según Póliza de Diario No. 422 de fecha 25 de abril del año 2,025, emitido por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, indicando que hasta esa fecha se cuenta con la disponibilidad financiera para la contratación de los coordinadores del año 2,024, por lo que solicita al Honorable Consejo Directivo, el nombramiento de coordinadores de las Carreras de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural del Programa de Formación Inicial Docente -FID-, para las Secciones Municipales de Santa Cruz del Quiché y Uspantán del Departamento del Quiché, ejerciendo funciones para el periodo del 01 de julio al 31 de diciembre del 2,024, así como la aprobación para el trámite de Dispensa, en relación a los requisitos establecidos en el artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales Universitarios, para que los profesionales que no ostenten la categoría de Profesor Titular III, ocupen el cargo de Coordinadores de Carrera, a razón que esta Unidad Académica no cuenta dentro de su personal con docentes que ostenten la categoría de Titular III como lo establece la normativa vigente, tal y como se demuestra con el documento TES-094-2025 de fecha 06 de mayo del 2,025, emitido por la Tesorería de esta Unidad Académica, la que en su parte conducente expresa: 'No cuenta con puestos de Profesor Titular III'.
Las ternas presentadas se encuentran integradas de la siguiente manera:
- Para la Coordinación de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Santa Cruz del Quiché, los profesionales: Lizandro Porfirio Antillón, Licenciado en Pedagogía y Ciencias de la Educación/USAC; Miriam Marcelina Álvarez Grijalva, Licenciada en Pedagogía y Administración Educativa/USAC; Sandra Victoria Serrano Ocaña, Licenciada en Psicología/USAC.
- Para la Coordinación de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Uspantán, Quiché, los profesionales: William Rolando Mendoza García, Licenciado en Educación Bilingüe Intercultural/USAC; Aroldo Vicente Gonzáles Pérez, Licenciado en Enseñanza de Matemática y Física/USAC; Rosendo Tum Ajcot, Máster Profesional en Innovación para el Aprendizaje/USA -sic-
Considerando el articulo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del personal académico, establece que, el profesional llene los requisitos de mas de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico y trayectoria, reconocida calidad académica, pedagógica, científica, moral, ética, honradez y honorabilidad. Considerando el artículo 16 numerales 16.1 y 16.11 y artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios. Por Tanto: Luego de analizar la solicitud presentada, las ternas propuestas y demás documentación, con fundamento en los artículos citados el Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché; ACUERDA:
- NOMBRAR, como coordinadores de las Carreras de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural del Programa de Formación Inicial Docente -FID-, para las Secciones Municipales de Santa Cruz del Quiché y Uspantán del Departamento del Quiché, para el periodo del 01 de julio al 31 de diciembre del 2,024, de entre las ternas propuestas designar a los profesionales de la forma siguiente:
- Para la Coordinación de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Santa Cruz del Quiché, a: Lic. Lizandro Porfirio Antillón.
- Para la Coordinación de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Uspantán, Quiché, a: Lic. William Rolando Mendoza García.
los profesionales nombrados cumplen con lo predispuesto en el artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico.
- Instruir al Director, elevar al Honorable Consejo Superior Universitario la solicitud del proceso de dispensa al artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales, en cuanto que los profesionales nombrados no ostentan la categoría de Profesor Titular III, como la normativa establece, debido que en esta Unidad Académica no se cuenta con docentes con esta titularidad." (…).
• Certificación con numero de referencia OFICIO TES-107-2025 , de fecha 05 de junio de 2025, mediante la cual, Lic. Edson Misael Orrego Alvarado, Tesorero I del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con el visto bueno del M.A. Gregorio Lol Hernández, Director del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, hace constar lo siguiente: “El Centro Universitario de Quiché -CUSACQ- cuenta con la DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA para la contratación de los Coordinadores de Carrera de las Secciones Municipales del Subprograma 4.1.50.2.53 PROFESORADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA BILINGÜE INTERCULTURAL para el periodo del 01/07/2024 al 31/12/2024 , detallados de la siguiente manera:
- Profesional Nombrado: Maestro Lizandro Porfirio Antillón
Subprograma: Profesorado en Educación Primaria Bilingüe lntercultural.
Sección Municipal: SANTA CRUZ DEL QUICHÉ.
Puesto: Profesor Interino.
Cargo: Coordinador de Carrera.
Partida Presupuestaria: 4.1.50.2.53.0.22.
Número de Plaza: 31.
Horas (diaria/mes): 1.
Vigencia: Del 01/07/2024 al 31/12/2024.
- Profesional Nombrado: Maestro William Rolando Mendoza García Subprograma: Profesorado en Educación Primaria Bilingüe lntercultural.
Sección Municipal: USPANTÁN.
Puesto: Profesor Interino.
Cargo: Coordinador de Carrera.
Partida Presupuestaria: 4.1.50.2.53.0.22.
Número de Plaza: 32.
Horas (diaria/mes): 1.
Vigencia: Del 01/07/2024 al 31/12/2024.
Y para los usos legales que a la parte interesada convengan, extiendo, firmo y sello la presente, en una hoja de papel bond tamaño carta, con membrete de la entidad. Santa Cruz Del Quiché, CINCO de JUNIO del año DOS MIL VEINTICINCO.
- El 24 de junio de 2025, en referencia identificada como Ref. D.P.OF 424-2025, emitida por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera indicó lo siguiente: “(…) El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Subprograma /Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 31 Maestro Lizandro Porfirio Antillón Coordinador de Carrera 4.1.50.2.53.0.22 Profesorado en Educación Bilingüe Intercultural 01/07/2024 Al 31/12/2024 01/07/2024 Al 31/12/2024 Plaza creada en traslado de saldos, Ampliación No. 01-2025, Póliza No. 422-2025. 32 Maestro William Rolando Mendoza García Coordinador de Carrera 4.1.50.2.53.0.22 Profesorado en Educación Bilingüe Intercultural 01/07/2024 Al 31/12/2024 01/07/2024 Al 31/12/2024 Plaza creada en traslado de saldos, Ampliación No. 01-2025, Póliza No. 422-2025. Según la información proporcionada por el tesorero del Centro Universitario de Quiché y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza se encuentra programada en el ejercicio fiscal 2024, con disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2025.
- Oficio identificado como DGF No. 848P-2025, de fecha 10 de julio de 2025 , mediante el cual la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, emite opinión técnica presupuestaria respecto al expediente de solicitud de dispensa, señalando lo siguiente: “OPINIÓN:
En atención a los considerandos anteriormente descritos y los oficios Ref. D.P.OF 424-2025 del Departamento de Presupuesto y Oficio en REF.D. CONTA.0632-2025, del Departamento de Contabilidad, desde el punto de vista eminentemente presupuestario, se informa que el Centro Universitario de Quiché, cuenta con la disponibilidad presupuestaria en la partida 4.1.50.2.53.0.22 , para realizar el pago de la contratación del Maestro Lizandro Porfirio Antillón y el Maestro William Rolando Mendoza García , por el período del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024 , ambos Coordinadores de Carrera del Programa de Formación Inicial Docente -FID-, con cargo al Ejercicio Fiscal 2025.
Por lo que, previo a ejecutar el procedimiento de pago y liquidación de los referidos servicios personales, se debe contar con la autorización de dispensa por parte del Consejo Superior Universitario , para la contratación de los profesionales referidos como Coordinadores de Carrera del Centro Universitario de Quiché (CUSACQ), del Programa de Formación Inicial Docente -FID-.
Es importante indicar que es responsabilidad de la Unidad Ejecutora el cumplimiento de las Leyes y Normas Universitarias , así como que el proceso de pago y liquidación del referido gasto estará bajo la responsabilidad de las Autoridades Administrativas y Tesorería del Centro Universitario de Quiché (CUSACQ), y deberá ser calificado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos
Humanos . (…) ”
- ARTÍCULO 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala . “Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñarán el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director.”
- La Norma 8.2 de las Normas que Regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala regula: “La responsabilidad de la ejecución es competencia de cada Unidad Ejecutora (…) quien debe efectuar un seguimiento de dicha ejecución (…)”.
- La Norma 9.2 de las Normas que Regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala , entre otros aspectos indica: " ... los Gastos no liquidados se aplicarán al Ejercicio siguiente."
- El Segundo párrafo del Artículo 37 de la Ley Orgánica de Presupuesto, Decreto Número 10197 establece:/"Los gastos devengados y no pagados al treinta y uno de diciembre de cada año se cancelarán durante el año siguiente, con cargo a las disponibilidades de fondos existentes a esa fecha de cada unidad ejecutora
- Artículo 5, segundo párrafo del Decreto Ley 106, Código Civil : "La presencia o ausencia de tilde en un nombre no lo hace distinto, y por lo tanto, no implica la necesidad de establecer identificación, otorgar cambio de nombre o realizar trámite, corrección o modificación alguna." Dicho precepto establece que la variación ortográfica derivada de la acentuación no altera la identidad jurídica del nombre propio, por lo que no genera efectos legales que requieran su rectificación o modificación en documentos oficiales.
Esta Dirección de Asuntos Jurídicos recomienda que la presente solicitud sea elevada a conocimiento y resolución del Honorable Consejo Superior Universitario, quien, en concordancia con sus atribuciones establecidas en el artículo 11, literal t), del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede, si así lo considera, OTORGAR DISPENSA al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido de que los profesionales propuestos no ostentan la calidad de Profesor Titular, para el nombramiento, por parte de la autoridad nominadora, como coordinadores de carrera a los profesionales siguientes :
Para la Coordinación de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe intercultural, Sección Municipal de Santa Cruz del Quiché, a: Lic. Lizandro Porfirio Antillón.
Para la Coordinación de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe intercultural, Sección Municipal de Uspantán, Quiché, a: Lic. William Rolando Mendoza García.
Ambas para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024.
Lo anterior, de conformidad con el punto quinto, numeral 5.3 del Acta No. 06-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo de Quiché el 21 de mayo de 2025. Así como el pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, mediante referencia Ref. D.P. OF 424-2025 , del 24 de junio del 2025; en la que se establece que la plaza se encuentra programada en el ejercicio fiscal 2024, con disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2025.
El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones, estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Además, deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos , de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna .
En cuanto al pago y liquidación de servicios del ejercicio fiscal 2024, es oportuno destacar, el pronunciamiento vertido por la Dirección General Financiera en el oficio DGF No. 848P-2025, de fecha 10 de julio de 2025 , en el cual indica: “(…) En atención a los considerandos anteriormente descritos y los oficios Ref. D.P.OF 424-2025 del Departamento de Presupuesto y Oficio en REF.D. CONTA.06322025, del Departamento de Contabilidad, desde el punto de vista eminentemente presupuestario, se informa que el Centro Universitario de Quiché, cuenta con la disponibilidad presupuestaria en la partida 4.1.50.2.53.0.22 , para realizar el pago de la contratación del Maestro Lizandro Porfirio Antillón y el Maestro William Rolando Mendoza García , por el período del 01 de julio al 31 de diciembre de 2024 , ambos Coordinadores de Carrera del Programa de Formación Inicial Docente -FID-, con cargo al Ejercicio Fiscal 2025.
Por lo que, previo a ejecutar el procedimiento de pago y liquidación de los referidos servicios personales, se debe contar con la autorización de dispensa por parte del Consejo Superior Universitario , para la contratación de los profesionales referidos como Coordinadores de Carrera del Centro Universitario de Quiché (CUSACQ), del Programa de Formación Inicial Docente -FID-(…)”.
La Dirección de Asuntos Jurídicos desde el ámbito legal y circunscrita al Artículo 37 de la Ley Orgánica del Presupuesto que regula: “Egresos devengados y no pagados. Los gastos comprometidos y no devengados al treinta y uno de diciembre, previo análisis de su situación, podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. Los gastos devengados y no pagados al treinta y uno de diciembre de cada año se cancelarán durante el año siguiente, con cargo a las disponibilidades de fondos existentes a esa fecha de cada unidad ejecutora.”, y al Numeral 2.2.5 de las Instrucciones Complementarias para la Modificación y Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que establece: “Los pagos de gastos devengados y no pagados en años anteriores se calificarán en el renglón de gasto que le corresponda, afectando el presupuesto del ejercicio vigente de cada unidad, previa autorización del Consejo Superior Universitario.”, por lo que si así lo considera pertinente el Consejo Superior Universitario puede AUTORIZAR el pago y liquidación de los salarios y prestaciones correspondientes al Coordinador de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe intercultural, Sección Municipal de Santa Cruz del Quiché, a: Lic. Lizandro Porfirio Antillón y al Coordinación -sic- de la Carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe intercultural, Sección Municipal de Uspantán, Quiché, a: Lic. William Rolando Mendoza García del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el periodo del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024, siempre y cuando se cuente con los documentos de soporte que evidencien la ejecución de los servicios prestados, bajo la estricta responsabilidad administrativa y de cualquier otra índole que pudiese corresponder al Centro Universitario de Quiché. Dichos gastos que deberán contar con la verificación, revisión y análisis de Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Así mismo se hace la observación que la liquidación y pagos se deben efectuar exclusivamente durante el ejercicio fiscal 2025.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por el Director del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesor titular III; y así, continuar con el trámite por parte de la autoridad nominadora para la contratación como Coordinadores de carrera del Programa de Formación Inicial Docente -FID- en el Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de la forma siguiente:
| No. | Nombre del profesional | Carrera |
|---|---|---|
| 1 | Lizandro Porfirio Antillón | Coordinador de la carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Santa Cruz del Quiché; y, |
| 2 | William Rolando Mendoza García | Coordinador de la carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Uspantán, Quiché. |
Ambos nombramientos para el periodo comprendido del 01 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, en concordancia con el punto QUINTO, numeral 5.3 del Acta No. 06-2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché, el 21 de mayo de 2025; así como, al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en Ref. D.P. OF 424-2025 de fecha 24 de junio de 2025, manifestando que, las plazas se encuentran programadas en el ejercicio fiscal 2024, con disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2025.
2. Con fundamento en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Norma 9.2 de las Normas que Regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala y, Numeral 2.2.5 de las Instrucciones Complementarias para la Modificación y Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Universidad de San Carlos de Guatemala: Autorizar el pago y liquidación de los salarios y prestaciones correspondientes al Coordinador de la carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Santa Cruz del Quiché, así como, al Coordinador de la carrera de Profesorado de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, Sección Municipal de Uspantán, Quiché, ambas del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el periodo comprendido del 01 de julio 2024 al 31 de diciembre de 2024, siempre y cuando se cuente con los documentos de soporte que evidencien la ejecución de los servicios prestados, y bajo la estricta responsabilidad administrativa y de cualquier otra índole que pudiese corresponder, al Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Dichos gastos deberán contar con la verificación, revisión y análisis de Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala; así mismo, se instruye que los pagos y liquidación se deben efectuar exclusivamente durante el ejercicio fiscal 2025, lo anterior, en concordancia con lo indicado por la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través del oficio identificado como OFICIO DGF No. 848P-2025 de fecha 10 de julio de 2025.
3. El proceso administrativo, la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones, estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Quiché de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios, y por Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer la transcripción del Punto OCTAVO, Inciso 8.1, subinciso 8.1.1 del Acta No. 14-2025 de sesión ordinaria, celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología, el 12 de junio de 2025; Ref. D.P. OF 302-2025 de fecha 13 de mayo de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1052-2025 de fecha 06 de agosto de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados de dicha unidad académica, para el periodo comprendido del 26 de abril de 2025 al 15 de julio de 2025; Lo anterior, en atención a lo acordado por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología, en el punto OCTAVO, inciso 8.1, subincisos 8.1.1 y 8.1.2 del Acta No. 142025 de sesión celebrada el 12 de junio de 2025. Al respecto, la Junta Directiva de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta la siguiente transcripción:
“La Junta Directiva, después de discutirlo, acordó:
8.1.1.Solicitar al Consejo Superior Universitario la dispensa del Dr. William Raúl Laparra Velasco, Plaza No. 60, en el puesto de Profesor Interino, Partida Presupuestaria No. 4.1.10.2.02.022, Registro de Personal No. 20140286, a fin de que pueda ser designado como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados de la Facultad de Odontología, por 4 horas cada sábado (equivalentes a 0.80 hora/mes) de 07:00 a 11:00 horas, los días sábados comprendido durante el periodo del 26 de abril al 15 de julio de 2025, debido a que no cumple con el Artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, por ser Profesor Interino de esta Facultad. (…).”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 302-2025 de fecha 13 de mayo de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“13 de mayo de 2,025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente nos dirigimos a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 267-05-2025 del 23-04-2025, ingreso 459-2025-CSU relacionada con solicitud de dispensa de la Facultad de Odontología para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados para el periodo del 26 de abril al 25 de octubre de 2025, según lo acordado en el punto octavo, inciso 8.3 sub inciso 8.3.1 del Acta No. 09-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el -sic- Junta Directiva el 09 de abril de 2,025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria según certificación presupuestal No. 03-2025 del 22-04-2025 emitida por la tesorería de la Facultad, determinando lo siguiente:
Sin otro particular, suscribimos cordialmente:
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1052-2025 de fecha 06 de agosto de 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 6 de agosto 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No. 297-05-2025, del 14 de mayo de 2025, y Ref. SG-897-06-2025 del 27 de junio de 2025, relacionadas con la solicitud de pronunciamiento al respecto de la dispensa para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados de la Facultad de Odontología, para el periodo del 26 de abril de 2025 al 15 de julio de 2025, según lo acordado en el Punto Octavo, Inciso 8.1, Subincisos 8.1.1 y 8.1.2 del Acta No. 14-2025 de la Sesión Ordinaria celebrada el 12 de junio de 2025, por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología, esta Dirección manifiesta lo siguiente:
En Punto Octavo, Inciso 8.3, Subinciso 8.3.1 del Acta No. 09-2025, de la Sesión Ordinaria celebrada el 09 de abril de 2025, por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala, literalmente indica: “8.3 Solicitud de dispensa del Dr. William Raúl Laparra Velasco, Registro de Personal No. 20140286, Profesor Interino, asignado como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados de la Facultad de Odontología del 26 de abril al 25 de octubre de 2025 . (...) Asimismo, el Decano, Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios, presenta la terna para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados, integrada por los siguientes doctores: 1. William Raúl Laparra Velasco 2. Nelson Iván Peña Flores 3. Evelyn María Vicente López. Por consiguiente, somete a consideración de este organismo su propuesta.
La Junta Directiva, después de discutirlo, acordó :
8.3.1 Solicitar al Consejo Superior Universitario la dispensa del Dr. William Raúl Laparra Velasco , Plaza No. 60, en el puesto de Profesor Interino, Partida Presupuestaria No. 4.1.10.2.02.022, Registro de Personal No. 20140286, a fin de que pueda ser designado como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados de la Facultad de Odontología , por 4 horas cada sábado (equivalentes a 0.80 hora/mes) de 07:00 a 11:00 horas, los días sábados comprendido durante el período del 26 de abril al 25 de octubre de 2025, debido a que no cumple con el Artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, por ser Profesor Interino de esta Facultad. (…).”
En Providencia DAJ No. 172-2025, del 22 de mayo de 2025, esta Dirección solicitó al Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala: ”se sirva girar instrucciones a donde corresponda, a razón de requerir al Secretario de la Facultad de Odontología, adjunte la transcripción del Punto Resolutivo mediante el cual se hace constar la toma de posesión del Decano de dicha Facultad, con el fin de establecer si el periodo de la dispensa se encuentra comprendido dentro del periodo en que ejerza sus funciones el Decano que propuso al Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados de dicha Facultad, tal como consta en el Punto Octavo, Inciso 8.3, Subinciso 8.3.1, del Acta No. 09-2025 de la sesión ordinaria celebrada por Junta Directiva de la Facultad de Odontología, el 09 de abril de 2025.”. En Punto Octavo, Inciso 8,1, subincisos 8.1.1 y 8.1.2 del Acta No. 14-2025 de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología el 12 de junio de 2025, literalmente indica: “...OCTAVO: Asuntos Académicos, Nombramientos y/o Designaciones:
8.1 S eguimiento a la solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario, para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados de la Facultad de Odontología del 26 de abril al 25 de octubre de 2025, según lo acordado en el punto octavo, inciso 8.3, subinciso 8.3.1 del Acta No. 09-2025 de la sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva el 09 de abril de 2025. (…)
El Decano Dr. Kenneth Roderico Pineda Palacios, presenta la terna para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clinica Matutina de los Sábados, integrada por los siguientes docentes: 1. William Raúl Laparra Velasco 2. Nelson Iván Peña Flores 3. Evelyn María Vicente López. Por consiguiente, somete a consideración de este organismo su propuesta.
Con base a la REF. SG-710-05-2025 de la Secretaría General y la Providencia DAJ No. 172-2025 emitida por la Dirección de Asuntos Jurídicos, y en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 17 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, la Junta Directiva modifica el período originalmente aprobado para el nombramiento del Dr. William Raúl Laparra Velasco como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados.
La Junta Directiva, después de discutirlo, acordó:
8.1.1.Solicitar al Consejo Superior Universitario la dispensa del Dr. William Raúl Laparra Velasco, Plaza No. 60, en el puesto de Profesor Interino, Partida Presupuestaria No. 4.1.10.2.02.022, Registro de Personal No. 20140286, a fin de que pueda ser designado como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados de la Facultad de Odontología, por 4 horas cada sábado (equivalente a 0.80 hora/mes) de 07:00 a 11:00 horas, los días sábados comprendido durante el periodo del 26 de abril al 15 de julio de 2025, debido a que no cumple con el Artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, por ser Profesor Interino de esta Facultad. (…)
8.1.2 Dejar sin efecto el Punto Octavo, Inciso 8.3, Subinciso 8.3.1 del Acta No. 09-2025 de la sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva el miércoles 09 de abril de 2025. (transcripción mediante el oficio Ref.: F.O.J.D. 232-2025 de fecha 22 de abril de 2025). (…).”.
Que el artículo 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, establece: “El profesional que se requiera para ocupar un cargo a nivel de dirección será propuesto en terna por el Decano o Director ante el Órgano de Dirección de la Unidad Académica; la terna deberá estar integrada por personal académico que pertenezca presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica similar de la administración académica, según sea la organización de dicha unidad. El órgano de dirección de la Unidad Académica, adjudicará el cargo de dirección al profesional que además de los requisitos indicados, reúna los siguientes requisitos: a) Mínimo tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, y b) Reconocida calidad académica, pedagógica, científica, ética, moral, honradez y honorabilidad”, y en el presente caso, el profesional William Raúl Laparra Velasco incumple con el requisito mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico.
Se adjunta al expediente, la Certificación Presupuestal No. 03-2025, del 22 de abril de 2025, extendida por el Tesorero III de la Facultad de Odontología, en la que se certifica: “Que existe disponibilidad presupuestal, en la partida 4.1.10.2.02.022, para el pago de salario del Dr. William Raúl Laparra Velasco, quien ocupará la plaza número 60, en el puesto de Profesor Interino, en el proyecto de la Clínica Matutina de los sábados, comprendido durante el periodo del 26/04/25 al 25/10/25. Dicha disponibilidad será gestionada mediante la trasferencia 05/2025 ante el Departamento de Presupuesto. “.
En Ref. D.P. OF 302-2025, del 13 de mayo de 2025, el Departamento de Presupuesto manifestó que: “… en atención a la PROVIDENCIA SG No. 267-05-2025 del 23-04-2025, ingreso 459-2025-CSU relacionada con solicitud de dispensa de la Facultad de Odontología para el nombramiento del Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados para el periodo del 26 de abril al 25 de octubre de 2025,
(...).”
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria según certificación presupuestal No. 03-2025 del 22-04-2025 emitida por la tesorería de la Facultad, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre del Profesional nombrado por la Unidad Ejecutora Puesto Partida Subprograma /Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 60 William Raúl Laparra Velasco Profesor Interino 4.1.10.2.02.022 Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los sábados 26/04/2025 al 25/10/2025 26/04/2025 al 25/10/2025 En este momento si cuentan con disponibilidad a la fecha (…).”.
Por lo expuesto, la presente solicitud puede ser elevada al Consejo Superior Universitario para su conocimiento quien en cumplimiento con sus atribuciones con base en el artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede otorgar dispensa: Al artículo 16, literal a) del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, en el sentido que, el profesional propuesto no ostenta la calidad de profesor titular por lo cual no cuenta con el mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, así mismo no pertenece presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; para continuar con el proceso correspondiente del profesional William Raúl Laparra Velasco como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados de la Facultad de Odontología, para el período comprendido del 26 de abril de 2025 al 15 de julio de 2025, con base en lo acordado en el Punto Octavo, Inciso 8.1, Subincisos 8.1.1 y 8.1.2 del Acta No. 14-2025 de Sesión Ordinaria celebrada el 12 de junio de 2025 por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología y Ref. D.P. OF 302-2025, del 13 de mayo de 2025, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, tomando en consideración que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria de conformidad con lo indicado por dicho Departamento.
El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos estará bajo la responsabilidad de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.” -
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del artículo 16, literal a) del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, el profesional propuesto no ostenta la calidad de profesor titular, por lo que no cuenta con el mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, asimismo, no pertenece presupuestal ni estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; y de esta manera, se pueda continuar con el trámite de contratación correspondiente por parte de la Autoridad Nominadora, del profesional William Raúl Laparra Velasco, como Coordinador del Proyecto Clínica Matutina de los Sábados de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 26 de abril de 2025 al 15 de julio de 2025. Lo anterior, en concordancia con el punto OCTAVO, inciso 8.1, subincisos 8.1.1 y 8.1.2 del Acta No. 14-2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Odontología, el 12 de junio de 2025; y, conforme al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 302-2025 de fecha 13 de mayo de 2025, mediante el cual se indica que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria para el funcionamiento de la plaza durante el período descrito.
2. El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos estará bajo la responsabilidad de la Facultad de Odontología de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto dela Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer los oficios identificados como Ref.D.ECFM 078.2025 de fecha 03 de julio de 2025, suscrito por el Director de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas; Ref. D.P. OF 455-2025 de fecha 11 de julio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1057-2025 de fecha 07 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por el Director de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento del Secretario de Escuela I, del periodo comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025; lo anterior, en atención a lo acordado por el Consejo Directivo de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, en el punto QUINTO, inciso 5.1 del Acta No. 11-2025 de sesión celebrada el 02 de julio de 2025. Al respecto, el Director de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“Guatemala 03 de julio de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala Presente
Presente
Abogado Cordón:
Reciba un cordial saludo, deseando que sus actividades diarias sean de éxito al frente de sus labores.
Por medio de la presente, y en atención al punto Quinto, Inciso 5.1 del Acta 11-2025 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo Interino de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas el dos de julio del dos mil veinticinco, solicito a usted gestionar ante el Consejo Superior Universitario, la dispensa para el nombramiento del MSc. Freddy Estuardo Rodríguez Quezada, Registro de personal 18523 como Secretario de Escuela I, para el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025
Dicha solicitud de dispensa se hace por la aplicación del Artículo 58, Inciso b del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que literalmente dice: “Ser egresado de la unidad académica a nivel de Licenciado.
Para fundamentar esta petición se adjunta la certificación emitida por la Tesorera de la Escuela en donde se hace constar que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria en la partida presupuestal 4.1.66.1.01.0.11
El MSc. Rodríguez Quezada tiene diez años de servicio ininterrumpido en la Escuela y posee los títulos de Licenciado en Física Aplicada e Ingeniero Electrónico, ambos obtenidos en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Además, cuenta con un Máster Universitario en Investigación en Ingeniería en Procesos y Sistemas por la Universidad de Valladolid, España.
Solicito se agende en la próxima sesión del Consejo Superior Universitario y sea aprobada con transcripción inmediata. Se adjunta la papelería correspondiente para su análisis y consideración. Atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
M.Sc. Jorge Marcelo Ixquiac Cabrera
Director”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 455-2025 de fecha 11 de julio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“11 de julio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 391-07-2025, en relación con solicitud de dispensa por parte de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, para el nombramiento secretario de Escuela I por el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el Punto Quinto, Inciso 5.1 del Acta No. 11-2025 de la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo Interino el 02 de julio de 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Según la información proporcionada en la Certificación de Tesorería No.04-2025 de Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, en lo referente al nombre del profesional, la vigencia solicitada y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza sí cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período del 01-07-2025 al 31-12-2025
Sin otro particular, suscribimos atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1057-2025 de fecha 07 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 07 de agosto de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su Despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a Providencia SG No.399-07-2025 , ingreso 798-2025 CSU, de fecha 14 de julio de 2025, emitida por Secretaría General, relacionado con la solicitud presentada por el MSc. Jorge Marcelo Ixquiac Cabrera, Director de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, relacionada con la solicitud para el nombramiento del Secretario de Escuela I, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo resuelto en el punto quinto, inciso 5.1 del Acta No. 11-2025 de la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo interino el 02 de julio de 2025. La Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
- Oficio identificado como Ref.D. ECFM 078.2025, de fecha 03 de julio de 2025 , mediante el cual el MSc. Jorge Marcelo Ixquiac Cabrera, Director de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, remite a la secretaria General el punto resolutivo contenido en el Acta No. 11-2025 , correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo interino el 02 de julio de 2025, en cuyo Punto Quinto, inciso
5.1 se acuerda literalmente: “(…) PUNTO QUINTO : Nombramientos
5.1 "Solicitud para nombrar como Secretario de Escuela I de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas," El señor director, MSc. Jorge Marcelo lxquiac Cabrera, propone una terna de profesionales para que se nombre al Secretario de Escuela I de la Escuela de Ciencias Físicas y matemáticas, para el periodo del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025, en el cual explica literalmente:
"Por medio del presente, me permito someter a su consideración las siguientes ternas de profesionales para los cargos indicados, todos con período del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025:
- Secretario de la Escuela
- MSc. Freddy Estuardo Rodríguez Quezada (Registro de Personal: 18523)
- Osmar Obdullo Hernóndez Aguilar (Registro de Personal: 16377)
- William Roberto Gutiérrez Herrera (Registro de Personal: 20030229
Atentamente solicito que las ternas sean evaluadas y sometidas a conocimiento del Consejo Directivo Interino, a fin de proceder con los nombramientos correspondientes para el período antes indicado(…)
(…) El CONSEJO DIRECTIVO INTERINO ACUERDA : a) Aceptar la propuesta de la terna de profesionales presentada por Dirección por medio del oficio Ref. D. ECFM 75.2025, de fecha 27 de junio de 2025, para el nombramiento del Secretario de Escuela I, b) Se eligió al MSc. Freddy Estuardo Rodríguez Quezada, quien es egresado de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con el Artículo No. No. -sic- 58 del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a excepción del inciso b, en el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, como Secretario de Escuela I, de la Escuela de Ciencias Físicas y matemáticas, de conformidad con el Artículo No. 16 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico (RECUPA), c) Instruir al Director para presentar solicitud de dispensa ante el Consejo Superior Universitario por no cumplir el inciso b del Artículo 58, del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, d) Notifíquese, e) Transcríbase de forma inmediata.”
- Certificación con numero de referencia TESORERÍA 04-2025 , de fecha 03 de julio de 2025, mediante la cual, Floridalma Elizabeth Ramírez Chávez, Tesorera de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con el visto bueno del MSc. Jorge Marcelo Ixquiac Cabrera, Director de la referida unidad académica, hace constar lo siguiente: “El Infrascrito Tesorero de la Escuela No Facultativa de Ciencias Físicas y Matemáticas CERTIFICA: con base al reporte de plazas de Apertura Presupuestal del año 2025 existe disponibilidad presupuestaria para la Plaza No. 02, Partida 4.1.66.1.01.0.11, Clasificación 32513, Puesto de Secretario de Escuela 1, con 8 horas de contratación, salario base de Q18,584.00 (diez y ocho mil quinientos ochenta y cuatro quetzales exactos) más O3,000.00 (Tres mil quetzales exactos) de bonificación mensual, por el periodo contable del año 2025; y según Punto Quinto, Inciso 5.1 del Acta No. 011-2025 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo Interino de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, el miércoles 2 de julio del dos mil veinticinco, el M.Sc. Freddy Estuardo Rodríguez Quezada es nombrado como Secretario de Escuela 1, por el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre del 2025.” (…)
- El 11 de julio de 2025, en referencia identificada como Ref. D.P.OF 455-2025, emitida por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera indico lo siguiente: “(…) El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre del Profesional nombrado por la Unidad Ejecutora Puesto Partida Subprograma /Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 2 Freddy Estuardo Rodríguez Quezada Secretario de Escuela I 4.1.66.1.01.011 Dirección y Administración 01-07-2025 al 31-12-2025 01-07-2025 al 31-12-2025 En este momento si cuentan con la disponibilidad a la fecha solicitada. Según la información proporcionada en la Certificación de Tesorería No.04-2025 de Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, en lo referente al nombre del profesional, la vigencia solicitada y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza sí cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período del 01-07-2025 al 31-12-2025 “.
- El Artículo 58 del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala establece: “El secretario será designado por el Órgano de Dirección de entre una terna propuesta por el Director y ejercerá el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del tiempo que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, asimismo en las deliberaciones correspondientes tendrá voz pero no voto y deberá reunir las siguientes calidades : a. Ser Guatemalteco Natural; b. Ser egresado de la unidad académica a nivel de Licenciado; salvo las unidades académicas en que no haya graduados, en cuyo caso podrá ser egresado de otra unidad académica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; c. Ser colegiado activo; y d. estar en el goce de sus derechos.”.
- La Norma 8.2 de las Normas que Regulan la Elaboración y Ejecución del Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala regula: “La responsabilidad de la ejecución es competencia de cada Unidad Ejecutora (…) quien debe efectuar un seguimiento de dicha ejecución (…)”.
La Dirección de Asuntos Jurídicos recomienda que la presente solicitud sea elevada a conocimiento y resolución del Honorable Consejo Superior Universitario, quien, en concordancia con sus atribuciones establecidas en el artículo 11, literal t), del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), puede, si así lo considera, OTORGAR DISPENSA al Artículo 58 literal b) del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido de que el profesional propuesto no es egresado de la unidad académica a nivel de licenciado, para continuar con el proceso correspondiente del profesional MSc. Freddy Estuardo Rodríguez Quezada como Secretario de Escuela I de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025.
Lo anterior, de conformidad con Punto Quinto, inciso 5.1 del Acta No. 11-2025 de la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo interino de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, el 02 de julio de 2025. Así como el pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, mediante referencia Ref. D.P. OF 455-2025 , del 11 de julio del 2025. El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones, estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo Interino de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Además, deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos , de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna .”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por el Director de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del artículo 58, literal b. del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, el profesional propuesto no es egresado de la unidad académica a nivel de Licenciado; y así, continuar con el trámite de contratación correspondiente por parte de la autoridad nominadora, del profesional Freddy Estuardo Rodríguez Quezada, como Secretario de Escuela I de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, en concordancia con el punto QUINTO, inciso 5.1 del Acta No. 11-2025 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas, el 02 de julio de 2025; así como, al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 455-2025 de fecha 11 de julio de 2025, manifestando que, la plaza sí cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período solicitado.
2. El proceso administrativo, la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de la referida contratación, estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo de la Escuela de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos, de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios, y por Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Ref. DIR CUNSAC 034-2025 de fecha 03 de abril de 2025, suscrito por el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez; Ref. D.P. OF 267-2025 de fecha 09 de abril de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1051-2025 de fecha 07 de agosto de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por el Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento de la Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, para el periodo comprendido del 03 de febrero al 30 de junio de 2025; Lo anterior, en atención a lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, en el punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 de sesión celebrada el 28 de enero de 2025. Al respecto, el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“Sacatepéquez, 03 de abril de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala Su despacho.
Distinguido Licenciado Cordón:
Reciba un cordial saludo por parte del Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala, deseándole éxitos en el desempeño de sus labores diarias.
De la manera atenta y respetuosa me dirijo a usted, para solicitar su colaboración a efecto de elevar al Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos, para que conozca y proceda a otorgar una Dispensa de la Aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para la designación y contratación de un (1) Coordinador de Carrera de esta unidad académica para el primer semestre del año 2025, derivado que el Centro Universitario de Sacatepéquez, no cuenta con profesores titulares, únicamente con profesores interinos; haciendo la observación que se cuentan con los fondos presupuestarios para la contratación durante todo el período de conformidad con la Certificación de tesorería que se acompaña. El expediente fue presentado en fecha seis de febrero de 2025, sin embargo el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera con oficio Ref. D.P. OF 104-2025 respondió que en ese momento no se contaba con la disponibilidad presupuestaria razón por la cual, luego de las gestiones pertinentes se remite la presente al ya contar con dicha disponibilidad para la Plaza No. 1 Partida Presupuestaria 4.1.72.2.05.022 Licenciatura en Medicina Veterinaria por el período indicado.
La profesional de quien se solicita la dispensa es:
Nombre Registro de Personal No. DPI Vigencia Colegiado Activo Coordinador de la Carrera JENNY ELIZABETH CONTRERAS CASTILLO 970386 2320 77495 0101 03 febrero al 30 junio 2025 2,069 De la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria Sin otra en particular y agradeciendo su atención a la presente, se acompaña:
- Transcripción del Pto. CUARTO, Inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 del 28.01.2025
- Nombre y cargo de la profesional que será nombrada, acompañando del Curriculum Vitae
- Colegiado Activo
- Fotocopia del Documento Personal de Identificación
- Certificación de la Secretaria del Centro Universitario donde se indica que no se cuenta con Profesores Titulares, únicamente interinos.
- Certificación emitida por el Tesorero con el Visto Bueno del Director, en la que se certifica que se cuentan con los fondos presupuestarios para la contratación.
Expediente consta de 12 folios.
“Id y Enseñad a Todos”
Dr. José Alberto Godínez Rodríguez
Director del Centro Universitario de Sacatepéquez”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 267-2025 de fecha 09 de abril de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 09 de abril de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a PROVIDENCIA SG No. 232-04-2025 de fecha 07-04-2025 y recibida en este Departamento en fecha 8 de abril 2025, trasladada al Profesional de Presupuesto en fecha 08 de abril de 2025, en relación con el oficio Ref. DIR CUNSAC 034-2025 del 03 de abril de 2025, relacionada con la solicitud de dispensa presentada al Consejo Superior Universitario para el nombramiento de la Coordinadora de la carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, del 03 de febrero al 30 de junio de 2025, según lo acordado en el punto cuarto, inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el 28 de enero de 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nómina- y Sistema Oracle de acuerdo con lo programado por la Unidad Ejecutora, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Según la información proporcionada por el tesorero del Centro Universitario de Sacatepéquez y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza a la fecha sí cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el primer semestre 2025.
Sin otro particular, suscribimos atentamente.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1051-2025 de fecha 07 de agosto de 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 7 de agosto de 2025.
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala.
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No. 249-04-2025 de fecha 21 de abril de 2025, relacionada con el asunto descrito en el acápite; la Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
ANTECEDENTES:
• En Ref. DIR CUNSAC 002-2025 de fecha 5 de febrero de 2025, el Dr. José Alberto Godínez Rodríguez, Director del Centro Universitario de Sacatepéquez (CUNSAC), solicita dispensa para el nombramiento Coordinadores de carrera, para el periodo del 01 de enero al 30 de junio de 2025, según lo estipulado en el punto cuarto, inciso 4.2 del Acta No. 01-2025 de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el 16 de enero de 2025 y, su ampliación en Punto Cuarto, Inciso 4.1 del Acta No. 02-2025, de la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez el 28 de enero de 2025, literalmente se indica: “… Se solicita al Honorable Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez revisión del Punto CUARTO, inciso 4.2 del Acta 01-2025, de fecha 16 de enero de 2025, en donde se nombró coordinadores de carrera y dispensa al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de la aplicación del artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios, para la designación y contratación de los coordinadores de carrera, correspondiente al primer semestre del año 2025. Con el objeto de ampliarlo y que se conozca la propuesta de los profesionales que se han de nombrar para la elección del coordinador de la carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria y solicitud al Consejo Superior Universitario de solicitud de dispensa para la aplicación del artículo 27 del reglamento citado. (…) “ AL RESPECTO EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE SACATEPÉQUEZ DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA ACUERDA: I. Se revisa el Punto Cuarto, Inciso 4.2 del Acta 01-2025, de fecha 16 de enero de 2025, en donde se nombró a Coordinadores de Carrera y dispensa al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de la Aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios, para la designación y contratación de los Coordinadores de Carrera, Correspondiente al Primer Semestre del Año 2025. En efecto, se amplía y se adiciona la literal d), en el sentido siguiente: d) Coordinador de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, por el periodo del 03 de febrero al 30 de junio de 2025:
Nombre Registro de personal No. DPI Colegiado activo JENNY ELIZABETH CONTRERAS CASTILLO (sic) 970386 2320 77495 0101 2069 (…)”
En esa ocasión, aunque el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez remitió la solicitud de Dispensa para el nombramiento de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo, para el puesto de Coordinador de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, la Dirección de Asuntos Jurídicos no se pronunció al respecto, considerando que en Ref. D.P.OF. 104-2025 de fecha 17 de febrero de 2025 emitida por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, indicó que EN ESE MOMENTO NO CONTABA CON DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA por el período solicitado; siendo improcedente entrar a conocer la dispensa de la misma.
- En Punto CUARTO inciso 4.2 subinciso 4.2.5 del Acta No. 05-2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, el 12 de marzo de 2025, en el cual se conocieron las Solicitudes de Dispensas para puestos de Coordinador de las distintas carreras del Centro universitario de Sacatepéquez, entre los cuales se incluyó a la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo, para ser dispensada y poder ocupar el puesto de coordinadora de la carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria; para el caso concreto, se ACORDÓ: “… 2. Referente a la solicitud de dispensa para la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, como Coordinadora de la carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, para el período comprendido del 03 de febrero de 2025 al 30 de junio de 2025, este Consejo Superior Universitario no emite pronunciamiento al respecto, en virtud que, según lo indicado por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 104-2025 de fecha 17 de febrero de 2025, la plaza No. 1 Partida Presupuestaria 4.1.72.2.05.022 Licenciatura en Medicina Veterinaria, no cuenta con disponibilidad presupuestaria por el período indicado en Certificación Tes.CUNSAC 006-2025 de fecha 04 de febrero de 2025, suscrita por el Tesorero I y con visto bueno del Director del Centro Universitario de Sacatepéquez. (…)”
- En Ref. DIR CUNSAC 034-2025 de fecha 3 de abril de 2025, el Doctor José Alberto Godínez Rodríguez, Director del Centro Universitario de Sacatepéquez, dirigida al Secretario General, solicitó nuevamente elevar al Consejo Superior Universitario para otorgar una Dispensa de la aplicación del artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para la designación y contratación de la profesional JENNY ELIZABETH CONTRERAS CASTILLO, como Coordinador de la carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria de esa Unidad Académica del 3 de febrero al 30 de junio de 2025, derivado de que el centro no cuenta con profesores titulares, únicamente con profesores interinos; de conformidad con lo acordado por el consejo Directivo en Punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 de sesión celebrada el 28 de enero de 2025, adjuntando los documentos siguientes:
- Transcripción del Punto Cuarto, Inciso 4.1 del Acta No. 02-2025, de la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez el 28 de enero de 2025. (relacionado en el punto primero de esta referencia).
- Documentación de la profesional que será nombrada (curriculum vitae, colegiado activo, fotocopia de documento personal de identificación)
- Certificación Tes. CUNSAC 013-2025 de fecha 3 de abril de 2025, suscrita por el Tesorero I, con el Visto Bueno del Director del Centro Universitario de Sacatepéquez, se certifica que el Centro Universitario de Sacatepéquez cuenta con los fondos presupuestarios para la contratación de la plaza de coordinador de carrera, correspondiente al primer semestre ( 01 de enero al 30 de junio) del año 2025, en el subprograma:
Partida presupuestaria Carrera Número de Plaza Monto Mensual Disponible 4.1.72.2.05 Licenciatura En Medicina Veterinaria 1 Q.8,766.00
- En Ref.D.P. OF 267-2025 de fecha 9 de abril de 2025, el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, indicó: “… en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el sistema integrado de información financiera –SIIF Nómina- y Sistema Oracle de acuerdo con lo programado por la unidad ejecutora, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Presupuestaria Subprograma/ carrera Vigencia solicitada Período con Disponibilidad actual de la plaza Disponibilidad 1 Jenny Elizabeth Contreras Castillo Coordinador Licenciatura en Medicina Veterinaria 4.1.72.2.05.022 Licenciatura en Medicina Veterinaria 03/02/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 En este momento si cuenta con disponibilidad a la fecha solicitada. …”
- En REFERENCIA DAJ No. 615-2025 de fecha 13 de mayo de 2025, emitida por la Dirección de Asuntos Jurídicos, se informó a Secretaría General que la profesional JENNY Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, ha planteado acción judicial en contra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que aún se encuentra pendiente de sentencia firme, razón por la cual, previo a entrar a conocer la dispensa solicitada por el Director de Centro Universitario de Sacatepéquez, se deberá requerir al Consejo Directo -sic- del referido Centro, establecer la postura respecto a la posible contratación de la profesional, considerando lo acordad -sic- por el Consejo Superior Universitario en el Punto SÉPTIMO, inciso 7.2 del ACTA No. 05-2025 de sesión ordinaria celebrada el 12 de marzo de 2025.
- En Ref. CUNSAC-CD 055-2025, de fecha 05 de junio de 2025, emitida por la Secretaria del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, por medio de la cual se remite la transcripción del Punto CUARTO, Inciso 4.6, del Acta 11-2025 de la sesión ordinaria celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, el 03 de junio de 2025, en la cual se indica: “… Se da lectura al oficio Ref, DIR CUNSAC 048-2025, de fecha 30 de mayo de 2025 signada por el Dr. José Alberto Godínez Rodríguez, Director del Centro Universitario de Sacatepéquez que en su parte conducente hace del conocimiento a los honorables miembros del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, de lo siguiente “… se recibió el oficio REF. SG-719-05-2025, en seguimiento a la solicitud de dispensa para nombramiento de la Coordinadora de la carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria de esta unidad académica; la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, correspondiente al primer semestre 2025, según lo acordado en el punto cuarto inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 de sesión extraordinaria celebrada por este Consejo Directivo el 28 de enero de 2025, y presentada a Consejo Superior Universitario. En la referencia, se traslada opinión de la Dirección de Asuntos Jurídicos DAJ No.615-2025, en donde manifiestan, que la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, ha planteado acción judicial en contra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y que aún se encuentra pendiente de sentencia firme, razón por la cual esa Dirección, previo a entrar a conocer la dispensa solicitada, solicita que el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, establezca la postura que tiene respecto de la posible contratación de la profesional, en atención a las nuevas disposiciones establecidas por el Consejo Superior Universitario, en el punto SÉPTIMO, inciso 7.2 del Acta No. 05-2025 de sesión ordinaria, celebrada por el Consejo Superior Universitario el 12 de marzo de 2025, en el cual se “ (…). SE INSTRUYE a la División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para OBJETAR la contratación de las personas que tengan pretensión pendiente de resolución judicial firme, pudiendo dichas personas, optar un cargo público universitario, al resolver su situación jurídica laboral con esta Casa de Estudios Superiores. Lo anterior para evitar duplicidad de pago en el mismo horario, vigencia de contratación, dentro o fuera de la clasificación de puestos, incompatibilidades y/o excesos de horario. Toda vez que, el echo indicado sitúa a la Universidad de San Carlos de Guatemala, en un estado que, impide o limita ejercer su efectivo derecho de defensa ante los órganos jurisdiccionales…” Así mismo indica que lo expuesto es “a efecto de hacerlo de su conocimiento y se pueda tomar una postura, considerando, además, que al momento que se acordó solicitar la dispensa para nombramiento de la Coordinadora, fue en la sesión extraordinaria celebrada por este Consejo Directivo, el 28 de enero de 2025, y en esa época todavía no se había acordado lo manifestado por la Dirección de Asuntos Jurídicos”. Además, hace constar el Director del Centro, que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la irretroactividad de la ley, es decir, que la ley no tiene efectos retroactivos, salvo en materia penal. Los miembros del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, ACUERDAN: I. Darse por enterados. II. Informar a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que al momento que se acordó solicitar la dispensa para nombramiento de la Coordinadora Doctora Jenny Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, fue en la sesión extraordinaria celebrada por este Consejo Directivo, el veintiocho de enero de dos mil veinticinco, y en esa época todavía no se había acordado lo manifestado por la Dirección de Asuntos Jurídicos; además, se hace constar, que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la irretroactividad de la ley, es decir, que la ley no tiene efectos retroactivos, salvo en materia penal…”
CONSIDERACIONES LEGALES
LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
Artículo 1. La Universidad de San Carlos de Guatemala es una institución autónoma, con personalidad jurídica, regida por esta Ley y sus estatutos, cuya sede central ordinaria es la ciudad de Guatemala. Artículo 2. Su fin fundamental es elevar el nivel espiritual de los habitantes de la República, conservando, promoviendo y difundiendo la cultura y el saber científico.
LEY ORGÁNICA DEL PRESUPUESTO
Artículo 76 Retribuciones y servicios no devengados. No se reconocerán retribuciones personales no devengadas ni servicios que no se hayan prestado.
Artículo 80 Bis. Sanciones (…) El funcionario o empleado público que adquiera compromisos o devengue gastos para los cuales no existan saldos disponibles de créditos presupuestarios o disponga de los créditos para una finalidad distinta a la prevista en los planes y programas establecidos, será sancionado con el pago del monto total del compromiso o gasto que exceda del límite de los egresos o cuya finalidad haya sido alterada.
La Contraloría General de Cuentas aplicará sanciones pecuniarias por infracciones administrativas, sin perjuicio de las responsabilidades penales o civiles, a los funcionarios o empleados públicos y demás personas sujetas a su control, que incurran en alguna violación de las disposiciones establecidas en la presente Ley.
CODIGO PENAL
Artículo 432. Nombramientos ilegales. Comete delito de nombramientos ilegales, el funcionario o empleado público que, a sabiendas, nombrare para cargo o empleo público a persona en quien no concurran los requisitos que la ley exija. (…) Igual sanción se impondrá a quien nombrare a persona que reúna los requisitos legales para el cargo, pero intencionalmente omita o altere los procedimientos legales o reglamentarios establecidos.
ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA (nacional y autónoma)
Artículo 11. El Consejo Superior Universitario tiene las siguientes atribuciones:
a) La dirección y administración de la Universidad; (…) i) Velar por la observancia de la Ley y de los presentes Estatutos;
REGLAMENTO GENERAL DE LOS CENTROS REGIONALES UNIVERSITARIOS
Artículo 16. Son funciones del Consejo Regional:
16.1 Administrar el Centro.
16.2 Velar por el cumplimiento de las leyes universitarias y reglamentos del Centro. (…)
16.11 Nombrar al personal docente.
16.12 Velar por la correcta aplicación de los fondos asignados al Centro.
Artículo 27. Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñarán el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director.
PUNTO SEPTIMO INCISO 7.2 DEL ACTA No. 05-2025 DE SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO EL 12 MARZO DE 2025
“ACUERDA: (…) 1. SE INSTRUYE a la División de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para objetar la contratación de las personas que tengan pretensión pendiente de resolución judicial firme, pudiendo dichas personas optar a un cargo público universitario, al resolver su situación jurídica laboral con esta casa de Estudios Superiores. Lo anterior, para evitar duplicidad de pago en el mismo horario, vigencia de contratación, dentro o fuera de la clasificación de puestos, incompatibilidades y/o excesos de horario. Toda vez que, el hecho indicado sitúa a la Universidad de San Carlos de Guatemala, en un estado que impide o limita ejercer su efectivo derecho de defensa ante los órganos jurisdiccionales correspondientes e implica un estado de vulnerabilidad legal, financiera y técnica impidiendo el efectivo cumplimiento de la sentencia judicial, ya que, al momento de hacer el pago de prestaciones y salarios dejados percibir, debe generarse un nuevo contrato, que implica traslape o exceso de horario, al haber una doble contratación con el mismo patrono, materializándose la prohibición establecida en el artículo 112 de la Constitución Política de la República de Guatemala… La contravención de esta disposición da lugar a responsabilidad solidaria de la persona nombrada o contratada y de los jefes o superior jerárquicos que den lugar o mantengan esa situación, debiendo hacerse de inmediato el reintegro de los sueldos o salarios percibidos indebidamente, sin perjuicio de las demás responsabilidades legales correspondientes…”
ANALISIS JURÍDICO
En Ref. DIR CUNSAC 034-2025 de fecha 3 de abril de 2025, el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez, solicita al Secretario General elevar a conocimiento y resolución del Consejo Superior Universitario, la dispensa de la aplicación del artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios, para el nombramiento y contratación de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo en el puesto de Coordinador de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria de esa unidad académica, por el período del 3 de febrero de 2025 al 30 de junio de 2025, lo anterior de conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez en el Punto Cuarto, Inciso 4.1 del Acta No. 02-2025, de la sesión extraordinaria celebrada el 28 de enero de 2025.
Oportuno es mencionar, que esta solicitud había sido formulada por el Director en la Ref. DIR CUNSAC 002-2025 de fecha 5 de febrero de 2025, donde se requería también la dispensa para el nombramiento de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo; dicha solicitud fue sometida a consideración del Honorable Consejo Superior Universitario en Punto CUARTO inciso 4.2 subinciso 4.2.5 del Acta No. 052025 de sesión ordinaria celebrada el 12 de marzo de 2025, en la cual se dispensaron a 3 coordinadores de carrera, a excepción de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo, en virtud que, según lo indicado por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 104-2025 de fecha 17 de febrero de 2025, la plaza No. 1 Partida Presupuestaria 4.1.72.2.05.022 Licenciatura en Medicina Veterinaria, no cuenta con disponibilidad presupuestaria por el período indicado en Certificación Tes.CUNSAC 006-2025 de fecha 04 de febrero de 2025, suscrita por el Tesorero I y con visto bueno del Director del Centro Universitario de Sacatepéquez.
Ante tal situación, se establece que el Consejo Superior Universitario estaba limitado para conocer y resolver la solicitud de dispensa de la profesional propuesta, ya que no se cumplía con el requisito indispensable de CONTAR CON DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA y para evitar que ese órgano de dirección (Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez) incurra en responsabilidad, la misma no fue autorizada en esa oportunidad.
Se observa en el expediente, que fue hasta el 3 de abril de 2025 que el Tesorero I pudo certificar que contaba con la disponibilidad presupuestaria necesaria para cubrir la contratación del coordinador de la carrera de licenciatura en medicina veterinaria, durante el primer semestre del año 2025, lo cual quedó contenido en la Certificación Tes.CUNSAC 013-2025; adicionalmente, fue hasta el 9 de abril de 2025, que el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, en Ref. D.P. OF 2672025 certificó que hasta ese momento se tenía la disponibilidad presupuestaria fecha para la cual la prohibición del Consejo Superior Universitario ya se encontraba vigente.
Es importante resaltar, que esta Dirección de Asuntos Jurídicos solicitó pronunciamiento del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, relativo a la demanda laboral interpuesta por la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo, por reinstalación en otro puesto y otra unidad administrativa, la cual aún se encuentra pendiente de sentencia definitiva; y que de conformidad con el Punto SÉPTIMO, inciso 7.2 del Acta No. 05-2025 de sesión ordinaria, celebrada por el Consejo Superior Universitario el 12 de marzo de 2025, el Máximo Órgano de Dirección ha instruido a la División de Administración de Recursos Humanos, para objetar la contratación de las personas que tengan pretensión pendiente de resolución judicial firme, supuesto en el que encuadra la profesional Contreras Castillo. Sin embargo, en la respuesta emitida por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez en el Punto CUARTO, Inciso 4.6, del Acta 11-2025 de la sesión ordinaria celebrada el 03 de junio de 2025, puesto que citan plazos que no corresponden a la realidad de los hechos de contratación.
Por otra parte, versa la norma de presupuesto en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto, que no se reconocerán retribuciones personales no devengadas ni servicios que no se hayan prestado; y que para el presente caso a la fecha, la profesional ha prestado sus servicios ejerciendo las funciones como coordinadora de la carrera de licenciatura en medicina Veterinaria, durante el primer semestre, generando una obligación de pago ineludible para la Universidad de San Carlos de Guatemala, quien, respetuosa de las normas ordinarias está comprometida a realizar el pago de los servicios que la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo pueda acreditar ante el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, con el único fin de solventar la inobservancia de las normas universitarias internas, por parte de dicha unidad académica.
Ante tal situación, corresponde que el Consejo Superior Universitario al conocer la presente solicitud de dispensa, resuelva aprobar la dispensa por esta única vez, del 3 de febrero al 30 de junio de 2025, tiempo en que la profesional ha estado prestando sus servicios en el puesto de Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, los cuales deben ser acreditados documentalmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto. Debiendo en adelante el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez, proponer a un nuevo profesional que no tenga litigios pendientes en contra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que lo limiten para ocupar el puesto de coordinador de carrera, bajo advertencia que de hacerlo, será sancionado el órgano de dirección que apruebe la contratación en contravención de las normas y disposiciones universitarias vigentes.
CONCLUSIÓN
Por lo anterior relacionado, la Dirección de Asuntos Jurídicos, determina:
Que la solicitud realizada por el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez al Secretario General para elevar a conocimiento y resolución del Consejo Superior Universitario, la dispensa de la aplicación del artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios, para el nombramiento y contratación de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo en el puesto de Coordinador de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria de esa unidad académica, por el período del 3 de febrero de 2025 al 30 de junio de 2025, lo anterior de conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez en el Punto Cuarto, Inciso 4.1 del Acta No. 02-2025, de la sesión extraordinaria celebrada el 28 de enero de 2025.
Oportuno es mencionar, que esta solicitud había sido formulada por el Director en la Ref. DIR CUNSAC 002-2025 de fecha 5 de febrero de 2025, donde se requería también la dispensa para el nombramiento de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo; dicha solicitud fue sometida a consideración del Honorable Consejo Superior Universitario en Punto CUARTO inciso 4.2 subinciso 4.2.5 del Acta No. 052025 de sesión ordinaria celebrada el 12 de marzo de 2025, en la cual se dispensaron a 3 coordinadores de carrera, a excepción de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, en virtud que, según lo indicado por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 104-2025 de fecha 17 de febrero de 2025, la plaza No. 1 Partida Presupuestaria 4.1.72.2.05.022 Licenciatura en Medicina Veterinaria, no cuenta con disponibilidad presupuestaria por el período indicado en Certificación Tes.CUNSAC 006-2025 de fecha 04 de febrero de 2025, suscrita por el Tesorero I y con visto bueno del Director del Centro Universitario de Sacatepéquez.
Se observa en el expediente, que fue hasta el 3 de abril de 2025 que el Tesorero I pudo certificar que contaba con la disponibilidad presupuestaria necesaria para cubrir la contratación del coordinador de la carrera de licenciatura en medicina veterinaria, durante el primer semestre del año 2025, lo cual quedó contenido en la Certificación Tes.CUNSAC 013-2025; adicionalmente, fue hasta el 9 de abril de 2025, que el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, en Ref. D.P. OF 2672025 certificó que hasta ese momento se tenía la disponibilidad presupuestaria fecha para la cual la prohibición del Consejo Superior Universitario ya se encontraba vigente.
Mediante Punto SÉPTIMO, inciso 7.2 del Acta No. 05-2025 de sesión ordinaria, celebrada por el Consejo Superior Universitario el 12 de marzo de 2025, el Máximo Órgano de Dirección ha instruido a la División de Administración de Recursos Humanos, para objetar la contratación de las personas que tengan pretensión pendiente de resolución judicial firme, supuesto en el que encuadra la profesional Contreras Castillo.
Por otra parte, versa la norma de presupuesto en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto, que no se reconocerán retribuciones personales no devengadas ni servicios que no se hayan prestado; y que para el presente caso a la fecha, la profesional ha prestado sus servicios ejerciendo las funciones como coordinadora de la carrera de licenciatura en medicina Veterinaria, durante el primer semestre, generando una obligación de pago ineludible para la Universidad de San Carlos de Guatemala, quien, respetuosa de las normas ordinarias está comprometida a realizar el pago de los servicios que la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo pueda acreditar ante el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, con el único fin de solventar la inobservancia de las normas universitarias internas.
Que el Consejo Superior Universitario al conocer la presente solicitud, resuelva aprobar la dispensa al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios, por esta única vez, del 3 de febrero al 30 de junio de 2025, tiempo en que la profesional ha estado prestando sus servicios en el puesto de Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria, servicios que deben ser acreditados documentalmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto. Debiendo en adelante el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez, proponer a un nuevo profesional que no tenga litigios pendientes en contra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que lo limiten para ocupar el puesto de coordinador de carrera.
El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos y calidades necesarias estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el Artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar por esta única vez, la solicitud de dispensa presentada por el Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para continuar con el trámite de contratación correspondiente por parte de la Autoridad Nominadora, de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo, como Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria del Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 03 de febrero de 2025 al 30 de junio de 2025, tiempo en que la profesional ha prestado sus servicios en el puesto de Coordinadora de la Carrera de Licenciatura en Medicina Veterinaria. La aprobación anterior, en concordancia con el punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 02-2025 de sesión extraordinaria celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez, el 28 de enero de 2025; y, conforme al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 267-2025 de fecha 09 de abril de 2025, mediante el cual, se indica que la plaza cuenta con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante el período solicitado. Los referidos servicios deben ser acreditados documentalmente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto. Debiendo en adelante el Director del Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala, proponer a un nuevo profesional para el cargo relacionado, que no tenga litigios pendientes en contra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, que lo limiten para ocupar el puesto de coordinador de carrera, ya que, mediante Punto SÉPTIMO, inciso 7.2 del Acta No. 05-2025 de sesión ordinaria, celebrada por este Consejo Superior Universitario el 12 de marzo de 2025, este órgano de dirección instruyó a la División de Administración de Recursos Humanos, objetar la contratación de las personas que tengan pretensión pendiente de resolución judicial firme, supuesto en el que encuadra la profesional Contreras Castillo.
2. Oportuno es mencionar, que la presente solicitud había sido formulada por el Director de la referida Unidad Académica a través del oficio identificado como Ref. DIR CUNSAC 002-2025, de fecha 5 de febrero de 2025, donde se requería también la dispensa para el nombramiento de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo; dicha solicitud fue sometida a consideración de este honorable Consejo Superior Universitario en punto CUARTO inciso 4.2 subinciso 4.2.5 del Acta No. 05-2025 de sesión ordinaria celebrada el 12 de marzo de 2025, en la cual se dispensaron a tres coordinadores de carrera, a excepción de la profesional Jenny Elizabeth Contreras Castillo de Pérez, en virtud que, según lo indicado por el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 104-2025 de fecha 17 de febrero de 2025, la plaza No. 1 Partida Presupuestaria 4.1.72.2.05.022 Licenciatura en Medicina Veterinaria, no contaba con disponibilidad presupuestaria por el período indicado en Certificación identificada como Tes.CUNSAC 006-2025, de fecha 04 de febrero de 2025, suscrita por el Tesorero I y con visto bueno del Director del Centro Universitario de Sacatepéquez de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
3. El proceso administrativo para la formalización de la contratación y cumplimiento de requisitos y calidades necesarias, estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Sacatepéquez y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer los oficios identificados como Of. No. 020-2025 Ref. KZLH/S.C.D. de fecha 29 de enero de 2025, suscrito por el Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén; Ref. D.P. OF 451-2025 de fecha 08 de julio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1079-2025 de fecha 08 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por el Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento de Coordinadores de carrera, Directores del Bufete Popular y Coordinadores de la Unidad de Asesoría de Tesis, para el año 2025; lo anterior, en atención a lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, en el punto QUINTO, inciso 5.2, subinciso 5.2.1, inciso 5.3. subinciso 5.3.1, inciso 5.4, subinciso 5.4.1, e inciso 5.5, subinciso 5.5.1 del Acta No. 01-2025 de sesión celebrada el 17 de enero de 2025, y su modificación contenida en el punto QUINTO, inciso 5.1, subinciso 5.1.1, inciso 5.2, subinciso 5.2.1, inciso 5.3, subinciso 5.3.1, e inciso 5.4, subinciso 5.4.1 del Acta No. 13-2025 de sesión celebrada el 23 de junio de 2025. Al respecto, el Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“Santa Elena de la Cruz, Flores, Petén, 29 de enero de 2025.
Honorables Miembros
Consejo Superior Universitario
Universidad de San Carlos de Guatemala
Señores Consejo Superior Universitario:
Con el objeto de cumplir con el requerimiento según Circular SG-01-01-2025, de fecha 10 de enero de 2025, de solicitar ante el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, las Dispensas para nombramiento de Coordinadores correspondientes al ciclo académico 2025, se adjunta.
- Of. No. 016-2025, Ref. KZLH/S.C.D. de fecha 29 de enero de 2025, que contiene Acuerdo de Consejo Directivo de Nombramiento de COORDINADORES DE CARRERAS para el CICLO ACADÉMICO 2025 en el Centro Universitario De Petén De La Universidad De San Carlos De Guatemala.
- PARA TODO EL CICLO ACADÉMICO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2025:
No. Coordinador Requisito que no cumple y Carrera Sección 1 Ingeniero Jim Gamaliel Morán Ávila - Por ser Profesor Titular I y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Ingeniero Agrónomo en Sistemas de Producción Agropecuaria Santa Elena, Petén 2 M.Sc. Danny Alexander Escobar Heredia - Por ser Profesor Titular I y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena, Petén Santa Elena, Petén 3 Ingeniero Gabriel Amado Rosales Vásquez - Por ser Profesor Titular I y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carreras de Técnico en Agrimensura e Ingeniero en Administración de Tierras Santa Elena, Petén
- PARA EL PRIMER SEMESTRE EL CICLO ACADÉMICO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025:
No. Coordinador Requisito que no cumple y Carrera Sección 1 Ingeniero Walter Enrique Ponce Ruiz - Por ser Profesor Titular I y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Ingeniería Forestal Santa Elena, Petén 2 Licenciado Eduardo Neptaly Pérez Torres - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Psicología Santa Elena, Petén 3 M.A. Rosanna Madlin Tayún Rosales - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén Poptún, Petén 4 Licenciada Mirian Marleni García Milian - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carreras de Técnico en Trabajo Social y Licenciatura en Trabajo Social, Sección Poptún, Petén Poptún, Petén 5 Licenciado Arturo Chub Cucul - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Profesorado y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural Con Énfasis En Cultura Maya, Sección Chinchila, San Luis, Petén Chinchila, San Luis, Petén 6 Licenciado Adán Medrano - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya, Sección Sayaxché, Petén Sayaxche, Petén
- Of. No. 017-2025, Ref. KZLH/S.C.D. de fecha 29 de enero de 2025, que contiene Acuerdo de Consejo Directivo de Nombramiento de DIRECTORES DE BUFETES POPULARES para el Primer Semestre del Año 2025 , PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025 en la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, en el Centro Universitario De Petén De La Universidad De San Carlos De Guatemala.
No. Director de Bufete Popular Requisito que no cumple y Carrera Sección 1 Licenciado Nelson Emilio Castellanos Arévalo - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena, Petén Santa Elena, Petén 2 Licenciada Russill Carmina Galván Álvarez - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén Poptún, Petén
- Of. No. 018-2025, Ref. KZLH/S.C.D. de fecha 29 de enero de 2025, que contiene Acuerdo de Consejo Directivo de Nombramiento de COORDINADORES DE UNIDADES DE ASESORÍA DE TESIS para el Primer Semestre del Año 2025 , PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, en la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, en el Centro Universitario De Petén De La Universidad De San Carlos De Guatemala.
No. Coordinador Requisito que no cumple y Carrera Sección 1 Licenciado Pedro Alfredo López Segura - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena, Petén Santa Elena, Petén 2 Licenciado Joel Narciso Caal Pop - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén Poptún, Petén
- Of. No. 019-2025, Ref. KZLH/S.C.D. de fecha 29 de enero de 2025, que contiene Acuerdo de Consejo Directivo de Nombramiento de COORDINADORES DE UNIDADES DE EXÁMENES TÉCNICOS PROFESIONALES para el Primer Semestre del Año 2025 , PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025 en la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, en el Centro Universitario De Petén De La Universidad De San Carlos De Guatemala.
No. Coordinador Requisito que no cumple y Carrera Sección 1 Licenciado Edgar Vinicio Baños Segura - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena, Petén Santa Elena, Petén 2 Licenciada Johana Elizaenerobeth -sic- Bolaños Mas - Por ser Profesor Interino y no cumplir con el requisito de ser Profesor Titular III - Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén Poptún, Petén
- Fotocopia digitalizada de Documento Personal de Identificación de los profesionales nombrados como Coordinadores a quienes se les solicita Dispensas.
- Certificación de disponibilidad presupuestaria de las plazas a ocupar emitida por del -sic- Tesorero I, del Centro Universitario de Petén.
Agradeciendo su fina atención a la presente, me suscribo atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Lic. Keneth Zamiro Leonardo Heredia
Secretario del Consejo Directivo Centro Universitario de Petén”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 451-2025 de fecha 08 de julio de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“Guatemala, 08 de julio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón:
Atentamente me dirijo a usted, en atención a REF. SG-899-06-2025 de fecha 27 de junio 2025 y recibida en este Departamento para el respectivo seguimiento el 02 de julio de 2025, en la cual con base a PROVIDENCIA DAJ No. 210-2025 de fecha 17 de junio 2025 emitida por la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitan “corregir la Ref. D.P. OF 072-2025, del 07 de febrero de 2025, en cuanto a consignar los nombres de las carreras de conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, ya en dicho oficio no están completos los nombres de las carreras, y en el caso de los profesionales Jim Gamaliel Morán Avila, Walter Enrique Ponce Ruiz y Adán Medrano, las carreras no son las que les corresponden”.
Al respecto se informa, el Departamento de Presupuesto en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde, certifica la disponibilidad presupuestaria con base a los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nómina- y Sistema Oracle de acuerdo con lo programado por la Unidad Ejecutora, por tal motivo se certifican los nombres de los subprogramas donde se encuentran programadas las plazas solicitadas, no así los nombres de las carreras; ya que esta información es propia de cada Unidad. Por tal motivo se solicitó corrección de la certificación a la tesorería del Centro Universitario de Petén, en la cual se describa también el nombre del subprograma, por lo cual se informa nuevamente la disponibilidad presupuestaria con base a Oficio No. 79-2025 Ref. cffo/HGVK de fecha 04 de julio 2025 emitida por el Tesorero y Director del Centro, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Presupuestaria Subprograma/ Carrera Vigencia Solicitada Período con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 21, 33 y 34 Jim Gamaliel Morán Ávila Profesor Titular I 4.1.67.2.02.011 Formación Técnica Producción Agropecuaria 01/01/2025 al 31/12/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 Las plazas se encuentran ocupadas a indefinido por Jim Gamaliel Morán Ávila y si cuentan con disponibilidad a la fecha solicitada. 1, 2 y 11 Danny Alexander Escobar Heredia Profesor Titular I 4.1.67.2.30.011 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 31/12/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 Las plazas se encuentran ocupadas a indefinido por Danny Alexander Escobar Heredia y si cuentan con disponibilidad a la fecha solicitada. 1 y 2 Gabriel Amado Rosales Vásquez Profesor Titular I 4.1.67.2.33.011 Técnico en Agromensura e Ing. en Administración de Tierras 01/01/2025 al 31/12/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 Las plazas se encuentran ocupadas a indefinido por Gabriel Amado Rosales Vásquez y si cuentan con disponibilidad a la fecha solicitada. 35 Walter Enrique Ponce Ruiz Profesor Titular I 4.1.67.2.03.011 Formación Tec. Conserv. y Manejo Bosques Tropicales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 32 Eduardo Neptaly Pérez Torres Profesor Interino 4.1.67.2.08.022 Licenciatura en Psicología 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 13 Rosanna Madlin Tayún Rosales Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 8 Mirian Marleni García Milian Profesor Interino 4.1.67.2.34.022 Trabajo Social 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 4 Arturo Chub Cucul Profesor Interino 4.1.67.2.09.022 Educación Bilingüe Intercultural 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Adan Medrano Profesor Interino 4.1.67.2.06.022 Profesorado en Pedagogía Santa Elena 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 32 Nelson Emilio Castellanos Arévalo Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 18 Russill Carmina Galván Álvarez Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 67 Pedro Alfredo López Segura Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 9 Joel Narciso Caal Pop Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 14 Edgar Vinicio Baños Segura Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 11 Johanna Elizabeth Bolaños Mas Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. Según la información proporcionada por la tesorería del Centro Universitario de Petén y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que las plazas a la fecha sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante los períodos indicados.
Sin otro particular, suscribimos atentamente.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1079-2025 de fecha 08 de agosto de 2025, suscrita por la Directora de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 08 de agosto de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No. 86-02-2025, del 10 de febrero de 2025 y a la Referencia REF. SG929-07-2025, del 09 de julio de 2025, relacionadas con la solicitud de pronunciamiento al respecto de la dispensa para el nombramiento de Coordinadores de Carreras, Directores de Bufetes Populares y Coordinadores de Unidades de Asesoría de Tesis, según lo acordado en el Punto Quinto, Inciso 5.2, Subinciso 5.2.1, Inciso 5.3, subinciso 5.3.1, Inciso 5.4, Subinciso 5.4.1, Inciso 5.5, Subinciso 5.5.1 del Acta No. 01-2025 del 17 de enero de 2025 y su Modificación contenida en el Punto Quinto, Inciso 5.1, Subinciso 5.1.1, Inciso 5.2, Subinciso 5.2.1, Inciso 5.3, Subinciso 5.3.1, Inciso 5.4, Subinciso 5.4.1 del Acta No. 13-2025, del 23 de junio del 2025, de sesiones celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén; esta Dirección manifiesta lo siguiente:
En Providencia DAJ No. 210-2025, del 17 de junio de 2025, esta Dirección solicitó al Secretario General de la Universidad de San Carlos de Guatemala: “se sirva girar instrucciones a donde corresponda, a razón de requerir lo siguiente:
- Al Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, modificar el Punto Quinto, inciso 5.2 Subinciso 5.2.1 del Acta No. 01-2025 de sesión celebrada el 17 de enero de 2025, en el sentido de modificar el periodo para el cual se solicitan las dispensas, tomando en consideración que dicho periodo debe estar comprendido dentro del período en que ejerza sus funciones la autoridad que los propuso, de conformidad con el Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
- Al Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, indicar la norma legal especifica que se solicita sea dispensada para el caso de Coordinadores de Carreras, Directores de Bufetes Populares y de Coordinadores de Unidades de Asesoría de Tesis, así como hacer referencia al requisito de dicha norma que no se cumple.
- Asimismo, corregir las transcripciones del Punto Quinto, Inciso 5.2, Subincisos -sic- 5.2.1, Inciso 5.3, Subinciso 5.3.1, e Inciso 5.4, Subinciso 5.4.1 del Acta No. 01-2025 de sesión celebrada por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, el 17 de enero de 2025, ya que se indica que se trascribe el Punto CUARTO y el correcto es el Punto QUINTO.
- Corregir la Certificación contenida en Oficio No. 15-2025 Ref. cffo/HGVK, del 28 de enero de 2025, emitida por el Tesorero I y Director ambos del Centro Universitario de Petén, ya que el numeral 9.) no coincide con el Punto Quinto, Inciso 5.2, subinciso 5.2.1 , Numeral 6, en cuanto a la denominación de la carrera.
- Al Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, corregir la Ref. D.P. OF 0722025, del 07 de febrero de 2025, en cuanto a consignar los nombres de las carreras de conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, ya en dicho oficio no están completos los nombres de las carreras, y en el caso de los profesionales Jim Gamaliel Morán Avila, Walter Enrique Ponce Ruiz y Adán Medrano, las carreras no son las que les corresponden. (…).”.
En el Punto QUINTO, Inciso 5.1, Subinciso 5.1.1, Inciso 5.2, Subinciso 5.2.1, Inciso 5.3, Subinciso 5.3.1, Inciso 5.4, Subinciso 5.4.1 del Acta No. 13-2025, de sesión celebrada el 23 de junio del 2025, literalmente se indica:
“QUINTO: ASUNTOS ACADEMICOS
5.1 MODIFICACIÓN DEL PUNTO QUINTO INCISO 5.2 SUBINCISO 5.2.1 DEL ACTA No. 01-2025 DE SESIÓN CELEBRADA EL VIERNES DIECISIETE (17) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, QUE CONTIENE: 5.2 NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES DE CARRERAS PARA CLICO (sic) ACADÉMICO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2025, Y; PARA EL PRIMER SEMESTRE 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, EN LAS CARRERAS QUE ASÍ LO REQUIEREN EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA (…) EL CONSEJO DIRECTIVO, con base a lo anteriormente expuesto ACUERDA: Modificar el Punto Quinto Inciso 5.2 Subinciso 5.2.1 del Acta No. 01-2025 de Sesión Celebrada el viernes diecisiete (17) de enero del Año Dos Mil Veinticinco, el cual queda de la siguiente manera: 5.2 NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES DE CARRERAS PARA CLICO (sic) ACADÉMICO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 01 DE OCTUBRE DEL 2025, Y; PARA EL PRIMER
SEMESTRE 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, EN LAS CARRERAS QUE ASÍ LO REQUIEREN EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA . 5.2.1 Se conoció solicitud presentada verbalmente por el Director del Centro Universitario de Petén, Ingeniero Agrónomo Zootecnista. Henry Giovanni Vásquez Kilkán,donde presenta las ternas para que este Órgano de Dirección designe a los Coordinadores de Carrera para el CLICO (sic) ACADÉMICO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 01 DE OCTUBRE DEL 2025, Y; PARA EL PRIMER SEMESTRE 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025 , (…) EL CONSEJO DIRECTIVO después de deliberar, ACUERDA: 1) Con base al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala (…) DESIGNAR A LOS SIGUIENTES PROFESORES COMO COORDINADORES DE CARRERA:
- PARA EL CICLO ACACÉMICO (sic) 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 01 DE OCTUBRE DEL 2025: 1. Ingeniero Agrónomo Zootecnista Jim Gamaliel Morán Ávila , en la Carrera de Ingeniero Agrónomo en Sistemas de Producción Agropecuaria; (…) 4. M.Sc. Danny Alexander Escobar Heredia , en la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén; 5. Ingeniero Gabriel Amado Rosales Vásquez , en las Carreras de Técnico en Agrimensura e Ingeniero en Administración de Tierras; (…)
- PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, del período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025: 1. Ingeniero Forestal Walter Enrique Ponce Ruiz , en la Carrera de Ingeniería Forestal; 2. Licenciado en Psicología Eduardo Neptaly Pérez Torres , en la Carrera de Psicología; 3. M.A. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogada y Notaria Rosanna Madlin Tayún Rosales , en la Carrera de Licenciatura en ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén; 4. Licenciada en Trabajo Social Mirian Marleni García Milian , en las Carreras de Técnico en Trabajo Social y Licenciatura en Trabajo Social, Sección Poptún, Petén; 5. Licenciado en Pedagogía y Ciencias de la Educación Arturo Chub Cucul , en la Carrera de Profesorado y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural Con Énfasis En Cultura Maya, Sección Chinchila, San Luis, Petén; 6. Licenciado en Educación Ambiental Adán Medrano en la Carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya, Sección Sayaxché, Petén.
2). SOLICITAR DISPENSA al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala con base a lo preceptuado en el Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala que textualmente establece: " Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el director de entre los profesionales titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñaran el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director " , para los siguientes Coordinadores, por no ostentar como mínimo el puesto de profesores Titulares III:
- PARA EL CICLO ACADÉMICO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 01 DE OCTUBRE DEL 2025: 1. Ingeniero Agrónomo Zootecnista Jim Gamaliel Morán Ávila , en la Carrera de Ingeniero Agrónomo en Sistemas de Producción Agropecuaria, por ser Profesor Titular I en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III; 2. M.Sc. Danny Alexander Escobar Heredia , en la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén, por ser Profesor Titular I en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III; 3. Ingeniero Gabriel Amado Rosales Vásquez , en las Carreras de Técnico en Agrimensura e Ingeniero en Administración de Tierras, por ser Profesor Titular I en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III, en el Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
- PARA EL PRIMER SEMESTRE EL CICLO ACADÉMICO 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025: 1. Ingeniero Forestal Walter Enrique Ponce Ruiz en la Carrera de Ingeniería Forestal, por ser Profesor Titular I en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III ; 2. Licenciado en Psicología Eduardo Neptaly Pérez Torres , en la Carrera de Psicología, por ser Profesor Interino y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III; 3. M.A. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogada y Notaria Rosanna Madlin Tayún Rosales , en la Carrera de Licenciatura en ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén, por ser Profesor Interino en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III; 4. Licenciada en Trabajo Social Mirian Marleni García Milian , en las Carreras de Técnico en Trabajo Social y Licenciatura en Trabajo Social, Sección Poptún, Petén, por ser Profesor Interino en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III; 5. Licenciado en Pedagogía y Ciencias de la Educación Arturo Chub Cucul , en la Carrera de Profesorado y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural Con Énfasis En Cultura Maya, Sección Chinchila, San Luis, Petén, por ser Profesor Interino en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III y; 6. Licenciado en Educación Ambiental Adán Medrano en la C arrera de Profesorado de Enseñanza Media en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya, Sección Sayaxché, Petén, por ser Profesor Interino en la Carrera antes descrita y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III, en el Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala. (…).
5.2 MODIFICACIÓN DEL PUNTO QUINTO INCISO 5.3 SUBINCISO 5.3.1 DEL ACTA No. 01-2025 DE SESIÓN CELEBRADA EL VIERNES DIECISIETE (17) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, QUE CONTIENE: 5.3 NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES DE BUFETES POPULARES PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 3O DE JUNIO DEL 2025, EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA (…) EL CONSEJO DIRECTIVO, con base a lo anteriormente expuesto ACUERDA: Modificar el Punto Quinto Inciso 5.3 Subinciso 5.3.1 del Acta No. 01-2025 de Sesión Celebrada el viernes diecisiete (17) de enero del Año Dos Mil Veinticinco, el cual queda de la siguiente manera: 5.3 NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES DE BUFETES POPULARES PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 3O DE JUNIO DEL 2025, EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA 5.3.1 Se conoció nota del Ingeniero Agrónomo Zootecnista Henry Giovanni Vásquez Kilkán, Director del Centro Universitario de Petén, donde presenta las temas -sic- para que este órgano de Dirección designe a los Directores de los Bufetes Populares del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el PRIMER SEMESTRE del año 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025, conforme lo preceptuado en el Artículo 16 del Reglamento de Carrera Universitaria del Personal Académico, (...) EL CONSEJO DIRECTIVO después de deliberar, ACUERDA: 1) . Con base al Artículo 16 del Reglamento de Carrera Universitaria del Personal Académico, (...) Designar: a) Al Licenciado Nelson Emilio Castellanos Arévalo , como Director del Bufete Popular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén, para el PRIMER SEMESTRE del ciclo académico 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025; b) A la Licenciada Russill Carmina Galvan Alvarez , como Directora del Bufete Popular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén, del Centro Universitario de Petén, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el PRIMER SEMESTRE del ciclo académico 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025. 2) . SOLICITAR DISPENSA al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con base al Artículo 16 del Reglamento de Carrera Universitaria del Personal Académico, que textualmente preceptúa: "El profesional que se requiera para ocupar un cargo a nivel de dirección será propuesto en terna por el Decano o dirección ante el órgano de Dirección de la Unidad Académica; la terna deberá estar integrada por personal académico que pertenezca presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica similar de la administración académica, según sea la organización de dicha unidad. El Órgano de dirección de la Unidad Académica, adjudicará el cargo de dirección al profesional que además de los requisitos indicados, reúna los siguientes requisitos: a) Mínimo tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, y b) Reconocida calidad académica, pedagógica, científica, ética, moral, honradez y honorabilidad ", para el PRIMER SEMESTRE del ciclo académico 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025, por no cumplir con la literal a) del artículo citado: no acreditar un mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico al ser profesor Interino y por lo tanto no pertenecer presupuestal y estructuralmente a la unidad académica del Bufete Popular : a) Al Licenciado Nelson Emilio Castellanos Arévalo , Director del Bufete Popular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén, por no acreditar un mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico al ser profesor Interino y por lo tanto no pertenecer presupuestal y estructuralmente a la unidad académica del Bufete Popular, y; b) a Licenciada Russill Carmina Galvan Alvarez , como Directora del Bufete Popular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén por no acreditar un mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico al ser profesor Interino y por lo tanto no pertenecer presupuestal y estructuralmente a la unidad académica del Bufete Popular; (…)
5.3 MODIFICACIÓN DEL PUNTO QUINTO INCISO 5.4 SUBINCISO 5.4.1 DEL ACTA No. 01-2025 DE SESIÓN CELEBRADA EL VIERNES DIECISIETE (17) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, QUE CONTIENE: 5.4. NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES DE UNIDADES DE ASESORÍA DE TESIS PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA (…) EL CONSEJO DIRECTIVO, con base a lo anteriormente expuesto ACUERDA: Modificar el Punto Quinto Inciso 5.4 Subinciso 5.4.1 del Acta No. 01-2025 de Sesión Celebrada el viernes diecisiete (17) de enero del Año Dos Mil Veinticinco, el cual queda de la siguiente manera: 5.4. NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES DE UNIDADES DE ASESORÍA DE TESIS PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA 5.4.1 Se conoció nota del Ingeniero Agrónomo Zootecnista Henry Giovanni Vásquez Kilkán, Director del Centro Universitario de Petén, donde presenta las ternas para que este órgano de Dirección designe a los Coordinadores de Unidades de Asesoría de Tesis del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el PRIMER SEMESTRE del año 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025, conforme lo preceptuado en el Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el Artículo 27 (...) EL CONSEJO DIRECTIVO después de deliberar, ACUERDA: 1) . Con base al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala (…) Designar: a) Al Licenciado Pedro Alfredo López Segura , como Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén, para el PRIMER SEMESTRE del ciclo académico 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025; b) Al Licenciado Joel Narciso Caal Pop , como Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario,Sección Poptún, del Centro Universitario de Petén, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el PRIMER SEMESTRE del ciclo académico 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025. 2) . SOLICITAR DISPENSA al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Con base al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala que textualmente establece: " Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el director de entre los profesionales titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñaran el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director ", para el PRIMER SEMESTRE del ciclo académico 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025, por no ostentar como mínimo el puesto de profesores Titulares III: a) Al Licenciado Pedro Alfredo López Segura , Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, por ser Profesor Interino y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III y; b) Al Licenciado Joel Narciso Caal Pop , Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén, por ser Profesor Interino y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III. (...)
5.4 MODIFICACIÓN DEL PUNTO QUINTO INCISO 5.5 SUBINCISO 5.5.1 DEL ACTA No. 01-2025 DE SESIÓN CELEBRADA EL VIERNES DIECISIETE (17) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, QUE CONTIENE: 5.5 NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES DE UNIDADES DE EXÁMENES TÉCNICOS PROFESIONALES PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA (…) EL CONSEJO DIRECTIVO, con base a lo anteriormente expuesto CUERDA -sic-: Modificar el Punto Quinto Inciso 5.5 Subinciso 5.5.1 del Acta No. 01-2025 de Sesión Celebrada el viernes diecisiete (17) de enero del Año Dos Mil Veinticinco, el cual queda de la siguiente manera: 5.5 NOMBRAMIENTO DE COORDINADORES DE UNIDADES DE EXÁMENES TÉCNICOS PROFESIONALES PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2025, PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DEL 2025, EN LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES, ABOGADO Y NOTARIO, EN EL CENTRO UNIVERSITARIO DE PETÉN DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA. 5.5.1 Se conoció nota del Ingeniero Agrónomo Zootecnista Henry Giovanni Vásquez Kilkán, Director del Centro Universitario de Petén, donde presenta las temas -sic- para que este órgano de Dirección designe a los Coordinadores de Unidades de Exámenes Técnicos Profesionales del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el PRIMER SEMESTRE del año 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025, conforme lo preceptuado en el Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el Artículo 27 (...) EL CONSEJO DIRECTIVO después de deliberar, ACUERDA: 1) . Con base al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala (…) Designar: a) Al Licenciado Edgar Vinicio Baños Segura , como Coordinador de Unidad de Examen Técnico Profesional de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén, para el PRIMER SEMESTRE del año 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025; b) A la Licenciada Johanna Elizabeth Bolaños Mas , como Coordinadora de la Unidad de Examen Técnico Profesional de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén, para el PRIMER SEMESTRE del año 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025. 2) . SOLICITAR DISPENSA al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con base al Artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala que textualmente establece: " Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Regional a propuesta en terna por el director de entre los profesionales titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñaran el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director ", para el PRIMER SEMESTRE del año 2025, período comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025, por no ostentar como mínimo el puesto de profesores Titulares III: a) Al Licenciado Edgar Vinicio Baños Segura , como Coordinador de Unidad de Examen Técnico Profesional de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén, por ser Profesor Interino y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III y; b) A la Licenciada Johanna Elizabeth Bolaños Mas , como Coordinadora de la Unidad de Examen Técnic -sic- Profesional de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén, por ser Profesor Interino y no ostentar como mínimo el puesto de Profesor Titular III. (…).”.
Que el artículo 16 del Reglamento de Carrera Universitaria del Personal Académico, establece: "El profesional que se requiera para ocupar un cargo a nivel de dirección será propuesto en terna por el Decano o dirección ante el órgano de Dirección de la Unidad Académica; la terna deberá estar integrada por personal académico que pertenezca presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica similar de la administración académica, según sea la organización de dicha unidad. El Órgano de dirección de la Unidad Académica, adjudicará el cargo de dirección al profesional que además de los requisitos indicados, reúna los siguientes requisitos: a) Mínimo tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, y b) Reconocida calidad académica, pedagógica, científica, ética, moral, honradez y honorabilidad", y en el presente caso, l os profesionales Nelson Emilio Castellanos Arévalo y Russil Carmina Galván Alvarez, incumplen con el requisito mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico.
Que el artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, establece: “Los puestos de Coordinador de Carrera y Área serán designados por el Consejo Directivo a propuesta en terna por el Director de entre los profesores titulares que ostenten como mínimo el puesto de profesor titular III; desempeñarán el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del período que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, sin perjuicio de poder ser propuesto nuevamente en terna por un nuevo director.”, y en el presente caso, los profesionales Jim Gamaliel Morán Ávila, Danny Alexander Escobar Heredia, Gabriel Amado Rosales Vásquez, Walter Enrique Ponce Ruiz, Eduardo Neptaly Pérez Torres, Rosanna Madlin Tayún Rosales, Mirian Marleni García Milian, Arturo Chub Cucul, Adan Medrano, Pedro Alfredo López Segura, Joel Narciso Caal Pop, Edgar Vinicio Baños Segura y Johanna Elizabeth Bolaños Mas, no ostentan la categoría de Profesor Titular III.
Se adjunta al expediente, Oficio No. 79-2025, Re. -sic- cffo/HGVK del 04 de julio de 2025, extendido por el Director y Tesorero, ambos del Centro Universitario de Petén, en el que se certifica:
“PRIMERO: El Centro Universitario de Peten -CUDEP- cuenta con la DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA, para la contratación de Coordinadores de distintas carreras, coordinadores de Exámenes Técnicos que funcionan en la sede de Santa Elena, Poptun, y chinchila san Luis, Peten. Para el periodo del 01-01-2025 al 01-10-2025
SEGUNDO: se tiene disponibilidad presupuestal para los Coordinadores de Carrera, coordinadores del Bufete y de Exámenes Técnicos que funcionan en sede de Santa Elena, Poptun, y chinchila san Luis, Petén por el Periodo del 01-01-2025 al 30-06-2025.(...)”
En referencia identificada como Ref. D.P.OF 451-2025, del 08 de julio de 2025, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, se manifestó que: “en atención a REF. SG-899-06-2025 de fecha 27 de junio 2025 y recibida en este Departamento para el respectivo seguimiento el 02 de julio de 2025, en la cual con base a PROVIDENCIA DAJ No. 210-2025 de fecha 17 de junio 2025 emitida por la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitan “corregir la Ref. D.P. OF 072-2025, del 07 de febrero de 2025, en cuanto a consignar los nombres de las carreras de conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, ya en dicho oficio no están completos los nombres de las carreras, y en el caso de los profesionales Jim Gamaliel Morán Avila, Walter Enrique Ponce Ruiz y Adán Medrano, las carreras no son las que les corresponden”.
Al respecto se informa, el Departamento de Presupuesto en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde, certifica la disponibilidad presupuestaria con base a los controles en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nómina- y Sistema Oracle de acuerdo con lo programado por la Unidad Ejecutora, por tal motivo se certifican los nombres de los subprogramas donde se encuentran programadas las plazas solicitadas, no así los nombres de las carreras; ya que esta información es propia de cada Unidad. Por tal motivo se solicitó corrección de la certificación a la tesorería del Centro Universitario de Petén, en la cual se describa también el nombre del subprograma, por lo cual se informa nuevamente la disponibilidad presupuestaria con base a Oficio No. 79-2025 Ref. cffo/HGVK de fecha 04 de julio 2025 emitida por el Tesorero y Director del Centro, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Presupuestaria Subprograma/ Carrera Vigencia Solicitada Período con Disponibilidad Presupuestaria actual de la plaza Disponibilidad 21, 33 y 34 Jim Gamaliel Morán Ávila Profesor Titular I 4.1.67.2.02.011 Formación Técnica Producción Agropecuaria 01/01/2025 al 31/12/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 Las plazas se encuentran ocupadas a indefinido por Jim Gamaliel Morán Ávila y si cuentan con disponibilidad a la fecha solicitada. 1, 2 y 11 Danny Alexander Escobar Heredia Profesor Titular I 4.1.67.2.30.011 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 31/12/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 Las plazas se encuentran ocupadas a indefinido por Danny Alexander Escobar Heredia y si cuentan con disponibilidad a la fecha solicitada. 1 y 2 Gabriel Amado Rosales Vásquez Profesor Titular I 4.1.67.2.33.011 Técnico en Agromensura e Ing. en Administración de Tierras 01/01/2025 al 31/12/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 Las plazas se encuentran ocupadas a indefinido por Gabriel Amado Rosales Vásquez y si cuentan con disponibilidad a la fecha solicitada. 35 Walter Enrique Ponce Ruiz Profesor Titular I 4.1.67.2.03.011 Formación Tec. Conserv. y Manejo Bosques Tropicales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 31/12/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 32 Eduardo Neptaly Pérez Torres Profesor Interino 4.1.67.2.08.022 Licenciatura en Psicología 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 13 Rosanna Madlin Tayún Rosales Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 8 Mirian Marleni García Milian Profesor Interino 4.1.67.2.34.022 Trabajo Social 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 4 Arturo Chub Cucul Profesor Interino 4.1.67.2.09.022 Educación Bilingüe Intercultural 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 1 Adan Medrano Profesor Interino 4.1.67.2.06.022 Profesorado en Pedagogía Santa Elena 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 32 Nelson Emilio Castellanos Arévalo Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 18 Russill Carmina Galván Álvarez Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 67 Pedro Alfredo López Segura Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 9 Joel Narciso Caal Pop Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 14 Edgar Vinicio Baños Segura Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. 11 Johanna Elizabeth Bolaños Mas Profesor Interino 4.1.67.2.30.022 Ciencias Jurídicas y Sociales 01/01/2025 al 30/06/2025 01/01/2025 al 30/06/2025 En este momento si cuenta con la disponibilidad a la fecha solicitada. Según la información proporcionada por la tesorería del Centro Universitario de Petén y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que las plazas a la fecha sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante los períodos indicados. (…).”. Esta Dirección no prejuzga sobre el contenido del pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, ni de las incongruencias entre lo establecido en la misma y los documentos que integran el presente expediente.
Por lo expuesto, la presente solicitud puede ser elevada al Consejo Superior Universitario para su conocimiento quien en cumplimiento con sus atribuciones con base en el artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), tiene competencia para OTORGAR DISPENSA :
Al artículo 16, literal a) del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico, en el sentido que los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesores titulares por lo cual no cuenta con el mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, así mismo no pertenecen presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; para continuar con el proceso correspondiente de 1. Nelson Emilio Castellanos Arévalo como Director del Bufete Popular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario Sección Santa Elena, Petén y 2. Russill Carmina Galván Alvarez , como Directora del Bufete Popular de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario Sección Poptún, Petén ambos para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025,
Así mismo, dispensa al artículo 27 del Reglamento General de Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que los profesionales propuestos no ostentan la categoría de Profesores Titulares III, para continuar el trámite de contratación de los profesionales de la siguiente forma:
- Jim Gamaliel Morán Avila, como Coordinador de la Carrera de Ingeniero Agrónomo en Sistemas de Producción Agropecuaria, para el periodo comprendido del 01 de enero de 2025 al 01 de octubre de 2025.
- Danny Alexander Escobar Heredia, como Coordinador de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena, Petén, para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 01 de octubre de 2025.
- Gabriel Amado Rosales Vásquez, como Coordinador en la Carrera de Técnico en Agrimensura e Ingeniero en Administración de Tierras, para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 01 de octubre de 2025.
- Walter Enrique Ponce Ruiz, como Coordinador de la Carrera Ingeniería Forestal, para el periodo comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Eduardo Neptaly Pérez Torres, como Coordinador de la Carrera de Psicología para el periodo comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Rosanna Madlín Tayún Rosales, como Coordinadora de la Carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén, para el periodo comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Mirian Marleni García Milián, como Coordinadora en las Carreras de Técnico en Trabajo Social y Licenciatura en Trabajo Social, Sección Poptún, Petén, para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Arturo Chub Cucul, como Coordinador de las Carreras de Profesorado y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Enfasis en Cultura Maya, Sección Chinchila San Luis Petén, para el periodo comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Adán Medrano, como Coordinador de las Carreras de Profesorado de Enseñanza Media en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya, Sección Sayaxché, Petèn, para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Pedro Alfredo López Segura, como Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena Petén, para el período del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Joel Narciso Caal Pop, como Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Poptún, Petén para el periodo comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2025.
- Edgar Vinicio Baños Segura, como Coordinador de la Unidad de Examen Técnico Profesional de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, Sección Santa Elena, Petén, para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
- Johanna Elizabeth Bolaños Mas, como Coordinadora de la Unidad de Examen Técnico Profesional de la Carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Poptùn, Peten para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025
Lo anterior, con base en el Punto Quinto, inciso 5.3, subinciso 5.3.1, del Acta No. 01-2025 del 17 de enero de 2025 y su Modificación contenida en el Punto Quinto, Inciso 5.2, Subinciso 5.2.1, del Acta No. 13-2025, así como en lo acordado en el Punto Quinto, Inciso 5.2, Subinciso 5.2.1, Inciso 5.4, Subinciso 5.4.1, Inciso 5.5, Subinciso 5.5.1 del Acta No. 01-2025 del 17 de enero de 2025 y su Modificación contenida en el Punto Quinto, Inciso 5.1, Subinciso 5.1.1, Inciso 5.3, Subinciso 5.3.1, Inciso 5.4, Subinciso 5.4.1 del Acta No. 13-2025, del 23 de junio del 2025, de sesiones celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén, respectivamente, y Ref. D.P. OF. 451-2025 del 08 de julio de 2025, del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, tomando en consideración que se cuenta con disponibilidad presupuestaria de conformidad con lo indicado por dicho Departamento. El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por el Secretario del Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación de los artículos siguientes:
a) Al artículo 16, literal a) del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesor titular, por lo cual, no cuentan con el mínimo de tres años de experiencia dentro de la Carrera Universitaria del Personal Académico, así mismo, no pertenecen presupuestal y estructuralmente a la escuela, fase, programa, departamento, área, instituto o unidad jerárquica de la administración académica; y así, continuar con el proceso de contratación correspondiente por parte de la autoridad nominadora, en el Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de los profesionales siguientes:
| No. | Nombre del profesional | Área |
|---|---|---|
| 1 | Nelson Emilio Castellanos Arévalo | Director del Bufete Popular de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén; y, |
| 2 | Russill Carmina Galván Alvarez | Directora del Bufete Popular de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Poptún, Petén. |
Ambos profesionales para el período comprendido del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025.
b) Al artículo 27 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, los profesionales propuestos no ostentan la calidad de profesor titular III; y así, continuar con el proceso de contratación correspondiente por parte de la autoridad nominadora, como Coordinadores de Carrera y Área en el Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de los profesionales siguientes:
| No. | Nombre del profesional | Carrera o área | Período |
|---|---|---|---|
| 1 | Jim Gamaliel Morán Avila | Coordinador en la carrera de Ingeniero Agrónomo en Sistemas de Producción Agropecuaria; | Del 01 de enero de 2025 al 01 de octubre de 2025; |
| 2 | Danny Alexander Escobar Heredia | Coordinador en la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 01 de octubre de 2025; |
| 3 | Gabriel Amado Rosales Vásquez | Coordinador en las carreras de Técnico en Agrimensura e Ingeniero en Administración de Tierras; | Del 01 de enero de 2025 al 01 de octubre de 2025; |
| 4 | Walter Enrique Ponce Ruiz | Coordinador en la carrera de Ingeniería Forestal; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 5 | Eduardo Neptaly Pérez Tórres | Coordinador en la carrera de Psicología; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 6 | Rosanna Madlín Tayún Rosales | Coordinadora en la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Poptún, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 7 | Mirian Marleni García Milián | Coordinadora en las carreras de Técnico en Trabajo Social y Licenciatura en Trabajo Social, sección Poptún, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 8 | Arturo Chub Cucul | Coordinador en la carrera de Profesorado y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya, sección Chinchila, San Luis, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 9 | Adán Medrano | Coordinador en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya y Licenciatura en Educación Bilingüe Intercultural con Énfasis en Cultura Maya, sección Sayaxché, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 10 | Pedro Alfredo López Segura | Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 11 | Joel Narciso Caal Pop | Coordinador de la Unidad de Asesoría de Tesis de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Poptún, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; |
| 12 | Edgar Vinicio Baños Segura | Coordinador de la Unidad de Examen Técnico Profesional de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Santa Elena, Petén; | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025; y, |
| 13 | Johanna Elizabeth Bolaños Mas | Coordinadora de la Unidad de Examen Técnico Profesional de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, sección Poptún, Peten. | Del 01 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025. |
Lo anterior, en concordancia con el punto QUINTO, inciso 5.3, subinciso 5.3.1 del Acta No. 01-2025 de fecha 17 de enero de 2025 y su modificación contenida en el punto QUINTO, inciso 5.2, subinciso 5.2.1 del Acta No. 13-2025 de fecha 23 de junio del 2025, así como, en lo acordado en el punto QUINTO, inciso 5.2, subinciso 5.2.1, inciso 5.4, subinciso 5.4.1, e inciso 5.5, subinciso 5.5.1 del Acta No. 01-2025 de fecha 17 de enero de 2025 y su modificación contenida en el punto QUINTO, inciso 5.1, subinciso 5.1.1, inciso 5.3, subinciso 5.3.1, e inciso 5.4, subinciso 5.4.1 del Acta No. 13-2025 de fecha 23 de junio del 2025, todas celebradas por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, respectivamente; así como, al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P. OF. 451-2025 de fecha 08 de julio de 2025, manifestando que, las plazas sí cuentan con disponibilidad presupuestaria para su funcionamiento durante los periodos solicitados.
2. El proceso administrativo, la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de las referidas contrataciones, estarán bajo la responsabilidad del Consejo Directivo del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios, y por Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala en apego al artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma), y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Ref. Dirección E.S.Arte-275/2025 de fecha 24 de julio de 2025, suscrito por el Director de la Escuela Superior de Arte; Ref. D.P. OF 510-2025 de fecha 05 de agosto de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, así como, REFERENCIA DAJ No. 1097-2025 de fecha 11 de agosto de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referentes a la solicitud de dispensa presentada por la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento del Secretario de Escuela I, para el periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025; Lo anterior, en atención a lo acordado por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte, en el punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 07-2025 de sesión celebrada el 08 de julio de 2025. Al respecto, el Director de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta el siguiente oficio:
“24 de julio de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Estimado Licenciado Cordón:
Me es grato saludarlo, deseándole éxitos en todas sus actividades.
El motivo de la presente es para solicitar ante el Consejo Superior Universitario, dispensa para el puesto de Secretario de Escuela I de esta unidad académica, por el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025. Atendiendo los requisitos que se deben cumplir, adjunto a la presente los siguientes documentos:
- Transcripción del Punto CUARTO Inciso 4.1 del Acta No. 07-2025, de sesión ordinaria del Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte, de fecha 8 de julio de 2025, donde se nombra al Lic. Carlos Alberto Granados Posadas, como Secretario de Escuela I.
- Certificación en donde se hace constar que la Escuela Superior de Arte no cuenta con profesores titulares.
- Certificación por parte del Tesorero, en donde indica que la plaza cuenta con disponibilidad presupuestal.
- Fotocopia del Documento Personal de Identificación
- Curriculum de vida
Agradeciendo su atención, me suscribo de usted con muestras de consideración y estima. Muy atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
M.A. Walfre Estrada Reyes
Director Escuela Superior de Arte”
Asimismo, se presenta el oficio identificado como Ref. D.P. OF 510-2025 de fecha 05 de agosto de 2025, suscrito por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, el cual literalmente dice:
“05 de agosto de 2025
Licenciado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Licenciado Cordón.
Atentamente me dirijo a usted, en atención a la PROVIDENCIA SG No. 467-07-2025, de fecha 29-072025 y recibida el 30-07-2025 en relación con solicitud de dispensa por parte de la Escuela Superior de Arte, para el nombramiento del secretario de Escuela I, del 01-07-2025 al 31-12-2025, según lo resuelto en el Punto Cuarto, Inciso 4.1 del Acta No. 07-2025 de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo el 08 de julio de 2025.
El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Según la información proporcionada por el tesorero de la Escuela Superior de Arte y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza se encuentra programada con vigencia en el Ejercicio Fiscal 2025.
Sin otro particular, suscribimos atentamente,
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Derivado de lo anterior, se presenta la REFERENCIA DAJ No. 1097-2025 de fecha 11 de agosto de 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, la cual literalmente dice:
“Guatemala, 11 de agosto de 2025
Abogado
Luis Fernando Cordón Lucero
Secretario General
Universidad de San Carlos de Guatemala
Su Despacho
Abogado Cordón Lucero:
En atención a la Providencia SG No. 499-08-2025 del 08 de agosto de 2025, relacionada a la solicitud de dispensa presentada por el Director de la Escuela Superior de Arte, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para autorizar nombramiento del Secretario de Escuela I, por el período del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025, según lo acordado en el Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta No. 07-2025 de sesión ordinaria celebrada el 08 de julio de 2025, por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte; la Dirección de Asuntos Jurídicos determina lo siguiente:
- En nota identificada como Ref. Dirección E.S.Arte-275/2025 de fecha 24 de julio de 2025, el M.A. Walfre Estrada Reyes, Director de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, solicita al Licenciado Luis Fernando Cordón Lucero, Secretario General, trasladar ante el Consejo Superior Universitario el expediente de dispensa al Artículo 58 del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el nombramiento del Secretario de Escuela I de dicha Unidad Académica, por el período del 01 de julio al 31 de diciembre 2025, para tal efecto adjuntan la documentación correspondiente.
- En nota sin fecha, dirigida al Consejo Superior Universitario, transcriben el Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta No. 07-2025 de sesión ordinaria celebrada el 08 de julio de 2025, por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte, que literalmente indica:
“CUARTO: NOMBRAMIENTO DEL SECRETARIO DE ESCUELA I.
4.1 El Consejo Directivo, revisa terna de profesionales propuestos por el Maestro Walfre Gonzalo Estrada Reyes Director de la Escuela Superior de Arte para ocupar el puesto de Secretario de Escuela I. (…)
Por lo que este Consejo Directivo ACUERDA: PRIMERO: Solicitar al Maestro Walfre Gonzalo Estrada Reyes presidente del Consejo Directivo, que proceda a firmar la presente resolución. SEGUNDO: Cumplir con lo establecido en el Punto SEXTO, Inciso 6.5, subinciso 6.5.2, del Acta 6-2019 de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario el 13 de febrero de 2019 y con el Punto CUARTO, Inciso 4.1, subinciso 4.1.6 del Acta 09-2021, de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, 17 de febrero de 2021. TERCERO: Solicitar al Consejo Superior Universitario, otorgue dispensa al Artículo 58. del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala al Licenciado Carlos Alberto Granados Posadas, para ocupar el cargo de Secretario de Escuela, en la Escuela Superior de Arte. CUARTO: Nombrar al Lic. Carlos Alberto Granados Posadas, como Secretario de Escuela I, para la Escuela Superior de Arte en el periodo del 01 de julio al 31 de diciembre del año 2025.”
- A través de la Certificación de fecha 09 de julio de 2025, emitida por el Lic. Carlos Amílcar Rodas López, Tesorero I de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, hace constar que: “Certifica que se cuenta con disponibilidad presupuestal para la Plaza No. 3, Clasificación 32513, con el nombre de Secretario de Escuela I, quien ocupará el cargo será el Lic. Carlos Alberto Granados Posadas con partida presupuestal 4.1.40.1.01.011 y vigencia del período del 01 de julio al 31 de diciembre del año 2025.”
- Con fecha 05 de agosto de 2025, mediante oficio identificado como Ref. D.P. OF 510-2025, el Departamento de Presupuesto indica que: “(…) El Departamento de Presupuesto procedió exclusivamente en atención a la competencia técnica presupuestaria que le corresponde a revisar los controles en el Sistema de Información Financiera -SIIF Nóminas- y Sistema Oracle, por lo que se informa la disponibilidad presupuestaria, determinando lo siguiente:
Plaza Nombre Puesto Partida Subprograma /Carrera Vigencia Solicitada Periodo con Disponibilidad Presupuestaria Disponibilidad 3 Carlos Alberto Granados Posadas Secretario de Escuela I 4.1.40.1.01.0.11 Dirección y Servicios 01/07/2025 Al 31/12/2025 01/01/2025 Al 31/12/2025 La plaza se encuentra programada en apertura presupuestaria. Según la información proporcionada por el tesorero de la Escuela Superior de Arte y los registros revisados en los sistemas indicados, se puede observar que la plaza se encuentra programada con vigencia en el Ejercicio Fiscal 2025.”
El Artículo 58 del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala establece: “El Secretario será designado por el Órgano de Dirección de entre una terna propuesta por el Director y ejercerá el cargo durante un tiempo que estará comprendido dentro del tiempo que ejerza sus funciones el Director que lo propuso, asimismo en las deliberaciones correspondientes tendrá voz pero no voto y deberá reunir las siguientes calidades: a. Ser guatemalteco natural; b. Ser egresado de la unidad académica a nivel de Licenciado; salvo las unidades académicas en que no haya graduados, en cuyo caso podrá ser egresado de otra unidad académica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; c. Ser colegiado activo; y d. Estar en el goce de sus derechos.”
De conformidad con lo expuesto, la Dirección de Asuntos Jurídicos, se permite recomendar que la presente solicitud sea elevada a conocimiento y resolución del Consejo Superior Universitario, quien con base en el artículo 11 literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) tiene competencia para OTORGAR dispensa al Artículo 58 literal b) del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, el profesional propuesto no es egresado de la unidad académica, Escuela Superior de Arte, a nivel de Licenciado, para continuar el trámite correspondiente del profesional de la forma siguiente: Licenciado Carlos Alberto Granados Posadas, como Secretario de Escuela I, de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 01 de julio del año 2025 al 31 de diciembre del año 2025, según lo acordado en el Punto CUARTO, Inciso 4.1 del Acta No. 07-2025 de sesión ordinaria celebrada el 08 de julio de 2025, por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte, además, considerando que el Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera se ha pronunciado a través del Oficio de Ref. D.P. OF 510-2025 de fecha 05 de agosto de 2025, indicando que existe la disponibilidad presupuestaria para el periodo descrito.
El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de la referida contratación estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala y deberá ser evaluada, analizada y revisada por la División de Administración de Recursos Humanos, de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al Artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA: Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 11, literal t) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Aprobar la solicitud de dispensa presentada por la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a la aplicación del artículo 58, literal b) del Reglamento de Elecciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el sentido que, el profesional propuesto no es egresado de la unidad académica a nivel de licenciado; y de esta manera, se pueda continuar con el trámite de contratación correspondiente por parte de la Autoridad Nominadora, del profesional Carlos Alberto Granados Posadas, como Secretario de Escuela I, de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para el período comprendido del 01 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, en concordancia con el punto CUARTO, inciso 4.1 del Acta No. 07-2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte, el 08 de julio de 2025; y, conforme al pronunciamiento del Departamento de Presupuesto de la Dirección General Financiera, contenido en el oficio identificado como Ref. D.P. OF 510-2025 de fecha 05 de agosto de 2025, mediante el cual se indica que la plaza se encuentra programada con vigencia en el Ejercicio Fiscal 2025.
2. El proceso administrativo, así como la verificación de los requisitos y documentos acreditantes para el ejercicio profesional y la formalización de la referida contratación, estará bajo la responsabilidad del Consejo Directivo de la Escuela Superior de Arte de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Además, deberá ser evaluado, analizado y revisado por la División de Administración de Recursos Humanos, de conformidad con el Módulo III del Sistema Integrado de Salarios y Auditoría Interna de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en apego al artículo 131 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y al Normativo de Actuación de Auditoría Interna.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 29 |
quórum: 29 miembros del Consejo Superior Universitario
Sin documentos por conocer.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el oficio identificado como Ref.R. 653.08.2025 de fecha 07 de agosto de 2025, suscrito por el señor Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, referente al traslado del Proyecto denominado: “Modelo Educativo USAC INTEGRA”, el cual constituye una propuesta de modelo educativo abierto que promueve la formación orientada a la construcción del conocimiento, así como, al desarrollo del pensamiento crítico, deliberativo y creativo, elaborado por la Dirección General de Docencia -DIGED- y la comisión específica, nombrada para el efecto, a través de los Acuerdos de Rectoría No. 635-2024 y No. 758-2024. Lo anterior para conocimiento, consideración y resolución de este Consejo Superior Universitario. Al respecto, se presenta lo siguiente:
“Señores Miembros de la Comisión.
Reciban un cordial saludo. que mediante referencia Ref.Of.DIGED-579-2025 de fecha 08 de agosto de 2025, suscrita por la M.A. Brenda Asunción Marroquí Miranda, Directora General de Docencia en la que indica lo siguiente. “(…) Por este medio traslado el Modelo Educativo Integra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, diseñado desde la Dirección General de- Docencia y por la comisión nombrada por Rectoría según Acuerdo 635-2024 y 758-2024 (…).”.
Por lo anterior, presento ante este Honorable Consejo Superior Universitario el proyecto denominado “Modelo Educativo USAC INTEGRA”, el cual constituye una propuesta de modelo educativo abierto que promueve la formación orientada a la construcción del conocimiento, así como al desarrollo del pensamiento crítico, deliberativo y creativo. Además, garantiza el aprendizaje continuo a lo largo de la vida. Este modelo se concibe como una guía que responde a los desafíos del siglo XXI, con una clara orientación hacia la innovación, la calidad académica y el compromiso social con pertinencia. Su fundamento se basa en los principios que orientan la excelencia educativa de la Universidad de San Carlos de Guatemala, considerando las tendencias educativas globales y las expectativas de desarrollo integral de la sociedad guatemalteca.
Por lo que se somete a consideración de este Honorable Consejo Superior Universitario, para su conocimiento y aprobación, si así lo estima pertinente.
Sin otro particular por el momento es grato suscribirme, atentamente,
“Id y enseñad a todos”
M.A. Walter Mazariegos
Rector”
Derivado de lo anterior, se presenta la Ref.Of.DIGED-579-2025 de fecha 08 de agosto de 2025 y Ref.Of.DIGED-608-2025 de fecha 19 de agosto de 2025, ambas suscritas por la Directora General de Docencia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, las cuales se presentan a continuación:
Al respecto, algunos miembros de este Consejo Superior Universitario, manifiestan opiniones y consultas con relación al Modelo Educativo Integra, las cuales son atendidas por la M.A. Brenda Asunción Marroquín Miranda, Directora General de Docencia de la Universidad de San Carlos de Guatemala; asimismo, son expresadas muestras de agradecimiento y felicitaciones hacia el señor Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis y su administración, por el arduo trabajo realizado y el resultado obtenido, el cual es presentado ante este órgano de dirección superior, plasmando cambios significativos e históricos para mejorar la calidad de la educación superior, unificando los ejes fundamentales de esta Universidad -docencia, investigación y extensión-. En virtud de lo anterior, este Consejo Superior Universitario, ACUERDA: En el uso de las facultades conferidas en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala y, Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma):
1. Dar por recibido y aprobar el Modelo Educativo Integra de la Universidad de San Carlos de Guatemala, diseñado desde la Dirección General de Docencia de la Universidad de San Carlos de Guatemala y por la Comisión Específica, nombrada para el efecto, a través de los Acuerdos de Rectoría No. 635-2024 de fecha 03 de octubre de 2024 y No. 758-2024 de fecha 06 de noviembre de 2024, el cual, constituye un modelo educativo abierto que promueve la formación para la construcción del conocimiento, el pensamiento crítico, deliberativo y creativo; además, garantiza el aprendizaje continuo a lo largo de la vida. Se concibe como una guía que responde a los desafíos del siglo XXI, con una clara orientación hacia la innovación, la calidad y el compromiso social con pertinencia. Este modelo se construye sobre una base sólida de los fines que orientan la calidad académica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, considerando las nuevas tendencias educativas globales y expectativas de desarrollo integral y pertinente de la sociedad guatemalteca.
2. Notificar la presente resolución a las autoridades de las unidades académicas y administrativas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 27 |
| 2 | No aprobar | 2 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 31 |
quórum: 31 miembros del Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario procede a conocer la PROVIDENCIA CGC No. 245.07.2025 de fecha 24 de julio de 2025, de la Coordinadora General de Cooperación y Relaciones Internacionales, referente al traslado del Convenio Marco de Colaboración Académica, Científica y Cultural entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Universidad de Ciencias Médicas de Ciego de Ávila, Cuba; para conocimiento y resolución de este Consejo Superior Universitario.
Considerando, que se cuenta con el OFICIO DGF No. 1660P-2024 de fecha 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, mediante el cual, se indica que, con base en el Artículo 8, literal e. del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario, se traslada el expediente de mérito para que, se continúe con el trámite respectivo, en virtud que, -en dicho oficio se indica-, que él mismo no representa ningún compromiso de carácter presupuestario y financiero para la Universidad de San Carlos de Guatemala. A su vez, se hace la observación que el tipo de instrumento a suscribir, así como, la redacción, estructura, gestión, seguimiento y cooperación del convenio, es responsabilidad de la Coordinadora General de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 12 del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y según lo establecido en el artículo 20 de dicho Reglamento, son responsables de la ejecución, evaluación y seguimiento del referido convenio las unidades ejecutoras.
Asimismo, se cuenta con el Dictamen CG-SEP.247-2024 de fecha 20 de junio de 2024 de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el cual, se establece que la suscripción del Convenio Marco en referencia viene a fortalecer las actividades en el campo de la salud y la cultura que se realicen en ambas universidades, por lo que, para la ejecución del convenio y cumplir con el objeto y compromisos, es importante que las unidades académicas que se adhieran tomen en cuenta todo lo que establece la cláusula Tercera al momento de realizar los convenios específicos. De esta manera, se recomienda seguir con el trámite correspondiente.
Además, se cuenta con el Dictamen favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, contenido en el DICTAMEN DAJ No. 118-2025 de fecha 22 de mayo de 2025, en el cual, se indica que, el objeto del instrumento referido, se encuentra en concordancia con los fines encomendados constitucionalmente a esta casa de estudios superiores, lo que, al cumplir con la normativa universitaria y la legislación de observancia general, es de beneficio para la Universidad de San Carlos de Guatemala, porque coadyuvará al enaltecimiento y difusión de la cultura a nivel nacional durante la vigencia de dicho instrumento. Por lo que, lo traslada para conocimiento y, si así se considera, para aprobación del Consejo Superior Universitario.
Al respecto, se presenta el Convenio Marco que traslada la Coordinadora General de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, documento adjunto al expediente de mérito, siendo este:
Al respecto, el Consejo Superior Universitario ACUERDA:
1. Con fundamento en el Artículo 11, literal a) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma) y, Artículo 14, literal a. del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobar el Convenio Marco de Colaboración Académica, Científica y Cultural entre la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Universidad de Ciencias Médicas de Ciego de Ávila, Cuba, el cual estableció su objeto en la cláusula PRIMERA, de la manera siguiente: “….aunar esfuerzos para intercambiar experiencias en los campos de la docencia, la investigación y la cultura, con el fin de intercambiar profesores, investigadores, y estudiantes de grado y postgrado, a través de la organización de encuentros educativos, congresos, seminarios, talleres, entre otros; así como el desarrollo de proyectos de investigación científica de mutuo interés, conforme las posibilidades institucionales.” Dicho objeto coadyuva al quehacer que tiene encomendado esta casa de estudios superiores y es de beneficio para la misma porque amplía el conocimiento educativo a nivel nacional e internacional, al intercambiar estudiantes, profesores e investigadores, a nivel de grado y postgrado entre ambos países a través de una institución académica con la Universidad de Ciencias Médicas de Ciego de Ávila, Cuba. Objeto que se llevará a cabo a través de los compromisos descritos, en concordancia con los fines encomendados constitucionalmente a esta casa de estudios superiores, lo que, al cumplir con la normativa universitaria y la legislación de observancia general, es de beneficio para la Universidad de San Carlos de Guatemala porque coadyuvará al enaltecimiento y difusión de la cultura a nivel nacional durante su vigencia. Asimismo, el presente instrumento de cooperación no contraviene los preceptos que conforman las normas de esta casa de estudios superiores, incluyendo las Pautas de Contratación de esta; así como tampoco lesiona su autonomía ni la soberanía nacional, siempre y cuando se observe la normativa universitaria y las normas de observancia general.
2. El presente Convenio Marco, tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir de la fecha de su firma, prorrogables con la autorización por escrito de ambas Partes, mediante la suscripción de un nuevo Convenio Marco, previa evaluación de los resultados obtenidos, de conformidad con lo establecido en su cláusula NOVENA, y por cumplir con la normativa universitaria.
3. El Convenio Marco en mención, contiene pronunciamiento de la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, contenido en el OFICIO DGF No. 1660P-2024 de fecha 11 de noviembre de 2024, el cual indica literalmente: “…De acuerdo con la revisión realizada por la Dirección General Financiera en el ámbito de su competencia y las modificaciones solicitadas, se concluye que, el presente Convenio no representa ningún compromiso presupuestario y financiero para la Universidad de San Carlos de Guatemala, de acuerdo con el contenido de cada una de sus cláusulas. Derivado de lo anterior, esta Dirección General Financiera con base en el Artículo 8, literal e) del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario, traslada expediente de mérito para que continúe con el trámite respectivo, en virtud que el mismo no representa ningún compromiso de carácter presupuestario y financiero para la Universidad de San Carlos de Guatemala.”. Asimismo, contiene pronunciamiento de la Coordinadora General del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de oficio identificado como CG-SEP.247-2024 de fecha 20 de junio de 2024, en el que se indicó lo siguiente: “…considera que la suscripción del Convenio marco en referencia viene a fortalecer las actividades en el campo de la salud y la cultura que se realicen en ambas universidades. Por lo anterior, para ejecución del convenio y cumplir con el objeto y compromisos, es importante que las unidades académicas que se adhieran tomen en cuenta todo lo que establece la Cláusula Tercera al momento de realizar los convenios específicos.”
4. Se autoriza al señor Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para que, suscriba el presente Convenio Marco, conforme a lo dispuesto en la Pauta 19, literales b) y c), de las Pautas de Contratación de esta casa de estudios superiores, y el Artículo 14, literal a. del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
5. La ejecución, evaluación y seguimiento del referido Convenio, queda bajo la responsabilidad de las autoridades que ejecuten el mismo, de conformidad con lo regulado en el artículo 20 del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, así mismo, el personal nombrado en la Comisión de Enlace, establecido en la cláusula CUARTA del convenio relacionado, tiene la responsabilidad de dar el seguimiento al instrumento de cooperación a fin de llevar a cabo el fiel cumplimiento del objeto y compromisos establecidos en el mismo, en concordancia con las normas universitarias y de observancia general.
6. La Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de sus órganos de dirección y autoridades de acuerdo con las facultades que les confiere el artículo 82 de la Constitución Política de la República de Guatemala, deben resguardar la autonomía de esta; así como también por ser rectora de la educación superior estatal en el territorio guatemalteco, todo lo relativo a la academia, debe contar con la aprobación correspondiente de sus autoridades.
7. En la ejecución del presente convenio, es necesario que se observe la normativa universitaria y la legislación de observancia general, así como, tomar en cuenta las observaciones indicadas en el apartado de Análisis del DICTAMEN DAJ No. 118-2025 de fecha 22 de mayo de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y que, al suscribir los instrumentos de cooperación específicos derivados del mismo, además de observarse lo regulado en el Reglamento para Autorización de Carreras en las Unidades Académicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y las disposiciones acordadas por este Consejo Superior Universitario, especialmente lo acordado en el punto SEGUNDO, inciso 2.5 y punto SEXTO del Acta No. 37-2018 del 29 de noviembre del 2018 y el punto CUARTO, inciso 4.6 del Acta No. 24-2024 del 28 de noviembre de 2024, se deben observar los siguientes aspectos: a) que en todo instrumento de cooperación, deben predominar los principios generales que rigen el derecho internacional tales como la buena fe y pacta sunt servanda (todo tratado en vigor obliga a las partes); b) que los convenios estén en concordancia con los fines de esta casa de estudios superiores en las áreas de la docencia, investigación o extensión; y, c) que los convenios específicos se encuentren bajo la cobertura de la vigencia del presente Convenio, y se encuentren en concordancia con su objeto, adjuntando los dictámenes correspondientes de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 del Reglamento para la Gestión, Negociación y Suscripción de Instrumentos de Cooperación para el Desarrollo Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, previo a ser trasladados para conocimiento y aprobación de este órgano de dirección.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
Se hace constar que la siguiente consejera emitió su voto vía WhatsApp:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | Aprobar | 26 |
| 2 | No aprobar | 0 |
| 3 | Abstenciones | 2 |
| Total | 28 |
quórum: 28 miembros del Consejo Superior Universitario
Sin documentos por conocer.
El Consejo Superior Universitario procede a conocer el DICTAMEN DAJ No. 176-2025 de fecha 20 de junio de 2025, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referente al siguiente asunto: Recurso de Apelación presentado por el Señor Melvyn Rodolfo García Osoy, en contra de la Resolución de la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera identificada como DGF/SC No. 127-2024 de fecha 26 de febrero de 2024. Al respecto, se presenta lo siguiente:
Derivado de lo anterior, se presenta el DICTAMEN DAJ No. 176-2025 de fecha 20 de junio de 2025, suscrito por la Directora de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual literalmente dice:
“En atención a la Providencia SG No. 162-03-2024 de fecha 14 de marzo de 2024, relacionada con el asunto indicado en el acápite, esta Dirección emite la siguiente opinión: ANTECEDENTES
El señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos a través de oficio sin numero de referencia literalmente indica: “(…) Por medio de la presente solicito dar trámite necesario con el propósito de desvanecer el cargo contable que se me impuso en el Pliego Preventivo de Responsabilidades No. A024-2006, por un valor de Q54,376.35, mismo que a través del proceso judicial en el Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia de Guatemala, Juicio No. C-010762006-07869, mismo que fue declarado Desestimado el diecisiete de marzo dos mil veintiuno...”
El Departamento de Auditoría Interna a través de REFERENCIA A-988-2023/262F de fecha 27 de noviembre de 2023, hace del conocimiento del señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera los siguiente: “(…) CONCLUSIÓN Con base en el análisis de las evidencias y argumentos presentados por parte del señor Melvyn Rodolfo García Osoy, documentos y evidencias requeridas por Auditoría Interna que fueron proporcionados por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Universidad de San Carlos de Guatemala y fundamentalmente en la resolución de la Juez B, Msc. Wendy Yaneth Coloma Alburez del Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Especializado en Delitos Contra el Ambiente y Patrimonio Cultural de Guatemala, se concluye que el proceso legal planteado por la Universidad de San Carlos de Guatemala a través de su representante legal, fue desestimado por la Jueza Coloma Alburez, por observar que no fue diligenciada adecuadamente la investigación por parte del Ministerio Público, sin opinar sobre la responsabilidad de las personas individualizadas en la denuncia; por lo expuesto y por no presentar dentro de los documentos entregados, ninguno relacionado para desvanecer la responsabilidad administrativa señalada por Auditoria Interna mediante informe de Auditoría Interna A-389-2006/027 CP y Referencia Ref. A-833-2006/350 CP NO SE DESVANECE el Pliego Preventivo de Responsabilidades A-024-2006 emitido por un monto de Q 380,634.43, del cual se señala responsabilidad a su persona por Q 54,376.35…”
La Sección de Cobros de la Dirección General Financiera a través de Oficio DFG/SC No. 1082024 de fecha 13 de febrero de 2024, dirigido al señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera literalmente le indica: “(…) No obstante que su expediente y el caso de mérito se encuentran en la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Casa de Estudios, se le realiza el Requerimiento de Pago, por la cantidad de Q54,376.35 que le figura en la partida COBRO JUDICIAL DEPTO.PROC. DE DATOS LARGO PLAZO 1.2.17.7.32.005 Deudores Cobro Judicial. Si es de su consideración solventar su situación de cargo contable por esta vía administrativa debida, para lo cual se le otorga un plazo de diez (10) días hábiles, a partir de la presente notificación, a efecto de solventar en efectivo el monto del cargo contable en las cuentas bancarias de esta Casa de Estudios. (…) Para solventar en efectivo el cargo contable que se lo notifica en la presente, se le brinda las opciones siguientes: RECONOCIMIENTO DE DEUDA (…) PAGO DIRECTO …”
Con fecha 23 de febrero de 2024, el Señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera, presenta memorial dirigido a la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera, en el que expone que la Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de su departamento legal realizo una denuncia a través de la cual se le pretendía endilgarle delitos penales, indicando que la Universidad no aporto ningún medio probatorio que determinara que su persona era responsable de la comisión de un ilícito penal, la cual fue desestimada por el Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Especializada en Delitos contra el Ambiente y Patrimonio Cultural de Guatemala, a solicitud del Ministerio Público.
La Sección de Cobros de la Dirección General Financiera a través de oficio DGF/SC No. 1272024 de fecha 26 de febrero de 2024, que literalmente indica: “(…) Presento un cordial saludo, al mismo tiempo acuso de recibido el memorial presentado en la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera -DGF- el día 23 de febrero del corriente mes y año. Derivado del conocimiento del documento referido, procede aclarársele los siguientes aspectos: 1.- Sección de Cobros de la DGF es una unidad encargada de realizar las acciones que comprende el debido proceso de cobro administrativo, para la procuración de la recuperación de los saldos pendientes registrados en la contabilidad a favor de la Universidad de San Carlos de Guatemala. En consecuencia, esta unidad en cumplimiento puntual y fiel a sus funciones y atribuciones procedió a notificar e informar el contenido de la Ref. A-988-2023/262F emitida por Auditoría Interna, respetando su derecho de defensa e informado con los objetivos de brindarle la oportunidad de realizar acciones que estime pertinentes, tanto de carácter legal como de considerar resolver su situación cancelando el adeudo determinado por la Auditoría Interna y reflejado en los registros contables de esta Institución educativa (…) por lo anterior se reitera la última notificación que le fuera realizada por la Sección de cobros…”
El Señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera presenta ante la Secretaria General, memorial de fecha 27 de febrero de 2024 que contiene Recurso de Apelación en contra de la resolución emanada de la Dirección General Financiera Sección de Cobros identificada con número DGF/SC No. 127-2024, de fecha 26 de febrero de 2024.
Secretaria General a través de REF. SG-200-03-2024 de fecha 06 de marzo de 2024, hace del conocimiento de la Dirección General Financiera que se recibió memorial identificado como: RECURSO DE APELACIÓN RESOLUCIÓN DGF/SC7 No.127-2024, del 27 de febrero de 2024, presentado por el señor Melvyn Rodolfo García Osoy, en contra de la resolución emanada por la Dirección General Financiera Sección de Cobros identificada con el número DGF/SC número ciento veintisiete guion dos mil veinticuatro (DGF/SC No. 127-2024) del 26 de febrero de 2024. En virtud de lo anterior, agradeceré se sirva enviar los antecedentes y expediente del caso.
La Sección de Cobros de la Dirección General Financiera a través de DGF/SC oficio No.1522024 de fecha 08 de marzo de 2024, envía a Secretaria General los antecedentes del caso solicitados relacionados con el Recurso de Apelación presentado por el señor Melvyn Rodolfo García Osoy.
CONSIDERACIONES LEGALES
Constitución Política de la República de Guatemala
Artículo 82. Autonomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala. “La Universidad de San Carlos de Guatemala, es una institución autónoma con personalidad jurídica. (…) Se rige por su Ley Orgánica y por los estatutos y reglamentos que ella emita…”
Artículo 155. Responsabilidad por infracción a la ley. “(…) La responsabilidad civil de los funcionarios y empleados públicos, podrá deducirse mientras no se hubiere consumado la prescripción, cuyo término será de veinte años…”
Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala
Artículo 1. “La Universidad de San Carlos de Guatemala es una institución autónoma, con personalidad jurídica, regida por esta Ley y sus estatutos, cuya sede central ordinaria es la ciudad de Guatemala.”
Código Penal Decreto No. 51-92 del Congreso de la República de Guatemala
Artículo 310. Desestimación. “(…) La desestimación no impedirá reabrir el procedimiento cuando nuevas circunstancias así lo exijan, ni eximirá al Ministerio Público del deber de practicar los actos de investigación que no admitan demora.”
Ley de Probidad y Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos
Artículo 8. Responsabilidad administrativa. “La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta del funcionario público, asimismo cuando se incurriere en negligencia, imprudencia o impericia o bien incumpliendo leyes, reglamentos, contratos y demás disposiciones legales a la institución estatal ante la cual están obligados o prestan sus servicios; además, cuando no se cumplan, con la debida diligencia las obligaciones contraídas o funciones inherentes al cargo, así como cuando por acción u omisión se cause perjuicio a los intereses públicos que tuviere encomendados y no ocasionen daños o perjuicios patrimoniales, o bien se incurra en falta o delito.”
Artículo 10 . Responsabilidad penal. “Genera responsabilidad penal la decisión, resolución, acción u omisión realizada por las personas a que se refiere el artículo 4 de esta Ley y que, de conformidad con la ley penal vigente, constituyan delitos o faltas.”
Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma)
Artículo 1. “La Universidad de San Carlos de Guatemala (…). Se rige por su Ley Orgánica, Estatutos, Reglamentos y demás disposiciones que ella emita…”
Artículo 11. “El Consejo Superior Universitario tiene las siguientes atribuciones: (…) e) Resolver en última instancia y a solicitud de parte interesada, los asuntos que ya hubieren conocido el Tribunal Electoral Universitario, la Junta Universitaria de Personal Académico, la Junta Universitaria de Personal, sobre las resoluciones dictadas por los Órganos de Dirección de las Unidades Académicas, el Rector y demás dependencias universitarias…”
Reglamento de Apelaciones
Artículo 1. “Son impugnables ante el Consejo Superior Universitario mediante la interposición de RECURSO DE APELACIÓN, las resoluciones que tengan carácter de definitivas, dictadas por el Rector, las Juntas Directivas de la Facultades, los Jefes de los Institutos, los Consejos Directivos o Regionales de los Centros Universitarios, las Comisiones y Consejos Directivos de las Escuelas y el Consejo Académico de la Escuela de Trabajo Social.”
ANALISIS JURIDICO:
El caso objeto de análisis versa sobre el memorial presentado por el señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera, por medio del cual interpone recurso de apelación en contra del oficio DGF/SC No. 127-2024 de fecha 26 de febrero de 2024, emitido por la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera, mediante el cual se le reitera la notificación de la Ref. A-988-2023/262F emitido por Auditoría Interna, que contiene Pliego Preventivo de Responsabilidades Ref. A-024-2006, por un monto de Q54,376.35.
Es importante establecer que para poder hacer uso del Recurso de Apelación regulado en el Reglamento de Apelaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es necesario que se emita una resolución de carácter definitivo por el Rector, Juntas Directivas o Consejos Directivos de las Unidades Académicas, Jefes de los Institutos, y el Consejo Académico de la Escuela de Trabajo Social.
En ese orden de ideas, el oficio DGF/FC No. 127-2024 de fecha 26 de febrero de 2024, de la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera, no tiene el carácter de resolución definitiva además que no ha sido dictada por alguna de las autoridades indicadas en el párrafo anterior, ya que a través de esa dependencia, se le esta notificando y poniendo en conocimiento el Pliego Preventivo de Responsabilidades emitido por Auditoria Interna por un monto de Q54,376.35.
Así mismo, el argumento indicado en el apartado del EXPONGO del memorial presentado por el señor García Osoy, que por haberse desestimado la denuncia presentada por la Universidad de San Carlos de Guatemala en el año 2006 por la posible comisión de los delitos de hurto, falsedad material, falsedad ideológica y otras cuya existencia se establecieran en la investigación por sustracción de 20 cheques de los cuales fueron cobrados 17, motivo por el cual le fue impuestos -sic- el pliego preventivo de responsabilidad por el monto de Q54,376.35, dicho pliego preventivo debe de desvanecerse, no es posible, toda vez que, la responsabilidad penal es distinta de la responsabilidad administrativa y una no excluye a la otra, por ser de naturaleza distinta. Esto en función de lo que establecen los artículos 8 y 10 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos, además, que el Artículo 310 del Código Procesal Penal, establece que al desestimarse la denuncia la misma podrá reabrirse nuevamente cuando existan nuevos elementos de convicción o circunstancias que así lo ameriten.
La Dirección de Asuntos Jurídicos considera oportuno recomendar, que el presente recursos -sic- de apelación planteado por el señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera, sea rechazado IN LIMINE, sin que el Consejo Superior Universitario entre a conocer el fondo del asunto, en virtud que se interpone en contra de un oficio de trámite emitido por la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera y no en contra de una resolución de carácter definitivo emanada por alguna de las autoridades descritas en el artículo 1 del Reglamento de Apelaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
En virtud de lo anterior, la Dirección de Asuntos Jurídicos emite el siguiente:
DICTAMEN
La Dirección de Asuntos Jurídicos con base al análisis vertido y con fundamento en los Artículos 82 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículo 1 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; Artículos 1 y 11 literal e) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma); Artículo 310 del Código Procesal Penal; Artículos 8 y 10 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos y Artículo 1 del Reglamento de Apelaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, si así lo considera el Consejo Superior Universitario, como Máximo Órgano de Dirección esta Casa de Estudios Superiores y en uso de sus atribuciones, puede:
- RECHAZAR IN LIMINE , sin entrar a conocer el fondo del asunto, en virtud que el Recurso de Apelación interpuesto por el señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera, es en contra del oficio DGF/FC -sic- No. 127-2024 de fecha 26 de febrero de 2024, de la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera, deviene improcedente en virtud que el oficio apelado es de trámite y no una resolución de carácter definitivo emanada por alguna de las autoridades descritas en el artículo 1 del Reglamento de Apelaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala el cual establece que “Son impugnables ante el Consejo Superior Universitario mediante la interposición de RECURSO DE APELACIÓN, las resoluciones que tengan carácter de definitivas, dictadas por el Rector, las Juntas Directivas de la Facultades, los Jefes de los Institutos, los Consejos Directivos o Regionales de los Centros Universitarios, las Comisiones y Consejos Directivos de las Escuelas y el Consejo Académico de la Escuela de Trabajo Social.”
- Notificar al señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera, la presente resolución.”
Al respecto, el Consejo Superior Universitario, ACUERDA: Con fundamento en el artículo 82 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículo 1 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala; artículos 1 y 11, literal e) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Nacional y Autónoma); artículo 310 del Código Procesal Penal; artículos 8 y 10 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos; y, artículo 1 del Reglamento de Apelaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
1. RECHAZAR IN LIMINE, sin entrar a conocer el fondo del asunto, en virtud que el Recurso de Apelación interpuesto por el señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es en contra del oficio identificado como DGF/SC No. 127-2024 de fecha 26 de febrero de 2024, de la Sección de Cobros de la Dirección General Financiera, deviene improcedente en virtud que, el oficio apelado es de trámite y no una resolución de carácter definitivo emanada por alguna de las autoridades descritas en el artículo 1 del Reglamento de Apelaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el cual establece que: “Son impugnables ante el Consejo Superior Universitario mediante la interposición de RECURSO DE APELACIÓN, las resoluciones que tengan carácter de definitivas, dictadas por el Rector, las Juntas Directivas de la Facultades, los Jefes de los Institutos, los Consejos Directivos o Regionales de los Centros Universitarios, las Comisiones y Consejos Directivos de las Escuelas y el Consejo Académico de la Escuela de Trabajo Social…”.
2. Notificar la presente resolución al señor Melvyn Rodolfo García Osoy, Operador de Informática II del Departamento de Procesamiento de Datos de la Dirección General Financiera de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Transcripción inmediata
Constancias de Secretaría:
| No. | Descripción | Votos |
|---|---|---|
| 1 | RECHAZAR IN LIMINE (PARA SU TRÁMITE) el Recurso de Apelación | 24 |
| 2 | Admitir para su trámite el Recurso de Apelación | 0 |
| 3 | Abstenciones | 6 |
| Total | 30 |
quórum: 30 miembros del Consejo Superior Universitario
El señor Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, propone la transcripción inmediata de todos los puntos conocidos y resueltos en la presente sesión. Lo anterior, en virtud de la importancia y contenido de estos.
No habiendo objeción presentada por algún miembro de este Consejo Superior Universitario, se aprueba la transcripción inmediata de todos los puntos que integran la presente acta.
Sin documentos por conocer.
Sin documentos por conocer.
| No. | Documento | Suscrito por | Asunto | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Oficio sin número de referencia, de fecha 25 de julio de 2025. | Edelmira Leticia Martínez, Presidente Junta Directiva, Asociación Fraternidad para el Bienestar y Derechos de los Jubilados Sancarlistas. | Inscripción de la Asociación Fraternidad por el bienestar y derechos de los jubilados San Carlistas ante el Registro de las Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación. | Razón de inscripción de Asociación Civil de fecha 06 de marzo de 2025, Razón de inscripción de Nombramientos -según acta notarial- de fecha 30 de abril de 2025, Edelmira Leticia Martínez como Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal, y Acta constitutiva de fecha seis de marzo de dos mil veinticinco, conforme el primer testimonio de fecha diecinueve de marzo de dos mil veinticinco, de la escritura pública número uno (01) autorizada por el Notario Edgar Octavio Gutiérrez Pérez. (20 folios) |
| 2 | PROVIDENCIA. AGG.183-2025 de fecha 31 de julio de 2025. | Dr. Alberto García González, PhD Decano en Funciones de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. | Punto SÉPTIMO, inciso 7.1 del Acta No. 17- 2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas, el 01 de julio de 2025. | En atención al artículo 24, literal r) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, hace de conocimiento del Consejo Superior Universitario de la Carta de Entendimiento entre la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala y El Centro Galo, firmada el 11 de julio de 2025. (10 folios) |
| 3 | PROVIDENCIA. AGG.184-2025 de fecha 31 de julio de 2025. | Dr. Alberto García González, PhD Decano en Funciones de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. | Punto SÉPTIMO, inciso 7.6 del Acta No. 15- 2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas, el 17 de junio de 2025. | En atención al artículo 24, literal r) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, hace de conocimiento del Consejo Superior Universitario de la Carta de Entendimiento entre la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala y El Parlamento Centroamericano (PARLACEN). (10 folios) |
| 4 | PROVIDENCIA. AGG.185-2025 de fecha 31 de julio de 2025. | Dr. Alberto García González, PhD Decano en Funciones de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. | Punto SÉPTIMO, inciso 7.5 del Acta No. 29- 2024 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas, el 19 de noviembre de 2024. | En atención al artículo 24, literal r) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, hace de conocimiento del Consejo Superior Universitario el Acuerdo de Cooperación entre la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Universidad del Chubut, Argentina, firmado el 18 de febrero de 2025. (10 folios) |
| 5 | PROVIDENCIA. AGG.186-2025 de fecha 31 de julio de 2025. | Dr. Alberto García González, PhD Decano en Funciones de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. | Punto SÉPTIMO, inciso 7.11 del Acta No. 13- 2025 de sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Médicas, el 20 de mayo de 2025. | En atención al artículo 24, literal r) del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala, hace de conocimiento del Consejo Superior Universitario de la Carta de Entendimiento entre la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Instancia por la Salud y El Desarrollo de las Mujeres y la Asociación Pro Bienestar de la Familia de Guatemala, firmado el 09 de junio de 2025. (13 folios) |
| 6 | Oficio sin número de referencia, de fecha 04 de agosto de 2025 | Ing. Agr. Edi Noé Quan Barrios, Secretario Académico de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala. | Transcripción del punto SEGUNDO del Acta No. 19-2025 de sesión celebrada por la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía, el 30 de julio de 2025. | Informe al Consejo Superior Universitario que se dio formal posesión al señor Elvis Enrique Ramírez Mérida como Vocal IV y al señor Roberto Antonio Barraza González como Vocal V, ante la Junta Directiva de la Facultad de Agronomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en atención al punto TERCERO, inciso 3.2 del Acta No. 11-2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, el 18 de julio de 2025. (9 folios) |
| 7 | Oficio Ref. UE USAC BCIE 036-2025 de fecha 05 de agosto de 2025. | Unidad Ejecutora Programa USAC/BCIE. | Cumplimiento a lo acordado en el punto SÉPTIMO, inciso 7.1 del Acta No. 08- 2025 de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Superior Universitario, el 13 de mayo de 2025. | Trasladar al Consejo Superior Universitario para su conocimiento y efectos consiguientes, los informes de actividades realizadas por el personal de la Unidad Ejecutora Programa USAC/BCIE, correspondientes al mes de julio del año 2025. (102 folios) |
La Secretaría General de la Universidad de San Carlos de Guatemala, deja constancia de lo siguiente:
Que estuvieron presentes desde el inicio de la sesión: M.A. Walter Ramiro Mazariegos Biolis, Lic. Henry Manuel Arriaga Contreras, Ph.D. Dr. Alberto García González, Ing. José Francisco Gomez Rivera, Dr. Byron Giovanni Mejía Victorio, Dr. Víctor Ernesto Villagrán Colón, M.A. Santos de Jesús Dávila Aguilar, Dr. Juan José Prem González, Dr. Marvin Roberto Salguero Barahona; Arq. Sergio Francisco Castillo Bonini, Dr. Berner Alejandro García García, Ing. Mec. Carlos Humberto Aroche Sandoval, Dr. Roberto Agustín Cáceres Staackmann, Lic. Urías Amitaí Guzmán García, Dr. Augusto Roberto Wehncke Azurdia, Lic. Gregorio Lol Hernández, Dr. Carlos Augusto Vargas Gálvez, Arq. Julio César Aceituno Álvarez, Dr. Herbert Estuardo Díaz Tobar, Ing. Hugo Humberto Rivera Pérez, Dra. María Eunice Enríquez Cottón, Dr. Luis Alberto Barillas Vásquez, M.A. Pedro Peláez Reyes, MSc. Arq. Ana Verónica Carrera Vela, Sr. Oscar Eduardo García Orantes, Sr. Julio Armando Saavedra Gonzalez, Sr. Elvis Enrique Ramírez Mérida, Sr. Wider Rolando Santos Chingo, Dr. Abraham González Lemus, Abogada Astrid Elizabeth García Castillo y, Abogado Luis Fernando Cordón Lucero.
Que se presentaron posterior al inicio de la sesión: (09:08) Dr. Mario David Cerón Donis; (09:19) Sr. Roberto Antonio Barraza González; (09:25) Lic. Felipe Hernández Sincal; y (10:01) Dr. Juan Francisco Pérez Sabino.
Que se retiró antes de finalizar la sesión, el siguiente consejero: (11:28) Dr. Luis Alberto Barillas Vásquez.
Que se excusaron de participar en la presente sesión: Lic. Osmín de Jesús Pineda Melgar, Representante Profesional del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas; Lic. José Alfredo Aguilar Orellana, Representante Docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y Sr. Marvin Rodolfo Argueta Anzueto, Representante Estudiantil de la Facultad de Ciencias Médicas.
Que estuvieron ausentes durante la sesión: Sr. Willy Rolando Barrientos Sancé, Representante Estudiantil de la Facultad de Odontología; Sr. Edgar Eduardo Parada Villalta, Representante Estudiantil de la Facultad de Agronomía; y Srta. Ana Sofía Cardona Reyes, Representante Estudiantil de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
Que esta sesión se realiza en virtud de la tercera citación, y que se concluye a las once horas con cuarenta minutos (11:40), en el mismo lugar y fecha de su inicio. DOY FE .